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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (11/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Domingo 11 de agosto de 2024 El Peruano / de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010- 2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; y, los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo para la modi fi cación de la Norma Técnica IS.010 Instalaciones sanitarias para edi fi caciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones” (en adelante, Grupo de Trabajo). Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tiene por objeto la elaboración de la propuesta de modi fi cación de la Norma Técnica IS.010 Instalaciones sanitarias para edi fi caciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones. Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo3.1 El Grupo de Trabajo está conformado por los siguientes integrantes: a) Un/a (1) representante de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, quien lo preside. b) Un/a (1) representante de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo. c) Un/a (1) representante de la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO). d) Un/a (1) representante de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios del Perú (ADI PERÚ). e) Un/a (1) representante de la Asociación de Empresas Inmobiliarias del Perú (ASEI). f) Un/a (1) representante del Colegio de Ingenieros del Perú-Consejo Departamental de Lima (CIP). g) Un/a (1) representante de la Asociación Nacional de Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento del Perú (Anepssa Perú). h) Un/a (1) representante del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (Sedapal). 3.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo ejercen sus funciones ad honorem y cuentan con un representante alterno quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del representante titular. Artículo 4.- Designación de representantes La designación de los representantes referidos en el artículo precedente, se realiza mediante comunicación escrita dirigida a la secretaría técnica, dentro del plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a la fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 5.- Funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: a) Analizar la Norma Técnica IS.010 Instalaciones sanitarias para edi fi caciones del Reglamento Nacional de Edifi caciones. b) Aportar casuística sobre los alcances y aplicación de la referida Norma Técnica. c) Elaborar la propuesta de modi fi cación de la Norma Técnica IS.010 Instalaciones sanitarias para edifi caciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, considerando insumos e información preexistente sobre la materia que proporcione el MVCS, así como la casuística aportada. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien ejecuta las disposiciones que acuerde el Grupo de Trabajo, reporta periódicamente a la Presidencia del Grupo de Trabajo y es responsable de convocar a reuniones, llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto. Artículo 7.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento del plazo a que se refi ere el artículo 4 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 8.- Financiamiento8.1 La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se fi nancia con cargo al presupuesto de los pliegos institucionales y de las entidades privadas que lo conforman, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 8.2 Cada pliego institucional asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes. Artículo 9.- Periodo de vigencia El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de sesenta días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a su instalación. Artículo 10.- Noti fi cación Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial a los integrantes del Grupo de Trabajo. Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2314256-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Aprueban norma que establece los Formatos para la entrega de información periódica en el marco del ejercicio de la función supervisora del Osiptel RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00208-2024-CD/ OSIPTEL Lima, 5 de agosto de 2024 OBJETO:NORMA QUE APRUEBA LOS FORMATOS PARA LA ENTREGA DE INFORMACIÓN PERIÓDICA EN EL MARCO DEL EJERCI-CIO DE LA FUNCIÓN SUPERVISORA DEL OSIPTEL VISTOS: (i) El Proyecto de Norma presentado por la Gerencia General del Organismo Supervisor de Inversión Privada