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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (11/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Domingo 11 de agosto de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales; Que, asimismo, el literal b) del artículo 13 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, establece que los ingresos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones, que realiza con el fi n exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada; Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de una Resolución de su Titular, establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y los respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, asimismo, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, dispone que el Titular de la entidad mediante Resolución que deberá ser publicada establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago, así como que toda modi fi cación a dicha Resolución deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 178-2015- PROMPERU/SG y modi fi catorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden; Que, mediante Memorando Nº 000528- 2024-DT sustentando en el Informe Técnico Nº 005-2024-PROMPERU/DR-STR-DMLA, la Dirección de Promoción del Turismo propone la incorporación del Servicio Nº 8: Publicación de ofertas de servicios turísticos en la plataforma digital de promoción para fronteras de turismo receptivo en la Carta de Servicios de PROMPERÚ, con la fi nalidad de fortalecer el posicionamiento de las regiones fronterizas del Perú en Ecuador y Chile, como destinos de viaje y promover entre otros, la comercialización de servicios turísticos o complementarios prestados en la zona norte y sur del País; Que, según el literal f) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, corresponde a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional; Que, a través del Informe Nº 064-2024-PROMPERU/ GG-OPP, complementado por el Memorando Nº 289-2024-PROMPERU/GG-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, evalúa y emite opinión favorable respecto a la propuesta de modi fi cación a la Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ realizada por la Dirección de Promoción del Turismo y en consecuencia, recomienda aprobar la incorporación del Servicio Nº 8: Publicación de ofertas de servicios turísticos en la plataforma digital de promoción para fronteras de turismo receptivo. Asimismo, propone la aprobación del nuevo formato (Código FO-DT-TUR-034) “Aceptación de condiciones para publicación de ofertas de servicios turísticos y complementarios en la plataforma digital de promoción para fronteras de turismo receptivo”; Que, por su parte la O fi cina de Asesoría Jurídica ha procedido en el marco de sus competencias con la revisión y evaluación integral de la propuesta realizada por la Dirección de Promoción del Turismo, emitiendo a través del Informe Nº 391-2024-PROMPERU/GG-OAJ opinión favorable para proceder con la emisión del acto resolutivo que apruebe la incorporación del Servicio Nº 8: Publicación de ofertas de servicios turísticos en la plataforma digital de promoción para fronteras de turismo receptivo en la Carta de Servicios de PROMPERÚ y el Formato de “Aceptación de condiciones para publicación de ofertas de servicios turísticos y complementarios en la plataforma digital de promoción para fronteras de turismo receptivo”; Que, mediante el literal b) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 001-2024-PROMPERÚ/PE, se delega en el Gerente General la facultad de aprobar las directivas, manuales, políticas internas, procedimientos, incluyendo la Carta de Servicios de la Entidad, sus modi fi catorias, y otros documentos necesarios para la gestión institucional; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, Establecen disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 001-2024-PROMPERU/PE y modi fi catoria, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 069-2024-PROMPERU/PE; Con el visto bueno de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, de la Dirección de Promoción del Turismo, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la incorporación del Servicio Nº 8: Publicación de Ofertas de Servicios Turísticos en la Plataforma Digital de Promoción para Fronteras de Turismo Receptivo, versión Nº 01, de la Sección: Dirección de Promoción del Turismo, en la Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, cuya fi cha se anexa en cuatro (4) folios y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar el Formato denominado “Aceptación de condiciones para publicación de ofertas de servicios turísticos y complementarios en la plataforma digital de promoción para fronteras de turismo receptivo” (Código FO-DT-TUR-034), versión Nº 01, que, como anexo en siete (7) folios, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 4.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERÚ realice la publicación correspondiente en el mencionado Portal, el mismo día de publicada la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ARMANDO PELAEZ MARTINEZ Gerente General