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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (15/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Jueves 15 de agosto de 2024 El Peruano / JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2315597-4 Designan Jefa de la Oficina de Gestión de Inversiones y Proyectos de la Oficina General de Inversiones y Proyectos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 249-2024-EF/49 Lima, 14 de agosto del 2024 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el puesto de Jefe (a) de la O fi cina de Gestión de Inversiones y Proyectos de la Ofi cina General de Inversiones y Proyectos del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Jackelin Candy Figueroa Zabalaga en el puesto de Jefa de la O fi cina de Gestión de Inversiones y Proyectos de la O fi cina General de Inversiones y Proyectos del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2315548-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano venezolano para ser extraditado de la República Federal de Alemania y ser procesado en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 254-2024-JUS Lima, 14 de agosto de 2024 VISTO; el Informe N.º 219-2024/COE-TPC, del 22 de julio de 2024, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad venezolana LUIS GUILLERMO PRINCE GRISSOLIA formulada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, para ser extraditado de la República Federal de Alemania y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de secuestro y alternativamente por el delito de coacción, en agravio de una persona con identidad reservada; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N.º 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 31 de mayo de 2024, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad venezolana LUIS GUILLERMO PRINCE GRISSOLIA formulada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Cerro Colorado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, para ser extraditado de la República Federal de Alemania y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de secuestro y alternativamente por el delito de coacción, en agravio de una persona con identidad reservada; Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe N.º 219-2024/COE-TPC, del 22 de julio de 2024, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para ser procesada por la presunta comisión del delito de secuestro y alternativamente por el delito de coacción, en agravio de una persona con identidad reservada; Que, entre la República del Perú y la República Federal de Alemania no existe tratado bilateral de extradición, por lo que resulta aplicable el principio de reciprocidad, en un marco de respeto de los derechos humanos; así como el Código Procesal Penal peruano y el Decreto Supremo N.º 016-2006-JUS respecto del trámite interno; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano venezolano LUIS GUILLERMO PRINCE GRISSOLIA para ser extraditado de la República Federal de Alemania y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de secuestro y alternativamente por el delito de coacción, en agravio de una persona con identidad reservada. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores.