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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (15/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Jueves 15 de agosto de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe/a del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, Organismo Público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, siendo necesario designar a la persona que desempeñe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Vilma Aurora Gutarra García, en el cargo de Jefa del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, Organismo Público adscrito al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2315597-14 Autorizan Transferencia Financiera del Instituto Nacional de Innovación Agraria a favor de la Contraloría General de la República INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 134-2024- INIA Lima, 14 de agosto de 2024 VISTO: El Memorando Nº 00970-2024-MIDAGRI-INIA- GG/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y sus antecedentes; el Informe Nº 00292-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, autoriza la incorporación de los Órganos de Control Institucional; entre otros, de las entidades del Gobierno Nacional a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto, por la Contraloría General de la República. Asimismo, establece que, para efectos del fi nanciamiento, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional a realizar, de manera excepcional, transferencias fi nancieras hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoría, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional, por toda fuente de fi nanciamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fi scal correspondiente a la efectiva incorporación, de las entidades del Gobierno Nacional, a favor de la Contraloría General de la República; Que, asimismo, la Disposición Complementaria Final citada en el considerando precedente, establece que las transferencias autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisándose además, que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante la Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, durante el Año Fiscal 2024, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para fi nanciar las transferencias fi nancieras que efectúen a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, quedando exceptuadas de las restricciones previstas en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley Nº 31953; Que, el numeral 7.1 de la Directiva Nº 012-2023- CG/GMPL, “Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 349-2023-CG, modi fi cada por Resolución de Contraloría Nº 355- 2023-CG, establece que el proceso de incorporación, se formaliza con la emisión de la Resolución de Contraloría que aprueba el inicio de incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República. A su vez, el numeral 7.1.4 “Etapa 4. Transferencias Financieras” de la citada Directiva, establece que la entidad emite la autorización de la transferencia fi nanciera según corresponda, siendo que, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional se debe realizar mediante resolución del Titular del Pliego, debiendo la entidad gestionar la publicación de la autorización de la transferencia en el Diario O fi cial El Peruano; Que, en mérito a lo expuesto, con O fi cio Nº 000929- 2024-CG/SGE, de fecha 25 de julio de 2024, la Secretaría General de la Contraloría General de la República comunica al Jefe del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA), que la Contraloría General de la República, en calidad de ente rector del Sistema Nacional de Control, mediante Resolución de Contraloría Nº 291-2024-CG aprobó la Incorporación de doscientos treinta y ocho (238) Órganos de Control Institucional a la Contraloría General, entre los cuales se encuentra el INIA; por lo que, habiendo recibido los documentos remitidos por la entidad; ha determinado que el monto a transferir a la Contraloría General asciende a la suma de ciento treinta y cuatro mil trescientos con 00/100 soles (S/ 134 300,00); Que, mediante Memorando Nº 00970-2024-MIDAGRI- INIA-GG-OA de fecha 14 de agosto de 2024, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) remite el Informe Nº 0123-2024-MIDAGRI-INIA-GG/OPP-UPRE a través del cual la Unidad de Presupuesto (UPRE) señala que: “(…) Ante la solicitud de realizar una transferencia fi nanciera por el monto total de S/ 134,300.00 a favor de la Contraloría General, es importante precisar que el cálculo anual correspondiente a los locadores de servicios por dicho importe, señalado por el Titular del Pliego 163 INIA, ya se encuentra en proceso de ejecución en el presente año fi scal. Gran parte de este monto se ha comprometido mediante órdenes de servicios para los locadores, quedando un saldo por devengar de S/ 41,610.00. Sin embargo, tras un análisis detallado de los estados presupuestarios del Órgano Control Institucional (OCI) en el Pliego 163 INIA, donde se encuentra la asignación presupuestaria, se ha determinado que no contamos con la disponibilidad presupuestal en la especí fi ca de gasto de locadores de servicio (2.3.29.11) por el importe total solicitado. En realidad, solo se puede evidenciar un saldo