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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (16/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 16 de agosto de 2024 El Peruano / técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLA PAOLA SOSA VELA Viceministra de Comunicaciones 2315594-1 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Aprueban la Décimo Sexta Campaña de Privatización de Lotes o Edificaciones de Propiedad del Estado, sobre Mercado Público ubicado en el distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN N° D 000002-2024- COFOPRI-DFINT La Molina , 10 de junio de 2024VISTOS: El Informe N° D000021-2024-COFOPRI-SPEF del 10 de junio de 2024, emitido por la Subdirección de Procesos Especiales de Formalización (SPEF), y el Informe de Diagnóstico N° 00008-2024-COFOPRI/AM-DSI del 30 de mayo de 2024, emitido por la O fi cina Zonal de Lima Callao; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, complementada por la Ley Nº 27046, se crea la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal, ahora Organismo de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI, conforme a la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923; Que, en virtud de la Ley N° 27304, Ley de Adjudicación de Lotes de Propiedad del Estado ocupados por Mercados se faculta a COFOPRI a ejecutar de manera progresiva, la formalización de lotes o edi fi caciones de propiedad del Estado o de cualquier entidad o Fondo Estatal, inclusive aquellos en proceso de liquidación que se encuentren siendo utilizados para el funcionamiento de mercados; Que, el artículo 6° del Reglamento de la Ley de Adjudicaciones de Lotes de Propiedad del Estado ocupados por Mercados, aprobado por Decreto Supremo N° 038-2000-MTC, establece que mediante Resolución de Gerencia de Planeamiento y Operaciones, COFOPRI, determinará los mercados públicos a ser privatizados, los que serán materia de adjudicación en campañas progresivas y sucesivas, debiendo la resolución ser publicada, por una sola vez, en el Diario O fi cial El Peruano y en uno de mayor circulación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, como instrumento de gestión que desarrolla la estructura orgánica de la entidad; Que, de conformidad con el Artículo 55° del citado Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, corresponde a la Dirección de Formalización Integral las funciones de plani fi car, organizar y conducir las actividades de diagnóstico, saneamiento físico y legal integral de los predios objeto de formalización; así como, los procesos especiales de formalización, especí fi camente la primera etapa del proceso de privatización de mercados, que consiste en la asunción de competencia territorial y determinar los mercados públicos pasibles de privatización, contando para tal efecto con el concurso y apoyo de la Subdirección de Procesos Especiales de Formalización; Que, de conformidad con el artículo 62° y siguiente del citado Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, la Subdirección de Procesos Especiales de Formalización es la encargada de evaluar las actividades de formalización para la privatización de mercados, dependiendo jerárquicamente de la Dirección de Formalización Integral; Que, corresponde a las O fi cinas Zonales las funciones especí fi cas y generales que tiene asignada a la entidad, dentro del ámbito de sus respectivas delimitaciones territoriales, conforme al literal I) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, por lo tanto, las O fi cinas Zonales tienen entre sus funciones ejecutar en el ámbito de su competencia territorial el proceso de privatización de mercados públicos en lo referido a las etapas de Formalización de la Propiedad y Adjudicación, que se encuentran previstas en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 038-2000-MTC; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 803, la Ley Nº 27304, el Decreto Supremo Nº 038-2000-MTC y, su modi fi catoria aprobada por Decreto Supremo Nº 017-2008-VIVIENDA, el Decreto Supremo 025-2007-VIVIENDA, el Informe N° D000021-2024-COFOPRI-SPEF del 10 de junio de 2024 y el Informe de Diagnóstico N° 00008-2024-COFOPRI/AM-DSI del 30 de mayo de 2024; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la Décimo Sexta Campaña de Privatización de Lotes o Edi fi caciones de Propiedad del Estado, sobre el Mercado Público que se detalla en el “Anexo A”, el cual forma parte de la presente resolución; Artículo 2°.- Todas las entidades públicas que estando facultadas para la adjudicación de Lotes o Edi fi caciones de Propiedad del Estado o de cualquier Entidad o Fondo Estatal, inclusive aquellos en proceso de liquidación, que se encuentren siendo utilizados para el funcionamiento de mercados, deberán abstenerse de emitir cualquier resolución, acto administrativo o de otra naturaleza relacionada con dicho procedimiento. USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES