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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (28/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de agosto de 2024 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR Ordenanza N° 010-2024-CM-MPE/C.- Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Espinar 89 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN ANTONIO Ordenanza N° 011-2024-MDSA.- Ordenanza que aprueba el Plan de Desarrollo Turístico Local – PDTL del distrito de San Antonio 2024 – 2028 90 SEPARATA ESPECIAL MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Anexo - Ordenanza N° 464-MDSJL.- Anexo de la Ordenanza N° 464-MDSJL, que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas (CUISA) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho Diario Oficial El Peruano Electrónico (Ley N° 31649) MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA D.A. N° 010-2024/MDP .- Convocan a la ciudadanía a la Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Pucusana del año 2024, la misma que se realizará el día viernes 27 de setiembre del 2024, a las 17:00 horas, de forma presencial en las instalaciones del Complejo Deportivo del AAHH Nuevo Pucusana del distrito de Pucusana MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza Nº 008-2024-MDLP/AL.- Ordenanza Municipal que aprueba la exoneración del pago de la tasa por derecho de tramitación del Procedimiento “Expedición de licencias de canes, empadronamiento canino” establecida en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de La Punta por noventa (90) días Ordenanza Nº 009-2024-MDLP/AL.- Actualización del Plan Distrital de Manejo Distrital de Manejo de Residuos Sólidos Municipales 2020-2025, aprobado por la Ordenanza N° 011-2020-MDLP/AL Ordenanza Nº 010-2024-MDLP/AL.- Ordenanza que aprueba el Reglamento que regula la realización de las audiencias públicas de rendición de cuentas de la Municipalidad Distrital de La Punta PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan representantes titulares y alternos de las asociaciones de consumidores ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 233-2024-PCM Lima, 27 de agosto de 2024 VISTO: El O fi cio N° 000225-2024-PRE/INDECOPI del Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); CONSIDERANDO: Que, el artículo 133 de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, establece que el Consejo Nacional de Protección del Consumidor es un órgano de coordinación en el ámbito de la Presidencia del Consejo de Ministros, y es presidido por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y de ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor; Que, el Consejo Nacional de Protección del Consumidor está conformado, entre otros, por tres (3) representantes de las asociaciones de consumidores; Que, el artículo 2 del Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2011-PCM, dispone que para ser integrante del Consejo Nacional de Protección del Consumidor se requiere tener el pleno ejercicio de los derechos civiles;Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del referido Reglamento, señala que los integrantes del Consejo Nacional de Protección del Consumidor son designados mediante resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a propuesta de las entidades y gremios que conforman dicho Consejo Nacional; asimismo, el numeral 4.3 del artículo 4 de la misma norma regula el mecanismo para la propuesta de representantes de las asociaciones de consumidores, disponiendo, entre otros aspectos, que el acuerdo deberá re fl ejarse en un acta suscrita al menos por el representante del INDECOPI y por aquellos cuyo voto formó la decisión; Que, en concordancia con la norma citada, la Directiva Nº 004-2013/DIR-COD-INDECOPI “Directiva de Funcionamiento del Consejo Nacional de Protección del Consumidor”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 135-2013-INDECOPI/COD, dispone, entre otros aspectos, que la Presidencia del Consejo de Ministros designa por cada miembro titular, un miembro alterno, de acuerdo a la propuesta alcanzada por la entidad respectiva y, en caso que las entidades o gremios representados ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor consideren necesario realizar un cambio de miembros titulares o alternos, corresponderá a estos proponerlos ante dicha entidad a fi n que se realice la correspondiente designación; Que, los numerales 2.1 y 2.2. del artículo 2 de la Directiva N° 006-2013/DIR-COD-INDECOPI, “Reglas para la Elección de los Representantes de las Asociaciones de Consumidores ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor”, aprobada por la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI N° 210-2013-INDECOPI/COD, establecen que el cargo de miembro titular y alterno de las asociaciones de consumidores ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor tiene una duración de dos (2) años; Que, mediante Resolución Ministerial N° 288-2022- PCM, se designa, a partir del 29 de agosto de 2022, a los señores ROBERTO CARLOS CORDOVA GARCIA, GINO ALEJANDRO ROMAN TORRES y JOSE CARLOS MALLMA SOTO como representantes titulares; y, a la señora JENNY CHIRINOS MARROQUIN, al señor ISAMU ELIAS OKUMA JAIMES y a la señora WINDY LUZBETMI ARAUJO LUPACA, como representantes alternos de las asociaciones de consumidores ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor, cuyo periodo vencerá el 29 de agosto de 2024;