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21 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de agosto de 2024 El Peruano / ecosistémicos, que permiten a los/as productores/as contar con la escala mínima para generar excedentes y recuperar la inversión realizada en la implementación de sistemas productivos, garantizando la sostenibilidad económica, ambiental y social. Artículo 13.- Bene fi ciarios/as 13.1 Son bene fi ciarios/as de los incentivos los/as Pequeños/as y Medianos/as Productores/as Agrarios/ as organizados inscritos en el Padrón de Productores Agrarios y sus Organizaciones en las Cadenas de Valor, y las Formas Asociativas. Se obtiene la condición de bene fi ciarios/as, una vez que se haya aprobado el o los incentivos solicitados. Los bene fi ciarios tienen la obligación de aportar la contrapartida con recursos dinerarios. 13.2 Los criterios mínimos para determinar la condición de Pequeños/as y Medianos/as Productores/as Agrarios/ as organizados se desarrollan en el documento normativo que corresponda, considerando entre otros los siguientes: a) Tipo de actividad. b) Región natural geográ fi ca c) Número de hectáreas d) Otros, vinculados a la política sectorial considerando el siguiente cuadro. Región natural geográficaNúmero de hectáreas (de hasta)Tipo de actividad Costa 20 ha bajo riego Todos los cultivos y crianzas Sierra65 ha en secano o 20 ha bajo riegoTodos los cultivos y crianzas, a excepción de la crianza y aprovechamiento de camélidos sudamericanos, en cuyo caso la extensión puede ser mayor. Selva alta 50 ha Todos los cultivos y crianzas Selva baja 115 ha Todos los cultivos y crianzas 13.3 Para el caso de las formas asociativas, los criterios a considerar son determinados en el lineamiento, guía o instructivo correspondiente, considerando los enfoques de género, interculturalidad, interseccionalidad y sostenibilidad. Artículo 14.- Capacidad potencial para generar excedentes y operar un Plan de Negocio AGROIDEAS hace uso de indicadores y herramientas de análisis económico fi nanciero para determinar la capacidad potencial de las OA, generar rentabilidad y operar un Plan de Negocio. Estos indicadores y herramientas son precisados en el documento normativo que corresponda. CAPÍTULO II INCENTIVOS DE AGROIDEAS Artículo 15.- Tipos de Incentivos AGROIDEAS otorga los siguientes Incentivos: a) Incentivo para la Asociatividad. b) Incentivo para la Gestión Empresarial. c) Incentivo para la Adopción de Tecnología Agraria. d) Incentivo para el Fortalecimiento a las Formas Asociativas de los/las Productores/as Agrarios/as. e) Incentivo para la implementación de bionegocios y econegocios asociados a las cadenas de valor agrarias, agropecuarias y agroforestales y aprovechamiento sostenible de los servicios ecosistémicos. f) Los demás incentivos que cree, modi fi que o apruebe el Consejo Directivo. Artículo 16.- Limitaciones de acceso a los Incentivos Las OA y los Pequeños/as y Medianos/as Productores/ as Agrarios/as que las conforman acceden por única vez a cada uno de los tipos de incentivos, previa presentación de una declaración jurada indicando que las OA o sus miembros no reciben el apoyo del Estado satisfaciendo la misma necesidad y acceden de manera no excluyente a estos incentivos. Las Formas Asociativas acceden por única vez al Incentivo para el Fortalecimiento a las Formas Asociativas de los/las Productores/as Agrarios/as. Artículo 17.- Convenios con las OA AGROIDEAS y los bene fi ciarios suscriben convenios que estipulan las condiciones, obligaciones y responsabilidades, entre otros, que aseguren el cumplimiento de los objetivos de cada incentivo otorgado y la preservación de la integridad de los bienes y servicios co fi nanciados en bene fi cio de los intereses del Estado peruano. SUBCAPÍTULO I Incentivo para la asociatividad Artículo 18.- De fi nición El Incentivo para la Asociatividad es el reembolso, por única vez, de gastos de constitución formal de las OA que hayan concretado dicha gestión dentro de los seis (06) meses anteriores a la presentación de la solicitud de elegibilidad. Artículo 19.- Objetivo Este Incentivo tiene como objetivo promover la asociatividad de Pequeños/as y Medianos/as Productores/ as Agrarios, bajo cualquier modalidad reconocida por ley, preferentemente a las cooperativas agrarias de usuarios inscritas en el Registro Nacional de Cooperativas Agrarias - RNCA. Artículo 20.- Monto del aporte El monto máximo de aporte de AGROIDEAS por OA es de hasta 0.5 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT). La OA no requiere sustentar co fi nanciamiento para acceder a este Incentivo. SUBCAPÍTULO II Incentivo para la gestión empresarial Artículo 21.- De fi nición AGROIDEAS co fi nancia la retribución de la persona que ocupe el cargo de Gerente/a de la OA. Las consideraciones a tener en cuenta para acceder al Incentivo para la Gestión Empresarial, son: a) El per fi l del/la Gerente/a a contratar, que guarde relación con el tamaño de la OA y con el tipo de actividad a realizar. b) Las demás consideraciones son establecidas en el documento normativo correspondiente. Artículo 22.- Objetivo Este incentivo tiene como objetivo fortalecer las capacidades de gestión empresarial y organizacional, articulación comercial a fi n que las OA sean competitivas. Artículo 23.- Monto y porcentaje de cofi nanciamiento 23.1 AGROIDEAS co fi nancia la contratación del/a Gerente/a por un periodo máximo de tres (03) años. La OA defi ne la retribución total anual del/la Gerente/a y el monto de aporte a solicitar en co fi nanciamiento a AGROIDEAS. 23.2 El monto máximo de aporte de AGROIDEAS por OA es de hasta doce (12) UIT anual, de acuerdo a los montos máximos señalados en el Cuadro Nº 01: Cuadro Nº 01 Cofi nanciamiento del Incentivo para la Gestión Empresarial Incentivo (*)Aporte de AGROIDEASAporte de la OA %% Gestión Empresarial:Hasta 12 UIT por añoAño 1 80 20 Año 2 65 35Año 3 50 50 (*) El monto del Incentivo expresado en UIT está en función del valor de la misma durante la fase de evaluación.