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20 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de agosto de 2024 El Peruano / por la OA a dedicación exclusiva; ocupa el más alto cargo de gestión ejecutiva, de conformidad a lo establecido en el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1077. h) Incentivo: Es el co fi nanciamiento al que se re fi ere el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1077. El otorgamiento de los incentivos tiene carácter graciable, en aplicación del artículo 112 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. i) Organización Agraria (OA): Es la persona jurídica conformada por los Pequeños/as y Medianos/as Productores/as Agrarios/as, cuya principal actividad económica es la producción, transformación y comercialización agrícola, pecuaria y/o forestal y de fauna silvestre. j) Plan de Negocio: Es el documento elaborado por la OA, que sustenta el incremento de la producción, productividad, rentabilidad, viabilidad de la tecnología propuesta, integrada a una cadena de valor del producto con acceso a mercados y sostenibilidad ambiental. k) Pequeños/as y Medianos/as Productores/as Agrarios/as : Son las personas naturales que desarrollan sus actividades en Unidades Productivas Sostenibles (UPS), cuya principal actividad económica es la producción, transformación y comercialización agrícola, pecuaria y/o forestal y de fauna silvestre. l) Recuperación de la Infraestructura Natural: Se refi ere al proceso de restaurar, proteger y mejorar la red de espacios naturales que conservan los valores y funciones de los ecosistemas, proveyendo servicios ecosistémicos, como la puri fi cación del agua, la protección contra inundaciones, la retención de carbono, la conservación de la biodiversidad, entre otros. m) Servicios Ecosistémicos : Son aquellos bene fi cios económicos, sociales y ambientales, directos e indirectos, que las personas obtienen por el buen funcionamiento de los ecosistemas, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30215, Ley de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos. TÍTULO II PROGRAMA DE COMPENSACIONES PARA LA COMPETITIVIDAD CAPÍTULO I NATURALEZA, OBJETO Y ARTICULACIÓN Artículo 5.- Naturaleza AGROIDEAS es un Programa que se constituye como Unidad Ejecutora del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, para efectos de la gestión administrativa y presupuestal. Artículo 6.- Objetivo El objetivo de AGROIDEAS es contribuir a elevar la competitividad de la producción agraria de los/las pequeños/as y medianos/as productores/as y formas asociativas, a través del otorgamiento de diversos incentivos alineados al cumplimiento de la fi nalidad del presente Reglamento. Artículo 7.- Articulación AGROIDEAS coordina sus acciones con instituciones públicas y privadas en los diferentes espacios de articulación a nivel local, regional y nacional, para efectivizar su objetivo, considerando los enfoques transversales de las políticas públicas (género, interculturalidad, interseccionalidad, derechos humanos y otros). Los bene fi ciarios de los incentivos reciben orientación, capacitación y asistencia técnica en materia de formalización laboral por parte del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en coordinación con AGROIDEAS, a fi n de garantizar el posicionamiento del negocio agrario con criterios de sostenibilidad social.CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN Artículo 8.- Organización AGROIDEAS, tiene un Consejo Directivo y un/a Director/a Ejecutivo/a, para el cumplimiento de sus fi nes, y unidades desconcentradas a nivel nacional cuyas funciones se establecen en el Manual de Operaciones. Artículo 9.- Consejo Directivo 9.1 El Consejo Directivo constituye el máximo nivel de dirección de AGROIDEAS, y está conformado por ocho (8) miembros, de acuerdo a lo siguiente: a) El/la Viceministro/a de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, quien lo preside; b) Tres (3) representantes designados/as por el Ministro/a de Desarrollo Agrario y Riego. c) Uno (1) designado/a por el/la Ministro/a de Economía y Finanzas; d) Uno (1) designado/a por el/ la Ministro/a de la Producción; e) Uno (1) designado/a por la Corporación Financiera de Desarrollo S.A; y, f) Uno (1) designado/a por el/la Director/a Ejecutivo/a del Consejo Nacional de Competitividad y Formalización. 9.2 Las designaciones de los representantes se ofi cializan mediante resolución ministerial en el caso de los Ministerios y documento correspondiente de la más alta autoridad respecto de las otras instituciones, las cuales son comunicadas a la Presidencia del Consejo Directivo. Artículo 10.- Funciones del Consejo Directivo Son funciones del Consejo Directivo: a) Aprobar la Memoria Anual y los Estados Financieros de AGROIDEAS. b) Evaluar al desempeño del Director Ejecutivo. c) Proponer el Manual de Operaciones de AGROIDEAS al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, para su aprobación. d) Aprobar su Reglamento Interno. e) Crear, modi fi car o aprobar incentivos bajo los criterios de sostenibilidad social, ambiental y económica, aprobando los montos máximos y porcentajes de cofi nanciamiento, entre otros, en el marco normativo vigente. f) Aprobar los planes de negocio u otros instrumentos de acuerdo al incentivo solicitado en favor de las organizaciones agrarias, autorizando su co fi nanciamiento y desembolsos correspondientes. g) Velar por el funcionamiento y transparencia de las acciones de AGROIDEAS para que se cumplan los fi nes y objetivos propuestos, dentro del marco legal aplicable. h) Delegar en el/la Director/a Ejecutivo/a, las funciones y atribuciones que no le sean privativas y que sean necesarias para el normal desarrollo de la gestión institucional. Artículo 11.- Dirección Ejecutiva La Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa de AGROIDEAS. Tiene a su cargo la dirección, conducción y supervisión de la gestión de AGROIDEAS. Está a cargo de un/a Director/a Ejecutivo/a, designado/a mediante resolución ministerial del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. TÍTULO III INTERVENCIONES CAPÍTULO I BENEFICIARIOS/AS Artículo 12.- Unidad Productiva Sostenible - UPS La UPS es un conjunto de condiciones que caracteriza a un tipo de actividad agrícola, pecuaria, forestal y fauna silvestre pudiendo estar relacionado a los servicios