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84 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de diciembre de 2024 El Peruano / autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; y su artículo 42º señala: “…los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal, y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; Que, mediante Ordenanza Nº 530/MDSJM de fecha 28 de octubre de 2024, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 04 de noviembre de 2024, se establecen incentivos sobre multas administrativas en el distrito de San Juan de Mirafl ores, señalándose como fecha de vencimiento para su acogimiento el 30 de noviembre de 2024; y su Tercera Disposición Complementaria Final dispone que la prórroga de su vigencia podrá efectuarse mediante decreto de alcaldía; Que, asimismo, el artículo 17º del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444 - del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo 004-2019-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justifi cativo para su adopción; Que, dentro del marco señalado en los considerandos precedentes, la Gerencia de Desarrollo Económico, mediante Memorándum Nº 670-2024-GDE/MDSJM, recomienda la prórroga de la Ordenanza Nº 530/MDSJM, con la fi nalidad de incentivar en los vecinos la regularización del pago de sus obligaciones administrativas pendientes, lo que permitirá disminuir los índices de morosidad y alcanzar los niveles de ingresos presupuestados; lo que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum Nº 0610- 2024-GPP/MDSJM), Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 537-2024-GAJ/MDSJM) y Gerencia Municipal (Memorándum Nº 620-2024-GM/MDSJM); por lo que corresponde emitirse la respectiva norma municipal; De conformidad con los artículos 20º, numeral 6); 39º y 42º de la Ley Nº 27972 –Orgánica de Municipalidades; artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – del Procedimiento Administrativo General; así como la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 530/MDSJM; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR, con efi cacia anticipada al 1º de diciembre de 2024, hasta el 27 de diciembre de 2024, el plazo de vigencia contenido en el artículo Segundo de la Ordenanza Nº 530/MDSJM, que establece incentivos sobre multas administrativas en el distrito de San Juan de Mirafl ores. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Desarrollo Económico, a través de sus unidades orgánicas respectivas, el cumplimiento y adecuación de lo dispuesto en el presente decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de esta norma en el diario ofi cial “El Peruano”; a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte informático su publicación en el portal de esta entidad municipal (https://www.munisjm. gob.pe); y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su más amplia difusión a nivel distrital. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa 2353020-1MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 575/MDSMP, Ordenanza que establece Incentivos Tributarios y No Tributarios en el Distrito de San Martín de Porres DECRETO DE ALCALDÍA N° 016-2024/ MDSMP San Martín de Porres, 17 de diciembre de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTOS: El Informe N°0720-2024-SGRTyCD-GAT/ MDSMP de fecha 12 de diciembre de 2024 emitido por la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda; Informe N° 070-2024-GAT/MDSMP de fecha 13 de diciembre de 2024 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe N° 703-2024-OGAJ- MDSMP de fecha 17 de diciembre de 2024 emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, Memorando N° 1856-2024-MDSMP/GM de fecha 17 de diciembre de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza N°575-MDSMP publicada el 31 de octubre de 2024 en el Diario Ofi cial El Peruano, se aprueba la aplicación de incentivos tributarios y no tributarios para los contribuyentes del Distrito de San Martín de Porres, la misma que en su Primera Final Transitoria, faculta al Alcalde del distrito de San Martin de Porres, para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza, así como para prorrogar la vigencia de la misma; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 014-2024/ MDSMP de fecha 26 de noviembre de 2024, se prorroga hasta el día 18 de diciembre de 2024, la vigencia de la Ordenanza N° 575/MDSMP; Que, mediante Informe N° 070-2024-GAT/MDSMP de fecha 13 de diciembre de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria remite el Informe N°720-2024- SGRTyCD-GAT/MDSMP de fecha 12 de diciembre de 2024 de la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de la Deuda; quien propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 575/MDSMP hasta el 31 de diciembre de 2024; Que, mediante Informe Nº 703-2024-OGAJ-MDSMP de fecha 17 de diciembre de 2024, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para que a través de Decreto de Alcaldía se prorrogue hasta el día 31 de diciembre de 2024, la vigencia de la Ordenanza Nº 575/MDSMP; Que, la Gerencia Municipal mediante Memorando N° 1856-2024-MDSMP/GM de fecha 17 de diciembre de