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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (18/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de diciembre de 2024 El Peruano / h) Desarrollo de la Agenda i) Acuerdos tomadosj) Firmas de los participantes El Acta de cada sesión deberá ser remitida por vía electrónico a la CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua, para sus comentarios y/o observaciones, en el marco de lo sostenido en la respectiva sesión. Con dichos aportes, el Acta será presentada y fi rmada al inicio de la siguiente sesión, por todos los miembros de la CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua, que participaron en la sesión. Artículo 25°.- De los invitados. (ver art 17 del reglamento) Cualquiera de los miembros de la CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua, puede proponer a la Presidencia, con 03 días de anticipación y vía correo electrónico, invitar a otras entidades a las sesiones, teniendo en este caso los invitados el derecho a hacer uso de la palabra durante la sesión de la Comisión, sin derecho a voto. Artículo 26°.- De carácter público de las Asambleas. Las Sesiones de la Comisión, son de carácter público. Sólo se podrá restringir la presencia de personas en la sala de reuniones por limitaciones en la infraestructura o espacio disponible. Las personas que asistan en calidad de observadores (no invitados) no pueden hacer uso de la palabra. La Presidencia de la CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua, o quien dirija la reunión, puede solicitar el retiro de aquellas personas que impidan el normal desarrollo de la sesión. Artículo 27°.- Del Plan de Trabajo e Informe Anual. La CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua elaborará el Plan de Trabajo e Informe Anual de actividades a través de la secretaria técnica, con la participación como mínimo la mitad simple de sus miembros, documentos que luego de ser consolidados y aprobados serán remitidos al Consejo Regional y a la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales, para su conocimiento y demás fi nes. TÍTULO III De las Grupos de Trabajo Artículo 28.- De las grupos de trabajo. La CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua, de acuerdo a la DCD 010-2006-CONAM/CD puede acordar la conformación de grupos de trabajo para asuntos específi cos en tanto se considere necesario. Los grupos de trabajo abarcan principalmente los siguientes temas: • Generación de Información. • Difusión y sensibilización.• Capacitación y participación ciudadana. CAPITULO V Disposiciones Finales Primera.- El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación, mediante Decreto Regional. Segunda.- El Plan de Trabajo, Informe Anual y demás documentos emitidos por la CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua son de libre acceso a todo aquel que lo solicite de acuerdo a la Ley de transparencia y Acceso a la información pública, Ley N° 27806. Tercera.- La propuesta del reglamento y sus posteriores modifi catorias serán aprobadas por la Asamblea de la CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua, las cuales serán remitidas por el Gobierno Regional al Ministerio del Ambiente para su opinión técnica y posterior aprobación mediante Decreto Regional. Cuarta.- Todos los casos no previstos expresamente en este reglamento, será resuelto por acuerdo de la Comisión Técnica Regional (CTR) de Zonifi cación Ecológica Económica (ZEE) y Ordenamiento Territorial (OT) del departamento de Moquegua, tomando en cuenta el marco legal vigente. 2341706-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que modifica el Sistema Vial Metropolitano ORDENANZA N ° 2679 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima en sesión ordinaria del 12 de diciembre de 2024, en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, como el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 118-2024-MML/CMDUVN; por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución; Ha dado la ordenanza siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL SISTEMA VIAL METROPOLITANO Artículo 1.- Aprobar la modifi cación del plano del Sistema Vial Metropolitano, incorporando la Av. Las Américas, óvalos interno (Unión Panamericana) y externo (Los Corales – Los Diamantes) y Av. Palermo del distrito de La Victoria, asignándoles la función colectora y aprobando sus secciones viales normativas, según las Láminas Nº 1, Nº 2, Nº 3, Nº 4, Nº 5, Nº 6, Nº 7 y Nº 8 que, como anexos, forman parte de la presente ordenanza. Artículo 2.- Las modifi caciones del Sistema Vial Metropolitano, aprobadas mediante la presente Ordenanza, se encuentran a nivel de planeamiento, por lo que los trazos y secciones viales normativas son referenciales, los que deben, posteriormente, precisarse mediante estudios específi cos de ingeniería, así como los estudios de mitigación de impactos que correspondan al proyecto a ejecutarse, cumpliendo las disposiciones normativas de las vías metropolitanas. Artículo 3.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación – IMP de la Municipalidad Metropolitana de Lima, efectuar las modifi caciones necesarias del plano del Sistema Vial Metropolitano y las secciones viales normativas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 de la presente ordenanza. Artículo 4.- Encargar a la Ofi cina General de la Secretaría del Concejo, publicar la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Ofi cina de Gobierno Digital, su publicación, incluyendo sus anexos, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob. pe, el mismo día de su publicación en el diario ofi cial. POR TANTO:Al promulgarla, mando se registre, publique y cumpla.Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los doce días de diciembre del dos mil veinticuatro. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2354651-1