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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (18/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de diciembre de 2024 El Peruano / modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país; Que, mediante Memorando N° 199-2022-GRL/GGR, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional del Departamento de Lima dispone reevaluación, actualización y de ser el caso modifi cación del expediente sobre propuesta de Ordenanza Regional que modifi ca el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Lima; Que, mediante informe técnico y legal de la propuesta de modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Lima, de la Ofi cina de Planeamiento de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y de la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica; En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de Lima, realizada el día 12 de noviembre de 2024; desde la Sala de Sesiones “José Luis Romero Aguilar y Víctor Fernando Terrones Mayta, in memoriam” del Consejo Regional de Lima, en la ciudad de Huacho, con los consejeros regionales presentes, se dio cuenta del documento del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por MAYORÍA de los consejeros regionales participantes de la sesión ordinaria del consejo regional, y; En uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y sus modifi catorias Leyes Nº 28968, Nº 29053 y Nº 31433; HA APROBADO LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: “REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA” Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima, quedando redactado como el anexo 1 consolidado que se encuentra adjunto a la presente. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional N° 009, y las demás disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza Regional en materia del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Lima, según corresponda. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Lima, realizar los trámites necesarios para implementar la estructura orgánica respectiva, debiendo coordinar con las unidades de organización para su implementación. Artículo Cuarto.- COMUNICAR la presente Ordenanza Regional a la Gobernadora Regional de Lima y al Gerente General Regional, a fi n de que se tome conocimiento de la misma. Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación de acta. Artículo Sexto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la página web del Estado Peruano (www.gob.pe/regionlima), para conocimiento y fi nes. En Huacho, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro. POR TANTO:Comuníquese a la Señora Gobernadora del Gobierno Regional de Lima para su promulgación. TOMÁS EMILIANO CHAVARRÍA HÚNGARO Presidente del Consejo Regional de Lima Mando se comunique, publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huacho, sede central del Gobierno Regional de Lima, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro. ROSA GLORIA VÁSQUEZ CUADRADO Gobernadora Regional de Lima 2350522-1GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban Reglamento Interno de la Comisión Técnico Regional de la Zonificación Ecológica y Económica de la Región Moquegua DECRETO REGIONAL Nº 003-2024-GR/MOQ 13 de setiembre 2024 VISTO: El Informe N° 1117-2024-GRM/GR, el Informe N° 385-2024-GRM/GGR, el Acta de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Moquegua N° 003- 2024-GRM/MOQ, el Informe N° 677-2024-GRM/GGR/ ORAJ, el Informe N° 347-2024-GRM/GRPPAT-SAOT, el Informe N° 114-2024-GRM/GRPPAT-SAOT-FCOTM-NAHZ, el Ofi cio N° 0186-2024-MINAM/VMDERN/ DGOTGIRN, el Informe N° 0225-2024-MINAM/VMDERN/ DGOTGIRN/DIOTGIRN, el Ofi cio N° 369-2024-GRM/GGR-GRPPAT, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con la Ley N° 27867 y sus modifi catorias que aprueba la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la cual manifi esta en su artículo 2° que: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son Personas Jurídicas de Derecho Público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia”. Asimismo, de conformidad con el artículo 8° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus Tres Niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, sujetándose a la Constitución y a las Leyes de Desarrollo Constitucional respectivos; Que, el artículo 1° del Reglamento de la Zonifi cación Ecológica y Económica, aprobado por Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, establece que la Zonifi cación Ecológica y Económica - ZEE, es un proceso dinámico y fl exible para la identifi cación de diferentes alternativas de uso sostenible de un territorio determinado, basado en la evaluación de sus potencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos, sociales, económicos y culturales. Una vez aprobada la ZEE se convierte en un instrumento técnico y orientador del uso sostenible de un territorio y de sus recursos naturales. Asimismo, en su artículo 11° dispone que, los Gobiernos Regionales y locales son los encargados de la ejecución de la ZEE dentro de sus respectivas jurisdicciones; de igual forma en el artículo 16° establece que, cada proceso de Zonifi cación Ecológica y Económica - ZEE desarrollado en el ámbito regional requiere la conformación de una Comisión Técnica, funciones que se encuentran detalladas en el artículo 17° de la norma acotada; Que, mediante Resolución Ministerial N° 056-2015-MINAM, que aprueba el documento denominado “Contenido mínimo de las disposiciones internas que regulan las Comisiones Técnicas de ZEE en el ámbito Regional y Local”. La presente norma, hace precisiones sobre lo establecido en el Reglamento de ZEE acerca de la constitución y conformación de las Comisiones Técnicas y permite su articulación con las normas de carácter nacional; Que, mediante Decreto Regional N° 002-2018-GR/ MOQ, publicado 29 de agosto del 2018, se aprobó el Reglamento Interno de la Comisión Técnica Regional de Zonifi cación Ecológica, Económica de la Región Moquegua; Que, con Ordenanza Regional N° 005-2022-CR/GRM se resuelve en su Artículo Primero: Modifi car los Artículos Segundo y Tercero de la Ordenanza Regional N° 09- 2016-CR/GRM que modifi ca la Ordenanza Regional N°