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71 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de diciembre de 2024 El Peruano / de Zonifi cación Ecológica y Económica, tiene las siguientes funciones: a) Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de ordenamiento territorial en lo correspondiente a la elaboración de sus estudios especializados, Diagnósticos Integrado del Territorio y Plan de Ordenamiento Territorial a nivel regional y local, una vez aprobada su Zonifi cación Ecológica Económica y Ordenamiento Territorial en el nivel de gobierno correspondiente”. b) Proponer los mecanismos de participación ciudadana a través de procesos de difusión, sensibilización y capacitación. c) Elaboración e implementación de un sistema de monitoreo, así como generar y actualizar información técnica referida a los temas vinculados al proceso de Ordenamiento Territorial del Departamento de Moquegua. d) Brindar soporte técnico a las decisiones que tome el Gobierno Regional de Moquegua en materia de Ordenamiento Territorial. e) Evaluar, opinar y validar las propuestas de Ordenamiento Territorial para el departamento de Moquegua. f) Promover la articulación de los distintos instrumentos de ordenamiento territorial elaborados por los distintos niveles de gobierno en el departamento. La Comisión Técnica elaborará un plan de trabajo anual, detallando las acciones a desarrollar, en coordinación con el gobierno regional o local, según corresponda, propiciando el intercambio de conocimientos entre los grupos de trabajo que se conformen y los funcionarios vinculados al proceso de ordenamiento territorial del respectivo nivel de gobierno. Artículo 8º.- De la conformación de la CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua. 8.1 La CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua, está conformada por los representantes designados de las siguientes entidades e instituciones de conformidad a lo establecido en la Ordenanza Regional N° 005-2022-CR/GRM, donde “modifi can la Ordenanza Regional N° 09-2016-CR/GRM que modifi ca la Ordenanza Regional N° 006-2008- CR/GRM, que conforma la Comisión Técnica Regional de Zonifi cación Ecológica y Económica de Moquegua. a) Un Representante del GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA. • Subgerencia de Acondicionamiento y Ordenamiento Territorial. b) Un representante de cada Gobierno Provincial de la Región: • Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. • Municipalidad Provincial de Ilo. • Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro. c) Un representante de una Institución Científi ca del ámbito de la Región Moquegua. • Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET - Zonal Sur. d) Un representante de la Universidad de la Región Moquegua. • Universidad Nacional de Moquegua - UNAM.e) Un representante de cada uno de los Sectores y Niveles de Gobierno con competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o de los recursos naturales existentes en el ámbito de la Región Moquegua: • Dirección Regional de Energía y Minas. • Dirección Regional de Agricultura Moquegua. • Dirección Regional de la Producción.• Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. • Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones.• Dirección Desconcentrada de Cultura - Moquegua. f) Dos representantes de las Organizaciones de las Comunidades Campesinas de la Región: • Comunidad Campesina de Aruntaya de la Provincia Mariscal Nieto. • Comunidad Campesina de Jancopujo de la Provincia General Sánchez Cerro. g) Dos representantes de la Empresas Privadas: • Cámara de Comercio e Industria Moquegua. • Empresa PROAGRO ORCASITAS II S.R.L. h) Dos representantes de los Organismos No Gubernamentales: • ONG Asociación Civil Cooperación Andina - ACCA • ONG Centro de Educación, Organización y Promoción de Desarrollo Ilo - CEOP ILO. 8.2 Cada entidad conformante, mediante documento y de acuerdo a sus normas internas, acreditaran a sus representantes titular y alterno, ante la Presidencia de la CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua, no aceptando la delegación a terceros, para garantizar continuidad y buen desempeño de las funciones de la Comisión. El cambio de algún miembro representante de las entidades conformantes de la CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua, deberá ser comunicado a la Presidencia y a la secretaria técnica, de manera escrita. La propuesta de incorporación de nuevos miembros o el retiro de los mismos por incumplimiento en lo establecido en el art. 16 del presente reglamento, será debatida en reunión de la CTR de ZEE y OT del departamento de Moquegua y aprobada por mayoría simple. CAPITULO IV Estructura y funcionamiento de la Comisión Técnica Artículo 9º.- De su Estructura. La CTR de ZEE y OT, del departamento de Moquegua, tiene la estructura siguiente: Presidencia : Subgerencia de Acondicionamiento y Ordenamiento Territorial SAOT- del Gobierno Regional Moquegua Secretaria Técnica : Subgerencia de Acondicionamiento y Ordenamiento Territorial - Gobierno Regional Moquegua. Asamblea general : Miembros que conforman la Comisión Técnica Regional, señalados en el artículo 8º del presente reglamento, cuyos representantes titulares o alternos deben estar previamente acreditados. Artículo 10º.- De la Asamblea de Miembros La Asamblea de Miembros tiene como función ser la “Instancia en la toma de decisiones”. Las CTR pueden tomar acuerdos, tal como se señala en el punto i) del Artículo 25° de la presente propuesta de modifi caciones al reglamento de la Comisión Técnica Regional. Asimismo, es importante señalar que los acuerdos no son vinculantes. La Asamblea de Miembros deberán cumplir con las funciones que se encuentran enmarcadas en el Artículo 7º del presente reglamento. Artículo 11º.- De la Presidencia de la Comisión Técnica. Sera ejercida por el/la titular del Gobierno Regional de Moquegua o funcionario designado. Artículo 12°.- De las funciones de la Presidencia de la Comisión Técnica. El presidente es el encargado de cumplir y hacer cumplir los acuerdos arribados por la Comisión. Sus obligaciones y atribuciones son las siguientes: