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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2024 (19/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Viernes 19 de enero de 2024 El Peruano / 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional con el voto mayoritario de sus miembros se aprobó el siguiente: ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL: Primero.- AUTORIZAR al LIC. JORGE CARLOS ADRIAN MEZA CRUZ Gerente Regional de Comercio Exterior y Turismo-viajar a la ciudad de Madrid-España, por el periodo comprendido del 24 al 28 de enero de 2024, con la fi nalidad de participar en la Feria Internacional de Turismo-FITUR-, a fi n de promocionar el Geoparque Colca y Volcanes de Andagua; conforme a la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- DISPONER los gastos que irrogue la presente autorización de viaje, son con cargo al Presupuesto del Pliego del Gobierno Regional de Arequipa, afecto al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 757 Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa. Tercero.- DISPONER que el Gerente Regional de Comercio Exterior y Turismo Arequipa presente al Consejo Regional, un informe detallado debidamente documentado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos como producto del viaje autorizado; y presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley, dentro de los quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, de conformidad con el artículo 5º de la Ley Nº 27619. Cuarto.- ENCARGAR a Gerencia General del Gobierno Regional Arequipa, determine al funcionario o directivo que se hará cargo del Despacho de la Gerencia de Comercio Exterior y Turismo, mientras dure la ausencia del mismo. Quinto.- COMUNICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional al señor Gobernador Regional de Arequipa para su conocimiento y fi nes pertinentes. Sexto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Arequipa, disponga las acciones necesarias y complementarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo de Consejo Regional. Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia General del Gobierno Regional de Arequipa la publicación el presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Arequipa, conforme dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO:Regístrese y comuníquese.FERNANDO CORNEJO PACHECO Presidente 2253922-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican derechos de trámite que corresponden a procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aprobados en la Ordenanza N° 014-2023-MDSMM por la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar ACUERDO DE CONCEJO Nº 543 Lima, 6 de diciembre de 2023 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMAPOR CUANTO; El Concejo Metropolitano de Lima en sesión extraordinaria de la fecha, acordó lo siguiente; VISTOS: El O fi cio Nº D000450-2023-SAT-JEF de fecha 21 de noviembre de 2023 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), que remite el expediente de rati fi cación digital de la Ordenanza Nº 014-2023-MDSMM, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la acotada ley orgánica, las ordenanzas, en materia tributaria, expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, según el artículo 38.8 de la Ley Nº 27444, el pronunciamiento sobre la solicitud de rati fi cación se circunscribe a la determinación de la cuantía de las tasas por derechos de tramitación a las que se re fi ere el artículo 40 de la Ley Nº 27972; Que, en aplicación de lo normado por el Decreto Legislativo Nº 1203, que crea el Sistema Único de Trámites – SUT para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, y por la Ordenanza Nº 2386-2021 que aprueba el procedimiento de rati fi cación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar registró su expediente TUPA en el SUT y aprobó la ordenanza, objeto de ratifi cación, cuya documentación sustentatoria cargada en el referido aplicativo, tiene carácter de declaración jurada; Que, a través del Informe Nº D000103-2023- SAT-ART del 20 de noviembre de 2023, el Área Funcional de Rati fi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, emite pronunciamiento favorable respecto a la determinación de la cuantía de las tasas por 222 (doscientos veintidós) derechos de trámite correspondientes a 216 (doscientos dieciséis) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, listados en el anexo A del referido Informe, aprobados por Ordenanza Nº 014-2023-MDSMM de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, luego de haberse veri fi cado que su determinación se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente, en tanto responde al costo en que incurre la municipalidad en la prestación del servicio; Que, el mencionado Informe se sustenta en las normas aplicables, contenidas en la Ordenanza Nº 2386-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modi fi catorias; en el Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal y modi fi catorias; en el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, entre otros dispositivos legales; asimismo, menciona que los ingresos que la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad en mención, fi nancian el 99.97%, aproximadamente, de los costos considerados en su costeo; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según