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83 NORMAS LEGALES Viernes 2 de febrero de 2024 El Peruano / Distrital de Lurigancho, como Responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, con e fi cacia anticipada al 10 de octubre de 2023; Que, con Resolución de Alcaldía N° 587-2023/MDL se da por concluido la designación del señor Ing. Luis Rafael Vivanco Medina, en el cargo de con fi anza de Subgerencia de Gestión Tecnológica de la Municipalidad Distrital de Lurigancho; y con Resolución de Alcaldía N° 006-2024/MDL al señor Ing. Luis Rafael Vivanco Medina en el cargo de con fi anza de Jefe de la O fi cina de Gestión de Gobierno Digital de la Municipalidad Distrital de Lurigancho; Que, por los fundamentos expuestos y haciendo de sus facultados conferidas en el numeral 6), artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR al Ing. Luis Rafael Vivanco Medina, en su condición de Jefe de la O fi cina de Gestión de Gobierno Digital de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, como responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, con e fi cacia anticipada al 02 de enero del 2024. Artículo Segundo.- DISPONER, que las diferentes instancias administrativas de la Municipalidad Distrital de Lurigancho, proporcionen al responsable todas las facilidades para dar cumplimiento a la presente Resolución. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 476-2023-MDL. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial EI Peruano y la publicación en el Portal Institucional (www.munichosica.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase.OSWALDO HERNAN VARGAS CUELLAR Alcalde 2258061-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho ORDENANZA N° 444-MDSJL San Juan de Lurigancho, 15 de setiembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTOS; En Sesión Extraordinaria (Por Situación de Urgencia) de Concejo Municipal de la fecha; el Reporte de Observaciones SUT respecto al Expediente N° 03.33.1487-002-2023, remitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria-SAT; Memorando N° 2866-2023-SGRH-GAF/MDSJL, de la Subgerencia de Recursos Humanos de fecha 11 de setiembre de 2023; el Informe N° 334-2023-SGDICNI-GP/MDSJL, de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, de fecha 11 de setiembre de 2023; el Informe Legal N° 283-2023-GAJ/MDSJL, de fecha 11 de setiembre de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Proveído N° 3577-2023-GM/MDSJL de 12 de setiembre de 2023 de la Gerencia Municipal; el Dictamen N° 010-2023-CER-CM/MDSJL de la Comisión de Economía y Rentas, de fecha 13 de setiembre de 2023; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200 numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 36.3 del artículo 36 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA, aprobados para cada entidad; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, se aprueba los Lineamientos para la Formulación y Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, señalando que, en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal; Que, el artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en adelante el T.U.O de la LPAG, establece la obligación de todas las entidades públicas de elaborar, aprobar o gestionar la aprobación de su respectivo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), cuyo contenido comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte que cuenten con respaldo legal y sean requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos, así como la descripción clara y taxativa de todos los requisitos para su realización, entre otras condiciones, que otorgan predictibilidad a los administrados para su adecuada tramitación; Que, los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44 del T.U.O de la LPAG prevé la forma para la publicación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, estableciendo que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en tanto que el TUPA y la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del Diario O fi cial “El Peruano” y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 40 establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser rati fi cadas por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 2386-MML, la cual regula el procedimiento de rati fi cación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modi fi can o regulan tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones; Que, la Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional, ha elaborado el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, a través del cual se aprueban los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA, contando para ello con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la conformidad de la Gerencia Municipal, por lo que corresponde ser aprobado por Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8 y 9 del artículo 9 y el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Concejo Municipal y, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: