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9 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de febrero de 2024 El Peruano / SITIO ARQUEOLÓGICO CHUQUINE LLAQTA VÉRTICE LADO DISTANCIA ANGULO ESTE NORTE P18 P18 - P19 111.87 131°44’7” 427863.7500 8387203.8700P19 P19 - P20 103.32 173°1’49” 427792.8100 8387117.3700P20 P20 - P21 39.48 221°51’56” 427718.0800 8387046.0200P21 P21 - P22 59.69 146°49’27” 427715.0100 8387006.6600P22 P22 - P23 74.64 201°30’10” 427678.5600 8386959.3900P23 P23 - P24 65.51 190°10’31” 427657.8200 8386887.6900P24 P24 - P25 87.81 178°45’18” 427651.0200 8386822.5300P25 P25 - P1 71.98 170°9’54” 427640.0100 8386735.4100 Datum: WGS84 Zona UTM: 19LÁrea: 240 997.7946 m² (24.09978 ha) Perímetro: 2131.17 ml Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2024-SDDPCICI DDCPUN-VMV/MC de fecha 30 de enero de 2024, así como en los Informes N° 000171-2024/DSFL-DGPA-VMPCIC/MC y 000041-2024/DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el plano perimétrico con código PROV-003-SDDPCICI-DDC-PUN/MC-2024 que se adjunta como Anexo de la presente Resolución Directoral. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Puno, las siguientes: MEDIDA REFERENCIA - Paralización y/o cese de la afectación:xCoordinar con la comunidad de Chuquine, la realización de capacitaciones y campañas de sensibilización que involucren la realización de programas de participación ciudadana y apropiación social adecuada para la revaloración del monumento, a fi n de evitar daños y alteraciones por parte de los comuneros y terceros, los mismos que deberán contar con la autorización del Ministerio de Cultura. Asimismo, coordinar acciones de patrullaje a fi n de que el monumento no sea nuevamente alterado. -Señalización: xCoordinar con la Dirección de Catastro del Ministerio de Cultura y la Municipalidad Distrital de Ananea, de manera que se proceda con la señalización (Paneles) del monumento arqueológico. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Puno, la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional, entre ellas, la coordinación correspondiente con el órgano competente del Ministerio de Cultura para la etapa de identi fi cación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Ananea, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a la a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001-2024-SDDPCICI DDCPUN-VMV/MC de fecha 30 de enero de 2024, el Informe N° 000171-2024/DSFL-DGPA-VMPCIC/MC, Informe N° 000041-2024/DSFL-DGPA-VMPCIC-NGC/MC e Informe Nº 000020-2024/DGPA-VMPCIC-ARD/MC y el Plano Perimétrico con código PROV-003-SDDPCICI-DDC-PUN/MC-2024, las cuales serán publicadas en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA Dirección General de PatrimonioArqueológico Inmueble 2262696-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Designan Director de la Dirección General de Presupuesto Público RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 056-2024-EF/49 Lima, 20 de febrero del 2024CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 008-2024- EF/49 se designó al señor Karl Alexander Melgarejo Castillo en el puesto de Director de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el señor Karl Alexander Melgarejo Castillo ha presentado su renuncia al referido puesto por lo que resulta necesario aceptarla y designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Karl Alexander Melgarejo Castillo al puesto de Director de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Rodolfo Acuña Namihas, en el puesto de Director de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2263310-1