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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (21/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de febrero de 2024 El Peruano / En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- La empresa ENSAYOS GENERALES DE CILINDROS GNV S.A.C., deberá someterse a una inspección técnica en forma anual que será realizada por alguna Entidad Certi fi cadora de Conversiones a GNV, con la fi nalidad de veri fi car que sus instalaciones y equipos mantienen las exigencias establecidas en la Directiva, Normas Técnicas Peruanas y en la normativa vigente en la materia. Dicha certi fi cación deberá ser presentada al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y al Administrador del Sistema de Control de Carga, anualmente, como condición para que se mantenga su autorización, de conformidad con lo establecido en el numeral 5.7.21 de la Directiva. El plazo para la presentación de la certi fi cación señalada, se computará a partir de la vigencia de la autorización. Artículo 5.- En virtud de lo establecido en el numeral 5.7.21 del artículo 5 de la Directiva N° 004-2010-MTC/15, Régimen de autorización y funcionamiento de los Centros de Revisión Periódica de Cilindros, la presente Resolución Directoral deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 6.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 7.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en el domicilio ubicado en la Mz. A, Lote 14, Anexo 11, Torre Blanca de la Comunidad Campesina de Jicamarca, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, o al correo electrónico ensayosgnv@hotmail.com. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE CAYO ESPINOZA GALARZA DirectorDirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 2261585-1 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO Aprueban Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 046-2024-VIVIENDA Lima, 20 de febrero de 2024VISTOS:La Memoranda N°s. 322 y 323-2024-VIVIENDA/ VMVU-DGPPVU de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, el Memorándum N° 289-2024-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 139-2024-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que el citado Ministerio tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, establece que tiene competencias en las materias de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante la Resolución Ministerial N° 564-2023-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 4 334 060 122,00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SESENTA MIL CIENTO VEINTIDOS Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el literal b) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 31953, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) para el Fondo MIVIVIENDA S.A.; las mismas que, según el numeral 13.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y es publicada en el diario o fi cial El Peruano; asimismo, el numeral 13.4 del mismo artículo dispone que la entidad pública que trans fi ere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; Que, de acuerdo al numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1226, Decreto Legislativo que modi fi ca la Ley N° 27829, Ley que crea el Bono Familiar Habitacional y que dicta medidas complementarias para el acceso a la vivienda de la población vulnerable, se autoriza al MVCS a realizar de manera anticipada, con cargo a su presupuesto institucional, la transferencia al Fondo MIVIVIENDA S.A. de los recursos para fi nanciar el Bono Familiar Habitacional y el Bono del Buen Pagador, a fi n de atender la demanda habitacional; Que, mediante el Memorándum N° 322-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, sustentado en el Informe N° 005-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-CBM, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo informa que se ha suscrito el Convenio N° 033-2024-VIVIENDA, Convenio para la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio, entre el MVCS y el Fondo MIVIVIENDA S.A., por lo que, solicita se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., hasta por la suma de S/ 897 197 985,00 (OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), para la atención de las familias con el Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio; Que, asimismo, con el Memorándum N° 323-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU, sustentado en el Informe N° 004-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPPVU-CBM, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo informa que se ha suscrito el Convenio N° 032-2024-VIVIENDA, Convenio para la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva, entre el MVCS y el Fondo MIVIVIENDA S.A., por lo que, solicita se expida la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., hasta por la suma de S/ 335 357 983,00 (TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), para la atención de las familias con el Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Adquisición de Vivienda Nueva; Que, con el Memorándum N° 289-2024-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 118-2024-VIVIENDA/OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la