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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2024 (02/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Martes 2 de julio de 2024 El Peruano / Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante FAP FRANCISCO JAVIER ILDEFONSO LINARES, identi fi cado con NSA Nº O-96959 y DNI Nº 40229903, y del Mayor FAP REINALDO MORALES BARRERA, identi fi cado con NSA Nº O-97250 y DNI Nº 43703461, para participar en la orientación de las Operaciones en el Dominio Espacial, a realizarse en la ciudad de Maui, Estado de Hawái - Estados Unidos de América, del 08 al 12 de julio de 2024; así como, autorizar su salida del país el 07 de julio y su retorno el 13 de julio de 2024. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: Viáticos US $ 440.00 x 5 días x 2 personas x 20% = US $ 880.00 ----------------- Total general a pagar = US $ 880.00 Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial Superior más antiguo comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2302760-1 Nombran en Misión Diplomática a Oficial General, Oficiales Superiores y Personal Técnico del Ejército del Perú en diversas Agregadurías del Exterior RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00653-2024-DE Lima, 1 de julio del 2024VISTOS: Los O fi cios N° 2137 S-CGE/N-01.3/02.00 y N° 2571/S-CGE/N-01.1/02.00 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; los Ofi cios N° 01625-2024-MINDEF/VPD/DIGRIN y N° 01804-2024-MINDEF/VPD/DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; el Informe Legal N° 00838-2024-MINDEF/SG-OGAJ y el O fi cio Nº 00611-2024-MINDEF/SG-OGJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 14 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cado por Decreto Legislativo N° 1143, establece que el O fi cial en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución; en este caso, deberá tener por lo menos dos (02) años antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro, previstas en los artículos 45 y 46 de la citada Ley. Asimismo, tendrán los mismos derechos que el personal diplomático, establecidos en la norma que regula la materia; Que, el artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subo fi ciales u O fi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que el personal en situación de actividad podrá postular y ser seleccionado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su institución, teniendo los mismos derechos que el personal auxiliar del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecidos en la norma que regule la materia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0977-2019- DE/SG y sus modi fi catorias, se aprueba el Reglamento de Personal Militar de las Fuerzas Armadas nombrado en Agregadurías del Exterior, en adelante el Reglamento; Que, el artículo 5 del citado Reglamento establece que el personal militar de las Fuerzas Armadas nombrado ante las Agregadurías en el exterior, asume un cargo de interés institucional y nacional brindando un servicio de naturaleza pública, relacionado a los aspectos de defensa y seguridad internacional, de acuerdo a lo estipulado en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables; teniendo presente que, el número de vacantes y los cargos que desempeña el personal militar en la Agregadurías en el exterior se establecen por resolución suprema, de acuerdo a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento; Que, el artículo 15 del Reglamento establece que mediante resolución ministerial se nombra al personal militar de las Fuerzas Armadas para las Agregadurías en el exterior, por un periodo máximo de dos (2) años; Que, la Resolución Suprema N° 020-2024-DE aprueba las vacantes y cargos a ser desempeñados por el personal de O fi ciales Generales y O fi ciales Superiores del Ejército del Perú en las Agregadurías a las Misiones Diplomáticas del Perú en el Exterior, a partir del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026. Asimismo, las vacantes y los cargos de Auxiliar de Agregaduría a ser desempeñados por personal técnico del Ejército del Perú en las Agregadurías a las Misiones Diplomáticas del Perú en el Exterior, a partir del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026; Que, el artículo 3 del referido dispositivo autoriza al Ministro de Defensa a variar la fecha de inicio y término de los cargos descritos en el considerando precedente, sin incrementar la cantidad de días autorizados; Que, a través del O fi cio N° 2137 S-CGE/N-01.3/02.00, el Secretario de la Comandancia General del Ejército solicita que se varíe la fecha de inicio y término del personal técnico que desempeñará cargos en Agregadurías a las Misiones Diplomáticas en el Exterior, debiendo ser desde el 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2027; Que, mediante O fi cio N° 2571/S-CGE/N-01.1/02.00, el Ejército del Perú remite la documentación relacionada con el nombramiento, en misión diplomática, de diversos Ofi ciales Generales, O fi ciales Superiores y personal técnico del Ejército del Perú que se desempeñarán en las Agregadurías del exterior, a partir del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2026 (O fi ciales) y del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2027 (Personal Técnico); Que, mediante O fi cio Nº 01625-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN, complementado con el O fi cio N° 01804-2024-MINDEF/VPD/DIGRIN y el Informe Técnico