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17 NORMAS LEGALES Martes 2 de julio de 2024 El Peruano / Que, el literal m) del artículo 10 del ROF del SERFOR, establece que es función de la Directora Ejecutiva (e) expedir resoluciones, referidas a la gestión en los asuntos de su competencia, dando cuenta al Consejo Directivo; Con el visado del Gerente General, de la Directora de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; y el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, y su modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Jorge Apolonio Alfaro Navarro en el cargo de Administrador Técnico Forestal y de Fauna Silvestre de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre – ATFFS Lambayeque, cargo considerado de con fi anza. Articulo 2.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución al señor Jorge Apolonio Alfaro Navarro, así como a la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/serfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY PAREDES DEL CASTILLO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre SERFOR 2302865-1 ENERGÍA Y MINAS Modifican servidumbre de electroducto, paso y tránsito para la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Punta Lomitas - S.E. Derivación e Interconexión 220 kV S.E. Derivación - Nuevas Estructuras T748A/T749A de la L. T . 220 kV S.E. Ica - S.E. Marcona (L-2211)”, ubicada en el departamento de Ica, impuesta a favor de la concesión definitiva de trasmisión de energía eléctrica de la que es titular ENGIE Energía Perú S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 251-2024-MINEM/DM Lima, 17 de junio de 2024 VISTOS: El Expediente N° 21252221 sobre la solicitud de modi fi cación de servidumbre de electroducto, paso y tránsito para la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Punta Lomitas - S.E. Derivación e Interconexión 220 kV S.E. Derivación - Nuevas Estructuras T748A/T749A de la L.T. 220 kV S.E. Ica - S.E. Marcona (L-2211)”, presentada por la empresa ENGIE Energía Perú S.A.; el Informe N° 399-2024-MINEM/DGE-DCE, elaborado por la Dirección de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad; el Memorando N° 00244-2024/MINEM-VME, elaborado por el Viceministerio de Electricidad; el Informe N° 0587-2024-MINEM/OGAJ, elaborado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 041-2021-MINEM/DM, publicada el 03 de marzo de 2021, en el diario o fi cial “El Peruano”, se otorgó a favor de ENGIE Energía Perú S.A. (en adelante, ENGIE), la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica para el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Punta Lomitas - S.E. Derivación e Interconexión 220 kV S.E. Derivación - Nuevas Estructuras T748A/T749A de la L.T. 220 kV S.E. Ica - S.E. Marcona (L-2211)” (en adelante, la CONCESION), aprobándose el Contrato de Concesión Nº 562-2021 (en adelante, EL CONTRATO); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 289-2021-MINEM/DM, publicada el 25 de agosto de 2021, en el diario o fi cial “El Peruano”, se estableció con carácter permanente a favor de la CONCESION, la servidumbre de electroducto, paso y tránsito para la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Punta Lomitas - S.E. Derivación e Interconexión 220 kV S.E. Derivación - Nuevas Estructuras T748A/T749A de la L.T. 220 kV S.E. Ica - S.E. Marcona (L-2211)”, ubicada en los distritos de Santiago y Ocucaje, provincia y departamento de Ica; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 213-2022-MINEM/DM, publicada el 22 de junio de 2022 en el diario o fi cial “El Peruano”, se aprobó la primera modi fi cación de la CONCESION y del CONTRATO, con la fi nalidad de reubicar las torres de interconexión T178A y T749A, hasta el alineamiento de la Línea de Transmisión existente Ica - Marcona (L-2211); Que, mediante documento con registro N° 3498844, de fecha 11 de mayo de 2023, ENGIE solicitó la modi fi cación de la servidumbre de electroducto, paso y tránsito para la CONCESIÓN, ubicada en los distritos de Santiago y Ocucaje, provincia y departamento de Ica, según las coordenadas UTM (WGS 84) que fi guran en el Expediente N° 21252221; Que, de acuerdo con la documentación que obra en el Expediente, la solicitud de modi fi cación de la servidumbre de electroducto, paso y tránsito para la CONCESIÓN, afecta terrenos de propiedad del Estado; Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 109 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; por lo cual, en el presente caso no corresponde el pago de compensación por derecho de servidumbre; Que, la petición se encuentra amparada por el artículo 110 y siguientes del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, mediante los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, indican que la solicitud de modi fi cación de servidumbre de electroducto, paso y tránsito para la CONCESIÓN, presentada por ENGIE, ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, por lo que resulta procedente establecer la citada servidumbre; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo N° 009-93- EM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 038-2014-EM, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car la servidumbre de electroducto, paso y tránsito para la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Punta Lomitas - S.E. Derivación e Interconexión 220 kV S.E. Derivación - Nuevas Estructuras T748A/ T749A de la L.T. 220 kV S.E. Ica - S.E. Marcona (L- 2211)”, ubicada en los distritos de Santiago y Ocucaje,