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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JULIO DEL AÑO 2024 (02/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Martes 2 de julio de 2024 El Peruano / VISTOS, el Informe Técnico N° D000019-2024- MIMP-DV-SSMT de la Dirección de Voluntariado; la Nota N° D000194-2024-MIMP-DGPDV de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado; la Nota N° D000462-2024-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; el Informe N° D000079-2024-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional; el Memorándum N° D000820-2024-MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000375-2024-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, a través del artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1566 se autoriza el fi nanciamiento de iniciativas de voluntariado a favor de poblaciones vulnerables en zonas de crisis humanitaria, en departamentos priorizados, implementadas por organizaciones de voluntariado, constituidas como núcleos ejecutores, de acuerdo a los parámetros que apruebe el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP; Que, con la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo se dispone que el MIMP, mediante resolución ministerial, apruebe los parámetros de las iniciativas de voluntariado a ser fi nanciadas, los cuales deben incluir los departamentos a ser priorizados, las poblaciones vulnerables a ser atendidas, el plazo de ejecución de la iniciativa de voluntariado, la naturaleza de la iniciativa, sus metas y resultados esperados, entre otros aspectos; Que, con la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se dispone la continuidad de las medidas relacionadas con la implementación de iniciativas de voluntariado dirigidas a poblaciones vulnerables en zonas de crisis humanitaria en departamentos priorizados a través de núcleos ejecutores de voluntariado, al amparo del Decreto Legislativo N° 1566; Que, en mérito de lo antes señalado, con Resolución Ministerial N° 207-2024-MIMP se aprueban los “Lineamientos para continuidad de las medidas relacionadas con la implementación de iniciativas de voluntariado dirigidas a poblaciones vulnerables en zonas de crisis humanitaria en departamentos priorizados, a través de núcleos ejecutores de voluntariado, al amparo del Decreto Legislativo N° 1566, para el año 2024”, en adelante los Lineamientos, el cual contiene seis (6) Anexos; Que, con la Nota N° D000194-2024-MIMP-DGPDV, la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado remite y hace suyo el Informe Técnico N° D000019-2024-MIMP-DV-SSMT de la Dirección de Voluntariado, a través del cual se advierte la necesidad de modi fi car el “Anexo 6: Cronograma del Proceso de fi nanciamiento de NEV en el marco del D. Leg. N° 1566 – Edición 2024” contenido en el numeral 9.6 de los Lineamientos, a fi n de que las organizaciones de voluntario tengan más tiempo para formular sus postulaciones, por lo que propone modi fi car los plazos previstos en dicho cronograma; Que, mediante Memorándum N° D000820-2024- MIMP-OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite y hace suyo el Informe N° D000079-2024-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional, a través del cual se considera viable la modi fi cación del “Anexo 6: Cronograma del Proceso de fi nanciamiento de NEV en el marco del D. Leg. N° 1566 – Edición 2024” contenido en el numeral 9.6 de los Lineamientos y se precisa que dicha propuesta ha sido debidamente sustentada por la Dirección de Voluntariado, conforme a lo establecido en la Directiva N° 001-2023- MIMP “Gestión de proyectos normativos en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, aprobada por Resolución Ministerial N° 140-2023-MIMP; Que, con Informe N° D000375-2024-MIMP-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable para continuar con la emisión de la presente Resolución Ministerial; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Población, Desarrollo y Voluntariado, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28238, Ley General de Voluntariado; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1566, Decreto Legislativo que autoriza el fi nanciamiento de medidas relacionadas con la implementación de iniciativas de voluntariado dirigidas a poblaciones vulnerables en zonas de crisis humanitaria en departamentos priorizados; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, la Resolución Ministerial N° 362-2023-MIMP, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el “Anexo 6: Cronograma del Proceso de fi nanciamiento de NEV en el marco del D. Leg. N° 1566 – Edición 2024” contenido en el numeral 9.6 de los “Lineamientos para continuidad de las medidas relacionadas con la implementación de iniciativas de voluntariado dirigidas a poblaciones vulnerables en zonas de crisis humanitaria en departamentos priorizados, a través de núcleos ejecutores de voluntariado, al amparo del Decreto Legislativo N° 1566, para el año 2024”, aprobado por Resolución Ministerial N° 207-2024-MIMP, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo sean publicados en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2302799-1 Aprueban la Intervención “Prevenir para proteger” - Niñas, niños y adolescentes libres de violencia sexual RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 225-2024-MIMP Lima, 1 de julio de 2024VISTOS: El Informe N° D000036-2024-MIMP-DPVLV de la Dirección de Políticas para una Vida Libre de Violencia; la Nota N° D000369-2024-MIMP-DGCVG de la Dirección General Contra la Violencia de Género; la Nota N° D000600-2024-MIMP-DVMM del Despacho Viceministerial de Mujer; el Informe N° D000027-2024- MIMP-DPNNA-EMRA de la Dirección de Políticas sobre Niñas, Niños y Adolescentes; la Nota N° D000797-2024- MIMP-DGNNA de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes; la Nota N° D000490-2024-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; el Informe N° D000331-2024-MIMP-PRE de la O fi cina de Presupuesto; el Informe N° D000120-2024-MIMP-OP de la O fi cina de Planeamiento; el Memorándum N° D000828-2024-MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000379-2024-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,