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18 NORMAS LEGALES Martes 2 de julio de 2024 El Peruano / provincia y departamento de Ica, impuesta a favor de la concesión de fi nitiva de trasmisión de energía eléctrica de la que es titular ENGIE Energía Perú S.A., de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la concesionaria, conforme a los siguientes cuadros: L.T. 220 kV S.E. Punta Lomitas - S.E. Derivación Cód. Exp.Inicio y Llegada de la Línea EléctricaNivel de Tensión (kV)N° de TernasLongitud (m)Ancho de la Faja de Servidumbre (m) 21252221S.E. Punta Lomitas - S.E. Derivación 220 02 60 180,02 25 Interconexión S.E. Derivación - T748A (de la L.T. 220 kV S.E. Ica - S.E. Marcona (L-2211))220 01 62,99 25 Interconexión S.E. Derivación - T749A (de la L.T. 220 kV S.E. Ica - S.E. Marcona (L-2211))220 01 59,87 25 Subestación Derivación e Interconexión a LT Existente (L-2211) Cód. Exp. Descripción de la ServidumbreÁrea de ServidumbrePropietario 21252221Subestación Derivación e Interconexión a LT Existente (L-2211) Coordenadas UTM (WGS 84) Vértice Este Norte 1 449 047.4477 8 406 897.1321 2 449 005.0000 8 406 931.0000 3 449 079.0000 8 407 025.00004 449 124.0000 8 406 990.0000 5 449 149.0000 8 407 022.0000 5A 449 157.8686 8 407 033.3519 6A 449 189.6057 8 407 008.0153 6 449 181.0000 8 406 997.0000 7 449 156.0000 8 406 965.0000 8 449 174.0000 8 406 951.0000 9 449 099.0000 8 406 856.0000 10 449 086.9444 8 406 865.6188Área total: 16,707.30 m2 Estado Subestación Punta Lomitas El área no se modi fi ca, y se mantiene lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 289-2021-MINEM/DM. Servidumbre de Paso y de Tránsito La servidumbre de Paso y Tránsito no ha cambiado, se mantiene lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 289-2021-MINEM/DM. Artículo 2.- Aplicar a la modi fi cación de servidumbre señalada en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 009-93-EM, y en las normas técnicas pertinentes. Artículo 3.- Disponer que la empresa ENGIE Energía Perú S.A. adopte las medidas necesarias a fi n de que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4.- Disponer que la empresa ENGIE Energía Perú S.A. vele permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5.- Establecer que la presente Resolución Ministerial entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano.Regístrese, comuníquese y publíquese. RÓMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas 2298670-1 INTERIOR FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0848-2024-IN A solicitud del Ministerio del Interior, se publica Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 0848-2024-IN, publicada en la Edición Extraordinaria del día 27 de junio de 2024. DICE: “VISTOS, el Memorando N° 001143-2024-IN-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000105-2024-IN-OGPP-OPE de la Ofi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000192-INOGPP-OMD de la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 000189-2024-IN-OGPPOP de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° -2024-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,” DEBE DECIR:“VISTOS, el Memorando N° 001143-2024-IN-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000105-2024-IN-OGPP-OPE de la Ofi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000192-INOGPP-OMD de la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 000189-2024-IN-OGPPOP de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 001189-2024-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y,” 2302771-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Modifican el “ Anexo 6: Cronograma del Proceso de financiamiento de NEV en el marco del D. Leg. N° 1566 – Edición 2024” contenido en el numeral 9.6 de los “Lineamientos para continuidad de las medidas relacionadas con la implementación de iniciativas de voluntariado dirigidas a poblaciones vulnerables en zonas de crisis humanitaria en departamentos priorizados, a través de núcleos ejecutores de voluntariado, al amparo del Decreto Legislativo N° 1566, para el año 2024” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 224-2024-MIMP Lima, 1 de julio de 2024