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51 NORMAS LEGALES Viernes 5 de julio de 2024 El Peruano / contractual, médica y otros, SISOL propone la aprobación de un nuevo Manual de Operaciones-MOP; iii) El proyecto de MOP incluye la fusión de sus tres (03) órganos de línea en la nueva “Gerencia de Servicios de Salud”, la creación de la Gerencia de Proyectos con la fi nalidad de proponer mecanismos y estrategias que permitan ampliar y/o mejorar los servicios del SISOL, y actualiza parte de sus funciones en el marco de sus competencias sustantivas, por lo que emite opinión favorable para la aprobación de su nuevo Manual de Operaciones-MOP, el cual reemplazará al vigente; Que, con Informe N° D000729-2024-MML-OGAJ del 11 de junio de 2024, la O fi cina General de Asuntos Jurídicos concluye, entre otros, que resulta conforme a la normativa vigente que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe el Manual de Operaciones del Sistema Metropolitano de la Solidaridad –SISOL, dejando sin efecto el MOP anterior, aprobado mediante Decreto de Alcaldía N° 12-2023; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y 42 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Manual de Operaciones (MOP) del Sistema Metropolitano de la Solidaridad – SISOL, constituido por tres (3) títulos, treinta y dos (32) artículos y dos (2) anexos, el mismo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Ofi cina de Gobierno Digital, la publicación del presente Decreto de Alcaldía, incluyendo su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA.- DEROGAR el Decreto de Alcaldía N° 012- 2023 del 5 de julio de 2023, publicado en el diario o fi cial El Peruano con fecha 9 de julio de 2023, que aprobó el Manual de Operaciones (MOP) de SISOL; y dejar sin efecto toda disposición contraria a las disposiciones del presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2303351-1 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Ordenanza que establece incentivos por actualización predial, pago de multas administrativas y beneficios tributarios en el distrito de Ancón ORDENANZA Nº 519-2024/MDA Ancón, 28 de junio del 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ancón en Sesión Extraordinaria de concejo de fecha 28 de junio de 2024;VISTO: El Informe Nº 239-2024-GATYR/MDA de fecha 18 de junio de 2024, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Nº 329-2024-GPPPI/MDA de fecha 24 de junio de 2024, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; Memorándum Nº 507-2024-GM/MDA de fecha 24 de junio de 2024, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 258-2024-GAJ/MDA de fecha 26 de junio de 2024; emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorándum Nº 515-2024-GM/MDA de fecha 26 de junio de 2024, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia. Así también, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante aprobación de ordenanzas y acuerdos; asimismo, el numeral 8 del artículo 9º de la referida Ley, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos”; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 133-2013-EF, establece que los Gobiernos Locales mediante ordenanzas crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley y se supedita, la puesta en vigencia de la norma a su rati fi cación por la municipalidad provincial de su circunscripción; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus normas modi fi catorias, preceptúa que excepcionalmente los gobiernos locales podrían condonar, con carácter general, el interés moratorio y sanciones, respecto de los impuestos que administren, y en el caso de contribuciones y tasas, dicha condonación también podría afectar al tributo; Que, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, informa que se encuentra realizando acciones orientadas a la formalización de las obligaciones de los contribuyentes, dotando de esta manera el marco legal pertinente para que los mismos puedan regularizar su situación en relación a sus obligaciones formales que deben cumplir respecto de sus predios ante la Administración, asimismo, considera el otorgamiento de un bene fi cio para las obligaciones no tributarias (multas administrativas); Que, mediante el Informe Nº 239-2024-GATYR/ MDA de fecha 18 de junio de 2024, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, señala que siendo política de esta administración incentivar el pago voluntario de las obligaciones tributarios remite el proyecto de Ordenanza que establece incentivos por actualización predial, pago de multas administrativas y bene fi cios tributarios, en el distrito de Ancón; Que, mediante el Informe Nº 329-2024-GPPPI/MDA de fecha 24 de junio de 2024, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; considera que habiendo evaluado el Proyecto de Ordenanza Actualización Predial Pago de Multas Administrativas y Bene fi cios Tributarios, da opinión favorable precisando que su contenido se encuentra enmarcado dentro de lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones “ROF”, y en el Plan Estratégico Institucional 2021-2026 Ampliado; Que, con Memorándum Nº 507-2024-GM/MDA de fecha 24 de junio de 2024, emitido por la Gerencia