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45 NORMAS LEGALES Viernes 5 de julio de 2024 El Peruano / Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1451-2024-MP-FN Lima, 27 de junio de 2024 VISTO: El o fi cio Nº 000255-2024-MP-FN-CG-EEF-CBP-MP- RP, de fecha 11 de junio de 2024, y; CONSIDERANDO: Mediante el escrito recepcionado el 6 de junio de 2024, por la Coordinación General del Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, el abogado David Cabrera Rojas, fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en el Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, presenta su carta de renuncia al cargo, por motivos profesionales y personales, a partir del 30 de junio de 2024. Asimismo, la referida carta de renuncia, cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, la abogada Sugey Edith Huamán Skrlec, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el mencionado Equipo Especial de Fiscales, quien para tal fi n suscribe el ofi cio Nº 333-2024-FSUPRA-EEF-CB-3D, de fecha 06 de junio de 2024. A través del o fi cio de visto, la Coordinación General del Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, eleva la carta de renuncia del citado abogado, por intermedio de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la conformidad respectiva, a partir del 30 de junio de 2024. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales). En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar la renuncia del referido fi scal. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modi fi catorias. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado David Cabrera Rojas, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación en el Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 30 de junio de 2024, la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 2845-2023-MP-FN y 3503-2023-MP-FN, de fechas 27 de octubre y 15 de diciembre de 2023, respectivamente. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado David Cabrera Rojas que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General n.o 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación n.o 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación General del Equipo Especial de Fiscales avocado al conocimiento del caso “Los Cuellos Blancos del Puerto”, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2303902-1 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1495-2024-MP-FN Lima, 3 de julio de 2024 VISTOS:Los o fi cios n os 000825, 002931 y 003092-2024-MP- FN-CN-FEVCMYGF, de fechas 7 de febrero, 20 de junio y 28 de junio de 2024, respectivamente y; CONSIDERANDO: Mediante escrito recepcionado el 8 de enero de 2024, la abogada Guisela Daicy Osorio Ramos, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designada en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Transitoria Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de San Juan de Lurigancho (Zona Baja), presenta su carta de renuncia al cargo, por motivos particulares, señalando como último día de labores el 9 de febrero de 2024. Asimismo, la referida carta de renuncia cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, la abogada Melissa Jaceline Anco Fernandez, fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designada en el citado despacho, quien para tal fi n suscribe el ofi cio nº 000004-2024-MP-FN-2D-FPCE-VCMYIGF- SJL-ZONABAJA, de fecha 27 de junio de 2024, en la que informa que tomo conocimiento mediante correo Institucional la intención de renuncia de la citada abogada el 8 de enero de 2024, misma que fue observada y reformulada con fecha 10 de enero de 2024, otorgando su visto bueno al referido documento. A través de los o fi cios n os 000825 y 003092-MP-FN- CN-FEVCMYGF, la coordinación nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia Contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en Contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, eleva la carta de renuncia de la citada abogada, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA) al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la conformidad respectiva; precisando que se tomó conocimiento respecto a la recepción de la renuncia presentada mediante correo institucional con fecha 8 fecha enero de 2024. Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fi scal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo nº 005- 90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fi scales).