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23 NORMAS LEGALES Lunes 15 de julio de 2024 El Peruano / Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional) se encontrará vacante desde el 15 de julio de 2024; Que, en el mismo informe, la O fi cina de Recursos Humanos concluye que la señora Mariluz Graciela Godos Moncada cumple con el per fi l del puesto de Asesora de la Ofi cina de Recursos Humanos; Que, con el Informe Nº 00475-2024-OAJ/INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que la Gerencia General se encuentra facultada para designar a la Asesora de la O fi cina de Recursos Humanos del INDECOPI; Con el visado de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1033 y el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por Resolución Nº 00063-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora MARILUZ GRACIELA GODOS MONCADA en el cargo de Asesora de la O fi cina de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, a partir del 15 de julio de 2024. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Recursos Humanos realizar las gestiones pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.TERESA LILIANA TRASMONTE ABANTO Gerenta General 2306324-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan misión en el exterior de Jefe del Departamento de Políticas Estructurales de la Gerencia de Política Económica para participar en evento a realizarse en EE.UU. RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0030-2024-BCRP-N Lima, 10 de julio de 2024 CONSIDERANDO QUE:Se ha recibido invitación del Departamento de Países del Grupo Andino del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para participar en el lanzamiento de la publicación “Financiamiento de la Transformación Productiva en la Región Andina” y en el taller de trabajo, que se realizarán el 18 de julio, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; La Gerencia de Política Económica provee de análisis, proyecciones y propuestas de política fi scal, estructural y de políticas públicas que promuevan la estabilidad, el crecimiento sostenido y el bienestar de la población; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con la fi nalidad y funciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619, su Reglamento, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM así como por sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión del 4 de julio de 2024; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del señor Carlos Hugo Mendiburu Díaz, Jefe del Departamento de Políticas Estructurales de la Gerencia de Política Económica, el 18 de julio de 2024 a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, y al pago de los gastos no cubiertos por la entidad organizadora, a fi n de que participe en el evento indicado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2° .- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Viáticos US$ 900,00 TOTAL US$ 900,00 Artículo 3° .- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 2306557-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Aprueban las bases y anexos del Concurso Público Nº 001-2024 para la selección de la persona jurídica a la que se le encargará la conducción del proceso liquidatorio de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credicoop Arequipa en Liquidación RESOLUCIÓN SBS N° 02489-2024 Lima, 12 de julio de 2024LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 3609-2021, del 26.11.2021, se declaró el sometimiento a Régimen de Intervención de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credicoop Arequipa (en adelante Coopac Credicoop Arequipa), por encontrarse incursa en la causal de pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa prevista en el numeral 2 del artículo 2 del Reglamento de Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado por Resolución SBS Nº 5076-2018 y su modi fi catoria (en adelante, Reglamento de Regímenes); Que, mediante Resolución SBS N° 149-2022, del 14.01.2022, se declaró la disolución de la Coopac Credicoop Arequipa, dándose inicio al respectivo proceso de liquidación; Que, conforme con lo dispuesto en el numeral 5-A.5 de la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, modi fi cada por la Ley N° 30822, referido al régimen de disolución y liquidación de las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público (en adelante, COOPAC), y el artículo 28 del Reglamento de Regímenes, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones encargar el proceso de liquidación de una COOPAC de nivel modular 3, mediante concurso público, a una persona jurídica o a una persona natural, atendiendo a la complejidad del caso;