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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2024 (17/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de julio de 2024 El Peruano / Capitán de Corbeta Juan Pablo OYARCE ARESCURENAGA CIP N° 00024302 DNI N° 44427829 Teniente Primero José Luis NAKAYA BARZOLA CIP N° 00020862 DNI N° 70251061 Teniente Segundo Víctor Alonso BURGOS TORRE CIP N° 00192302 DNI N° 73369483 Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: CAPITÁN DE NAVÍO PEDRO JOSÉ PABLO IRIARTE CHÁVEZ Pasajes aéreos: Lima - ciudad de Valparaíso (República de Chile) - Lima Clase económicaUS$ 1,143.05 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 1,143.05 Viáticos: US$ 370.00 x 1 persona x 4 días US$ 1,480.00 Total a pagar: US$ 2,623.05 Artículo 3.- El Comando Sur de los Estados Unidos de América asumirá los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, traslados internos, alimentación y alojamiento de cinco (5) representantes de la Marina de Guerra del Perú, debiendo la citada Institución Armada cubrir los gastos del Capitán de Navío Pedro José Pablo IRIARTE CHÁVEZ. Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El O fi cial Superior comisionado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Capitán de Navío Pedro José Pablo IRIARTE CHÁVEZ, efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2307479-1 Formalizan el proceso de formulación de la Política Nacional Espacial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00717-2024-DE Lima, 15 de julio del 2024 VISTOS: El O fi cio N° 01126-2024-MINDEF/VPD, del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; el O fi cio N° 00265-2024-CONIDA/JEINS/GERGE/OPP, de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial; el O fi cio N° 01051-2024-MINDEF/VPD- DIGEPE, de la Dirección General de Política y Estrategia; el O fi cio N° 01300-2024-MINDEF/VRD-DGPP, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 01086-2024-MINDEF/SG-OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece que el Ministerio de Defensa es la entidad competente en los ámbitos de Seguridad y Defensa Nacional en el campo militar, Fuerzas Armadas, Reservas y movilización nacional, Soberanía e integridad territorial, así como participación en el desarrollo económico y social del país, ejerciendo la rectoría del Sector Defensa en todo el territorio nacional; Que, mediante Decreto Ley N° 20643, se dispuso la creación de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial – CONIDA, “como Institución Pública del Sector Aeronáutica, como persona jurídica de Derecho Público Interno, con autonomía administrativa e integrante del Plan Nacional de Investigación Cientí fi ca y Técnica” ; siendo posteriormente cali fi cada como órgano desconcentrado especial bajo el ámbito del Ministerio de Defensa, en virtud de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 097-2021-PCM; Que, los literales a), b) y c) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de CONIDA, aprobado por Resolución Jefatural N° 060-2020/JEINS/CONIDA, establece que la referida Institución tiene las competencias y funciones para “Proponer al Gobierno la legislación nacional aplicable al espacio, así como la política nacional espacial”; “Operar los Sistemas Satelitales del Estado Peruano, así como promover el empleo de los productos que se generan, mediante la difusión y capacitación de especialistas” ; y, “Propiciar y desarrollar con fi nes pací fi cos, investigación cientí fi ca, actividades de desarrollo y aplicación de tecnología espacial y prestación de servicios, tendientes al progreso del país en el ámbito espacial” , respectivamente; Que, el artículo 8 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, establece que las Políticas nacionales “Constituyen decisiones de política a través de las cuales se prioriza un conjunto de objetivos y acciones para resolver un determinado problema público de alcance nacional y sectorial o multisectorial en un periodo de tiempo” , siendo que “Su diseño y evaluación son de competencia exclusiva de los Ministerios para cada uno del o los sectores a su cargo, pudiendo tener continuidad más allá de un determinado gobierno” ; Que, por su parte, el numeral 8 de la Guía de Políticas Nacionales, actualizada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0030-2023/CEPLAN/PCD, indica que el análisis de pertinencia para la formulación de la elaboración de una Política Nacional consiste en “una ruta de análisis a través de la cual las instancias de coordinación y de discusión de política, la alta dirección del o los ministerios intervinientes y sus órganos de asesoramiento y de línea correspondientes veri fi can que un asunto de interés cumple con los criterios mínimos para abordarse mediante una nueva política nacional; es decir, mediante este ejercicio se cerciora la conveniencia de su formulación” ; Que, el inciso 9.1 de la citada Guía, señala que “Los ministerios deben formalizar el proceso de formulación de una política nacional a través de una Resolución Ministerial del ministerio rector, en el caso de una política sectorial, o del ministerio conductor, en el caso de una política multisectorial” ; Que, con O fi cio N° 00265-2022-CONIDA/JEINS/ GERGE/OPP e Informe Técnico N° 003-2024-CONIDA/OPP, la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA solicita formalizar el proceso de desarrollo de la Política Nacional Espacial, precisando, entre otros, lo siguiente: que ha desarrollado el Estudio de Pertinencia de acuerdo con lo establecido en la Guía de Políticas Nacionales; que el CEPLAN, luego de evaluar el Estudio de Pertinencia desarrollado por la CONIDA, recomienda continuar con los pasos establecidos en la Guías de Políticas Nacionales, siendo entre otros, Formalizar el proceso de formulación de una política nacional; Que, con el O fi cio N° 01126-2024-MINDEF/VPD, el Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa remite el O fi cio N° 01051-2024-MINDEF/VPD-DIGEPE y el Informe Técnico N° 00061-2024-MINDEF/VPD-DIGEPE, por el cual