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17 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de julio de 2024 El Peruano / que se re fi ere el párrafo anterior, salvo que en el Código Tributario se establezca regla distinta; Que, por su parte, el artículo 112-B del citado TUO que regula la utilización de sistemas electrónicos, telemáticos o informáticos para el llevado o conservación del expediente electrónico, prevé, entre otros, que los documentos electrónicos que se generen en estos procedimientos o actuaciones tendrán la misma validez y efi cacia que los documentos en soporte físico y que las representaciones de los documentos electrónicos tendrán validez ante cualquier entidad siempre que para su expedición se utilicen mecanismos que aseguren su identi fi cación como representaciones del original que el Tribunal Fiscal conserva; Que, en vista de ello, el Tribunal Fiscal considera necesario dictar normas a aplicarse a las actuaciones que realicen las partes del procedimiento contencioso tributario en instancia de apelación, cuando el expediente ya se ha elevado el Tribunal Fiscal, en cuanto al uso de sistemas electrónicos, telemáticos o informáticos, en procedimientos en los que el expediente sea electrónico; Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario O fi cial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos para las actuaciones que realicen las partes del procedimiento contencioso tributario, en instancia de apelación, cuando el expediente ya se ha elevado al Tribunal Fiscal, en cuanto al uso de sistemas electrónicos telemáticos o informáticos, en procedimientos en los que el expediente sea electrónico” es una norma de alcance general que contempla y desarrolla las normas a aplicarse a las actuaciones que realicen las partes del procedimiento contencioso tributario en instancia de apelación, cuando el expediente ya se ha elevado el Tribunal Fiscal, en cuanto al uso de sistemas electrónicos, telemáticos o informáticos, en procedimientos en los que el expediente sea electrónico; Que, en ese sentido, la publicación previa del citado proyecto de Resolución Ministerial permitirá recoger información especializada de los actores involucrados, así como comentarios del público en general, lo que coadyuvará a mejorar el instrumento normativo; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto Dispóngase la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los “Lineamientos para las actuaciones que realicen las partes del procedimiento contencioso tributario, en instancia de apelación, cuando el expediente ya se ha elevado al Tribunal Fiscal, en cuanto al uso de sistemas electrónicos telemáticos o informáticos, en procedimientos en los que el expediente sea electrónico”, y de su Anexo, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, hasta por un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados desde la publicación de la presente Resolución, para recoger las opiniones, comentarios y sugerencias del público. Artículo 2.- Mecanismo de participación Dispóngase que las opiniones, comentarios y sugerencias del público deben ser remitidos al correo electrónico tribunal fi scal@mef.gob.pe , mediante el Formato de Comentarios que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial, y establézcase que el Tribunal Fiscal se encuentra a cargo de su sistematización. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas ANEXO FORMATO DE COMENTARIOS Artículo o numeral del Anexo de la RMDice el texto de la propuesta (Artículo o numeral del Anexo de la RM) PROPUESTA Consideración o sugerenciaJustificación o razón de la consideración o sugerencia (debidamente sustentada legalmente y argumentada) 2307219-1 EDUCACIÓN Designan Jefa de la Unidad de Organización y Métodos de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 350-2024- MINEDU Lima, 16 de julio de 2024 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe(a) de la Unidad de Organización y Métodos de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora MARIA ISABEL ROMAN CRUZ en el cargo de Jefa de la Unidad de Organización y Métodos de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2307546-1