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113 NORMAS LEGALES Viernes 26 de julio de 2024 El Peruano / Artículo 8.- Costo Directo Es aquel costo que tiene una relación directa de causalidad entre la generación del mismo y el desarrollo de la actividad asociada a un determinado servicio municipal. Su realización da lugar a la prestación misma del servicio. Artículo 9.- Agrupación de los subcomponentes de los Costos Directos Los componentes de los Costos Directos se agrupan en los subcomponentes siguientes: 9.1. Mano de obra directa: Son aquellos costos relacionados con el pago del personal encargado de la prestación misma de los servicios. La mano de obra directa puede ser brindada a partir de las distintas modalidades de contratación previstas en el marco legal vigente, personal bajo los regímenes laborales del D ecreto Legislativo Nº 728, Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Legislativo Nº 1057, Ley Nº 30057, entre otros. La mano de obra considera, de ser el caso, los bene fi cios sociales reconocidos por ley, entre ellos la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), vacaciones, aguinaldos y grati fi caciones de julio y diciembre, escolaridad, así como los aportes del empleador (ESSALUD), entre otros, según el régimen laboral al que pertenezca el personal. 9.2. Materiales: En este subcomponente se incorpora aquellos elementos de costos vinculados con la adquisición de uniformes, herramientas, repuestos e insumos necesarios para la prestación de los servicios municipales, conforme al siguiente detalle: a) Uniformes: Son aquellos costos relacionados con la adquisición de la vestimenta del personal que realiza actividades para la prestación de los servicios municipales. Ejemplo: aplican en la prestación de los arbitrios de barrido de calles y recolección de residuos sólidos en las que el personal de mano de obra directa viste y/o emplea casacas, polos, pantalones, botas, guantes, mascarillas, equipos de protección (lentes, guantes, protector solar, entre otros), entre otros; lo que permite su identi fi cación como encargados de la realización de los servicios. b) Herramientas : Son aquellos costos vinculados con los implementos e instrumentos que requiere el personal de mano de obra directa para la realización de sus funciones. Ejemplo: aplican como herramientas en la prestación del servicio de parques y jardines públicos, las carretillas, lampas, rastrillos, barretas, entre otros, que requieren el personal de jardinería para el mantenimiento de las áreas verdes del distrito. c) Insumos : Son bienes fungibles empleados en la prestación de los servicios municipales. Ejemplo: respecto de los servicios de barrido de calles y recolección de residuos sólidos, se consideran insumos a los detergentes, desinfectantes, entre otros; y en el caso del servicio de parques y jardines públicos, se consideran como tal, a los que se emplean en jardinería como el abono, semillas, fertilizantes, fungicidas, entre otros. d) Repuestos – Otros insumos : Son aquellos costos asociados a la adquisición de piezas de recambio de los equipos y maquinarias requeridas en la prestación de los servicios, para su reemplazo cuando resulte necesario. Se considera también en esta agrupación a los costos asociados a los combustibles y lubricantes que permiten el funcionamiento de los equipos y maquinarias. 9.3. Depreciación: Son aquellos costos vinculados con la adquisición de maquinarias, equipos de transportes, entre otros; respecto de los cuales se considera la depreciación derivada de su desgaste en la realización de las actividades relacionadas con la prestación de los servicios.Ejemplo: se consideran como equipos de transporte a los camiones compactadores, vinculados con el servicio de recolección de residuos sólidos; las camionetas empleadas para el patrullaje urbano, en el servicio de serenazgo; los camiones cisternas, empleados en el servicio de mantenimiento de parques y jardines públicos, entre otros. 9.4. Otros costos y gastos variables: En este subcomponente, se consignan otros elementos de costo que no han sido considerados anteriormente. El principal costo variable lo representan los denominados “servicios de terceros”; esto es, personas naturales o jurídicas contratadas para la realización de determinadas actividades vinculadas con la prestación del servicio. Ejemplo: aplican como otros costos y gastos variables en la prestación de los servicios de recolección de residuos sólidos y barrido de calles; los mantenimientos preventivos y correctivos de la fl ota vehicular realizadas por terceros; así como el servicio de telefonía móvil con su respectivo porcentaje de dedicación según el personal asignado, teniendo en cuenta las limitaciones presupuestarias y demás servicios que no estén prohibidos por la normativa vigente. En caso de contratar personal para periodos cortos en calidad de Servicios No Personales (SNP), se debe tener en cuenta que el tipo de prestación sea de manera temporal y no subordinada, según el numeral 3.2 del artículo 3 de la Ley Nº 31298, por ejemplo, el servicio de Emisión Mecanizada, de ser el caso. Artículo 10.- Costo Indirecto Costo en el que la relación de causalidad entre la generación del mismo y el desarrollo de una actividad asociada a un determinado servicio municipal, se presenta en forma indirecta. Su realización no se puede vincular con la prestación misma de un servicio municipal, sino más bien con actividades administrativas, de gestión o de supervisión. Artículo 11.- Límite para el establecimiento de Costos Indirectos Los costos indirectos establecidos en la estructura de costos de cada servicio municipal no deben superar en ningún caso el límite de 10% de los costos totales incurridos en la prestación de cada uno de los mismos. Artículo 12- Agrupación de los subcomponentes de los Costos Indirectos Los componentes de los Costos Indirectos se agrupan en los subcomponentes siguientes: 12.1. Mano de obra indirecta: Son aquellos costos relacionados al pago del personal encargado de las labores administrativas y de supervisión de los servicios, pudiendo distinguirse a éste entre: a) Personal administrativo: Es aquel personal destinado a las labores de dirección y gestión de los servicios municipales. b) Personal de supervisión : Es aquel personal que es destinado al control, vigilancia y veri fi cación del trabajo realizado por el personal encargado de la prestación misma de los servicios municipales (mano de obra directa). 12.2. Materiales: Son aquellos costos relacionados a la adquisición de uniformes, repuestos e insumos necesarios para la prestación de los servicios, así como los útiles de o fi cina necesarios para la realización de labores administrativas, se presenta los elementos de costos: a) Uniformes: Son aquellos costos relacionados con la adquisición de la vestimenta que emplea el personal encargado de la supervisión en la realización de sus labores de campo. Ejemplo: aplican como uniformes los chalecos, casacas y/o botas que emplean los supervisores y que