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103 NORMAS LEGALES Viernes 26 de julio de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Primero. Que, el artículo 219 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modi fi cado por la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº 29277, Ley de la Carrera Judicial, establece que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial organiza el Cuadro de Antigüedad de Jueces Superiores, y los actualiza permanentemente. Segundo. Que, al respecto, el señor Consejero Coordinador Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante O fi cio Nº 000006-2024-CR-CNMA-CE-PJ, remite a este Órgano de Gobierno los proyectos de Cuadro de Antigüedad y Cuadro de Méritos de Jueces Superiores Titulares del año 2023. Tercero. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 939- 2024 de la vigésima tercera sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de julio de 2024, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Cuadro de Antigüedad de Jueces Superiores Titulares” y el “Cuadro de Méritos de Jueces Superiores Titulares”, al 31 de diciembre de 2023. Artículo Segundo.- Disponer la publicación en el Portal Institucional del Poder Judicial la presente resolución administrativa y los documentos aprobados, para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Coordinación Nacional de Meritocracia y Antigüedad del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Academia de la Magistratura; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2310103-1 Modifican el numeral 2.18 de la Resolución Administrativa N° 000213-2023-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000327-2024-CE-PJ Lima, 25 de julio del 2024 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 000213-2023-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 000213-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, entre otras medidas, que la Oficina de Control de la Magistratura realice control presencial de la asistencia y permanencia de jueces y juezas de los diversos niveles, a través de las Presidencias de Corte Superior y las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura; debiendo informar cada quince días la labor realizada al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Segundo. Que, mediante La Ley Nº 30943, se creó la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, la cual cuenta con autonomía administrativa, funcional y económica, de conformidad con la ley, teniendo a su cargo el control funcional de los jueces y del personal auxiliar jurisdiccional, el que comprende la prevención, supervisión, inspección, investigación, instauración del procedimiento disciplinario e imposición de la sanción. Asimismo, por Resolución Administrativa Nº 001-2023-JN-ANC-PJ, publicada el 6 de octubre de 2023, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial. Tercero. Que, en virtud de la vigencia e implementación de la Ley Nº 30943 y del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, corresponde modi fi car el numeral 2.18 de la Resolución Administrativa Nº 000213-2023-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Cuarto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 899- 2024 de la vigésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 3 de julio de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra y Cáceres Valencia, sin la intervención del señor Zavaleta Grández por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modi fi car el numeral 2.18 de la Resolución Administrativa Nº 000213-2023-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, conforme al siguiente texto: “2.18 Solicitar a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial que realice control presencial de la asistencia y permanencia de jueces y juezas de los diversos niveles, a través de las Presidencias de Corte Superior y las O fi cinas Desconcentradas de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial; debiendo informar cada quince días (15) la labor realizada al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial”. Artículo Segundo.- Notifi car la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, O fi cinas Descentralizadas de Control de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2310099-1