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110 NORMAS LEGALES Viernes 26 de julio de 2024 El Peruano / servicios de atención de primera infancia y salud materna, investigación y fi nanciamiento de proyectos. k) Promover la articulación de las políticas regionales en el ámbito de la Mancomunidad, con las políticas nacionales, sectoriales y locales para la prestación conjunta de servicios. l) Proponer iniciativas para la conformación de una región en el marco del proceso de descentralización, previsto en la Constitución Política del Perú. m) Promover espacios de participación ciudadana. Artículo Segundo.- APROBAR, la delegación de Competencias y Funciones a la Mancomunidad Regional de los Andes, siguientes: Funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación • Promover, regular, incentivar y supervisar los servicios referidos a la educación inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, en coordinación con el Gobierno Local y en armonía con la política y normas del sector correspondiente y las necesidades de cobertura y niveles de enseñanza de la población. • Integrar los distintos programas educativos regionales en una política integral orientada, en lo económico, a la mejora en la productividad y competitividad de la región; en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión a nivel regional; en lo político, al a fi anzamiento de los mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas en los distintos niveles de gobierno, y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de paz y reconocimiento y respeto a la diversidad. Funciones en materia de trabajo, promoción del empleo y la pequeña y microempresa • Promover e incentivar el desarrollo y formalización de pequeñas y microempresas con criterios de fl exibilidad y simpli fi cación, la instalación de empresas en la región y la iniciativa privada en actividades y servicios regionales. Funciones en materia de salud • Promover la formación, capacitación y el desarrollo de los recursos humanos y articular los servicios de salud en la docencia e investigación y proyección a la comunidad. • Ejecutar, en coordinación con los Gobiernos Locales de la región, acciones efectivas que contribuyan a elevar los niveles nutricionales de la población de la región. Funciones en materia agraria • Promover y ejecutar proyectos y obras de irrigación, mejoramiento de riego, manejo adecuado y conservación de los recursos hídricos y de suelos. Funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial • g) Participar en el diseño de los proyectos de conformación de macrorregiones. Funciones en materia de industria • Identi fi car las oportunidades de inversión y promover la iniciativa privada en proyectos industriales. • Organizar ferias regionales y promover la participación de la región en eventos similares de nivel internacional. Funciones en materia de comercio• Elaborar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo de la oferta exportable y de promoción de las exportaciones regionales. • Identi fi car oportunidades comerciales para los productos de la región y promover la participación privada en proyectos de inversión en la región.Funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades • Gestionar y facilitar el aporte de la cooperación internacional y las empresas privadas en los programas de lucha contra la pobreza y desarrollo social, así como en aquellos relacionados a la sensibilización, prevención, detección y atención de toda forma de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Funciones en materia de turismo• Promover el desarrollo turístico mediante el aprovechamiento de las potencialidades regionales. • Identi fi car posibilidades de inversión y zonas de interés turístico en la región, así como promover la participación de los inversionistas interesados en proyectos turísticos. • Desarrollar circuitos turísticos que puedan convertirse en ejes del desarrollo regional. Artículo Tercero.- DERÓGUESE en todos sus extremos la Ordenanza Regional Nº 463/GOB.REG.HVCA/ CR, de fecha 16 de agosto de 2021, y toda disposición que se oponga a la presente ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Secretaría Técnica del Consejo Regional, la publicación de la presente ordenanza regional en el diario o fi cial El Peruano y en la página web del Gobierno Regional de Huancavelica. Comuníquese al señor Gobernador Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los 24 días del mes de enero de 2024.JOSÉ TORRES HUAMANÍ Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veinticinco días del mes de enero de dos mil veinticuatro. LEONCIO HUAYLLANI TAYPE Gobernador Regional 2302610-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban la Directiva N° 001-006- 00000035, “Directiva sobre determinación de los costos de lo s servicios aprobados en ordenanzas tributarias distritales de la provincia de Lima” SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA – SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00005230 Lima, 10 de julio de 2024CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225, se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público