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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (20/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Jueves 20 de junio de 2024 El Peruano / de vista legal que es viable que la Gerencia Municipal en su condición de Titular de la Entidad, apruebe el proyecto de Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de La Molina; Estando a lo expuesto, resulta necesario aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de La Molina, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30057 - Ley de Servicio Civil y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR- PE que formalizó el acuerdo del Consejo Directivo que aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de La Molina, elaborado por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, el mismo que se adjunta como Anexo a la presente Resolución. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO a partir de la fecha el Clasi fi cador de Cargos aprobado por Resolución de Gerencia Municipal N° 309-2022-MFLM-GM. Artículo Tercero.- PRECISAR que, la presente aprobación es un tema técnico especializado del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, por lo que se encuentra bajo responsabilidad exclusiva de la unidad de organización que ha formulado y elaborado el mismo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaria de Concejo la publicación de la presente Resolución de Gerencia Municipal en el Diario O fi cial el Peruano, así como a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la Resolución de Gerencia Municipal y su Anexo en el Portal del Estado Peruano, el Portal de Transparencia y el Portal Institucional. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Administración y Finanzas y a la O fi cina de Gestión de Recursos Humano el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, notifíquese, publíquese y cúmplase. LILIANA ANTONIETA LOAYZA MANRIQUE DE ROMERO Gerente Municipal 2299367-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 221-2024-MDMM, que establece exoneración del pago de tasas y derechos de obtención y/o renovación del certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones (ITSE) a las instituciones educativas del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2024-DA-MDMM Magdalena del Mar, 17 de junio de 2024 PRORROGAR EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 221-2024-MDMM, QUE ESTABLECE EXONERACIÓN DEL PAGO DE TASAS Y DERECHOS DE OBTENCIÓN Y/O RENOVACIÓN DE CERTIFICADO (ITSE) A LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEL DISTRITO EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MARVISTO El Informe Nº 129-2024-SGGRD-GDTI-MDMM emitido por la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, el Informe Nº 392-2024-OGAJ-MDMM emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 672-2024-GM-MDMM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por Ley Nº 30305, concordado con el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, potestad que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 12 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de Declaración Jurada, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM, establece que, en todos los casos, los gobiernos locales, conforme a sus competencias ejecutan las inspecciones técnicas de seguridad en edi fi caciones y fi scalizan el cumplimiento de la normativa de la materia, bajo responsabilidad de la autoridad correspondiente; Que, el artículo 4 del Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, establece que los gobiernos locales son competentes para ejecutar las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones (ITSE) de los establecimientos que requieran o no licencia de funcionamiento, en el ámbito de su jurisdicción, previo pago de la tasa correspondiente; Que, mediante Ordenanza Nº 221-2024-MDMM, se establece la exonerar a instituciones educativas del distrito del pago de tasas y derechos para la obtención y/o renovación del certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones (ITSE), por el periodo de 45 días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente ordenanza; Que, el artículo segundo, faculta al Alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias o las prórrogas de plazo necesarias para la ejecución de la presente ordenanza; Que, artículo 39 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía. Por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo. Asimismo, el artículo 42, de la misma normativa, prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante informe del visto, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres solicita se extienda el plazo de vigencia por cuarenta y cinco (45) días hábiles adicionales, que van desde el 24 de junio al 26 de agosto de 2024, de la acotada ordenanza. Ello con el objetivo que, de bene fi ciar a un mayor número de instituciones educativas, a fi n que estas, cumplan con las condiciones de seguridad en edi fi caciones, y así salvaguardar la vida y la integridad de los estudiantes, docentes y cualquier persona que realice funciones o acuda al centro de estudios. Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, por medio del Informe del visto, emite opinión legal favorable respecto de la emisión del decreto de alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 221-2024-MDMM; siendo que el asidero normativo para ello se encuentra en el artículo segundo de su texto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al alcalde por el artículo 20, numeral 6, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias;