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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (26/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de junio de 2024 El Peruano / considerando características de comodidad, seguridad y autonomía personal. Artículo 3.- Enfoques de aplicación en la Ley Son de aplicación lo siguientes enfoques: a. Enfoque de Derechos Humanos Comprende un conjunto de normas jurídicas nacionales e internacionales, principios éticos ejercidos individual e institucionalmente, así como políticas públicas aplicadas por el Estado que involucran a actores públicos y privados, empoderando a los titulares de los derechos en la capacidad de ejercerlos y exigirlos. Se concreta en actitudes que llevan a la práctica el ideal de la igual dignidad de todas las personas, promoviendo cambios en las condiciones de vida de las poblaciones más vulnerables. El enfoque basado en derechos humanos incluye los principios rectores sobre empresas y derechos humanos: proteger, respetar y remediar. Este enfoque asume que los derechos son inherentes a todos los seres humanos, se fundan en el respeto de la dignidad de la persona humana y son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. El enfoque se basa en las normas internacionales, desde las cuales se establecen estándares que permiten hacer operativa su protección y promoción. El enfoque basado en derechos humanos pone énfasis en identi fi car las variables o contenidos de los derechos, su titular y garante y la ruta de acceso que lo hace efectivo. A partir de este enfoque, se busca analizar las desigualdades y barreras que enfrentan las personas adultas mayores y corregir las prácticas discriminatorias que obstaculizan el ejercicio de sus derechos, promoviendo su inclusión y empoderamiento como sujetos de derechos. b. Enfoque gerontológico Alude a una perspectiva multidisciplinaria o integral de la persona adulta mayor. Es decir, que toma en consideración todas las dimensiones del ser humano (biológico, psicológico y social), así como también el estudio del impacto de las condiciones socioculturales y ambientales en el proceso del envejecimiento y en la vejez, las consecuencias sociales de tales procesos. De esa manera, el enfoque implica reconocer las diferencias particulares de este grupo etario y, por lo tanto, la necesidad de adecuar los servicios para garantizar su pertinencia, promoviendo una vejez digna, activa productiva y saludable. c. Enfoque interseccional Es una herramienta para el análisis de las múltiples discriminaciones que sufren las personas de manera individual y colectiva, este enfoque nos ayuda a entender de qué manera las diferentes variables (sociales, culturales, económicas, religiosas, étnicas, generacional, etc.) in fl uyen sobre el acceso a derechos y oportunidades. Así, el análisis interseccional tiene como objetivo revelar las variadas identidades, exponer los diferentes tipos de discriminación y desventaja que se dan como consecuencia de la combinación de éstas. d. Enfoque de discapacidad Reconoce que la discapacidad es el resultado de la interacción entre las personas con de fi ciencias sensoriales, físicas, intelectuales o mentales y las distintas barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación en la sociedad. En ese marco, este enfoque permite evaluar las relaciones sociales considerando las necesidades e intereses de las personas con discapacidad, abordando la multidimensionalidad de la problemática de exclusión y discriminación que las afecta, la cual compromete al Estado y la sociedad a tomar medidas para eliminarlas, con el fi n de asegurar su plena y efectiva participación en las diversas esferas de la sociedad. e. Enfoque diferencial para el goce efectivo de los derechos de las Personas Adultas Mayores Permite analizar las características, condiciones especí fi cas, así como las vulnerabilidades de este grupo etario, propias del curso de vida y su diversidad, con el propósito de diseñar e implementar las medidas necesarias, adecuadas y oportunas para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas adultas mayores, sin discriminación alguna, fomentando su participación activa en la sociedad y su empoderamiento como agente del desarrollo. f. Enfoque intercultural La interculturalidad desde un paradigma ético-político parte del reconocimiento de las diferencias culturales como uno de los pilares de la construcción de una sociedad democrática, fundamentada en el establecimiento de relaciones de equidad e igualdad de oportunidades y derechos. El Enfoque Intercultural implica que el Estado valorice e incorpore las diferentes visiones culturales, concepciones de bienestar y desarrollo de los diversos grupos étnico-culturales para la generación de servicios con pertinencia cultural, la promoción de una ciudadanía intercultural basada en el diálogo y la atención diferenciada a los pueblos indígenas y la población afroperuana. g. Enfoque de accesibilidad universal Orientado a establecer las condiciones necesarias para garantizar que todas las personas, entre ellas, las personas con discapacidad y las personas adultas mayores, accedan en igualdad de condiciones al entorno físico, los servicios, la información, las comunicaciones, entre otros, facilitando su pleno desplazamiento de la manera más autónoma y segura posible. Esto se logra a través del diseño universal, ajustes razonables y la eliminación de barreras. h. Enfoque de género Herramienta de análisis que permita identi fi car los roles y tareas que realizan los hombres y las mujeres en una sociedad, así como las asimetrías, relaciones de poder e inequidades que se producen entre ellos. Al observar de manera crítica las relaciones de poder y subordinación que las culturas y las sociedades construyen entre hombres y mujeres y explicar las causas que producen las asimetrías y desigualdades, el enfoque de género aporta elementos centrales para la formulación de medidas (políticas, mecanismos, acciones a fi rmativas, normas, etc.) que contribuyen a superar la desigualdad de género, modi fi car las relaciones asimétricas entre mujeres y hombres, erradicar toda forma de violencia de género, origen étnico, situación socioeconómica, edad, la orientación sexual e identidad de género, entre otros factores, asegurando el acceso de mujeres y hombres a recursos y servicios públicos y fortaleciendo su participación política y ciudadana en condiciones de igualdad. Artículo 4.- De fi niciones Para efectos del presente reglamento se establecen las siguientes de fi niciones: 4.1. Desprotección familiar: Es la situación en la que se encuentra una persona adulta mayor con discapacidad, donde el ejercicio de sus derechos es amenazado o afectado por circunstancias personales o sociales, al no ser o no poder ser atendido por su familia, afectando su bienestar y calidad de vida. 4.2. Exclusión social: Situación en la que se anula o restringe el derecho a participar en condiciones de igualdad en la esfera política, económica, social, cultural, laboral, y al acceso a servicios de salud, educación, seguridad social, trabajo, protección social, justicia, entre otros; impidiendo así el pleno reconocimiento, goce o ejercicio en igualdad de condiciones de los derechos humanos y libertades fundamentales. 4.3 Personas adultas mayores con discapacidad: Toda persona de 60 años a más que tiene una o más defi ciencias físicas, sensoriales, mentales o intelectuales de carácter permanente que, al interactuar con diversas barreras actitudinales y del entorno, no ejerza o pueda verse impedida en el ejercicio de sus derechos y su