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4 NORMAS LEGALES Jueves 27 de junio de 2024 El Peruano / PODER EJECUTIVO CUL TURA Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000250-2024-MC San Borja, 26 de junio del 2024VISTOS: el Proveído Nº 002233-2024-VMI/MC del Viceministerio de Interculturalidad; el Proveído N° 006489-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; la Hoja de Envío N° 000196-2024-DGCI-VMPCIC/MC y la Hoja de Elevación N° 000068-2024-DGCI-VMI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; los Informes N° 000803-2024-DGIA-VMPCIC/MC y N° 000723-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 000838-2024-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 84 del ROF señala que la Dirección General de Ciudadanía Intercultural está encargada del diseño y la ejecución de políticas integrales de interculturalidad, de defensa, protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas y población afroperuana, promoviendo la pluralidad étnica y cultural; Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte signi fi cativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a ser publicada en el diario o fi cial El Peruano, conforme con lo establecido por el acápite 6.1.4 de la directiva;Que, por Resolución Ministerial N° 182-2014-MC se declara el mes de junio de cada año como mes de la cultura afroperuana, espacio que permite visibilizar los aportes de la población afroperuana y coloca en agenda su contexto y problemática resaltando sus contribuciones y participación en la sociedad; Que, mediante Hoja de Elevación N° 000068-2024-DGCI-VMI/MC la Dirección General de Ciudadanía Intercultural eleva el Informe Nº 000032-2024-DAF-DGCI-VMI-SCB/MC de la Dirección de Políticas para la Población Afroperuana con el que se recomienda otorgar el reconocimiento de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor THEDDY CRUZ LOBATÓN BELTRÁN por contribuir en la difusión del patrimonio cultural inmaterial afroperuano, al ser un versátil percusionista, músico y compositor afroperuano; Que, con Informe N° 000723-2024-DGIA-VMPCIC/ MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes -al amparo de lo desarrollado en el Informe N° 004121-2024-DIA-DGIA-VMPCIC/MC- emite opinión favorable para otorgar la distinción propuesta; Que, el señor Theddy Cruz Lobatón Beltrán es un versátil percusionista afroperuano que toca el cajón, bongo, congas, cajita y quijada. Desde temprana edad empieza su formación musical y forma parte del grupo Perú Unión Santa Cruz dirigido por Teresa Palomino, presentándose en el Teatro Blanquita, Hotel Continental de Acapulco y el Festival de Cervantino de Guanajato, entre otros; Que, con el pasar de los años, se acopla como percusionista a distintos artistas reconocidos en el rubro de la música criolla, acompañando en sus giras internacionales, a Lucila Campos, Eva Ayllón y Cecilia Bracamonte, así como también a orquestas como el Ballet Arte Negro Matalaché de Pilar de la Cruz, la Peña El Estribo de Tony Mannuci, La Peña Pilsen Trujillo, la Peña El Capitán, la Peña Don Por fi rio, la Peña Los Michis, la Peña Rompe & Raja, la Peña El Paraíso, Sonido de los Hermanos, la Orquesta & Espectáculo del Cholo Montenegro, el Sexteto de Jazz Afroperuano de Gabriel Alegría, entre los más destacados; Que, es compositor de reconocidos festejos, tales como Sabor y Sentimiento, Conga, Cajón y Bongo, Cobacoba, No es justo, Homenaje a Chincha, La Negrita y otros; Que, además, cabe destacar que el señor Theddy Cruz Lobatón Beltrán, se ha desempeñado como difusor cultural en cuanto a las técnicas y ritmos propios de la música criolla afroperuana en calidad de docente, ponente y artista en residencia en diversas instituciones a nivel nacional e internacional. Asimismo, ha obtenido reconocimientos como Campeón Nacional de Zapateo, Premio Grammy con Arturo O´Farrill, Afrolatin Jazz Orchestra, Campeón de Baile de Marinera Ciudad de Lima, entre otros; Que, conforme lo expone la Dirección de Políticas para la Población Afroperuana, la persona propuesta cuenta con varias condecoraciones a su destacada trayectoria, como el premio a la Mejor banda de Nueva York (2016); Mejor Percusionista Mundial (2016-2017) y en el 2022, fue nominado al Latin Grammy junto con el productor norteamericano Matt Geraghty y Aracelli Poma en la producción Afro Andean Funk, presentándose en el afamado Lincoln Center Theater junto al pianista cubano- americano Elio Villafranca; MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR D.A. N° 004-2024/MDSMM.- Disponen el embanderamiento de inmuebles en el distrito de Santa María del Mar 130 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Acuerdo N° 050-2024-ACSS.- Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República 131Diario Oficial El Peruano Electrónico (Ley Nº 31649) MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES R.A. N° 182-2024-A/MM.- Dan por concluida designación y encargan funciones de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Fiscalización y Control de la Municipalidad Distrital de Miraflores