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18 NORMAS LEGALES Lunes 25 de marzo de 2024 El Peruano / ejercen en las circunscripciones provinciales y distritales de cada una de las Regiones. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, por su parte, establece, en su artículo 3°, el ámbito dentro del cual ejercen su jurisdicción, quedando claro que las municipalidades provinciales ejercen su jurisdicción sobre el territorio de la provincia respectiva y sobre el distrito del Cercado, mientras que las municipalidades distritales lo harán sobre el territorio del correspondiente distrito. Que, el artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, señala que son atribuciones del Concejo Municipal: 8) Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos, concordado con el artículo 40° de la acotada norma que señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, el artículo 128° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, modi fi cado por la Ley 31079 dispone que: “Las municipalidades de centros poblados son órganos del gobierno local, encargados de la administración y ejecución de las funciones y los servicios públicos locales que les son delegados y se rigen por las disposiciones de la presente ley. Son creadas por ordenanza de la municipalidad provincial, con el voto favorable de los dos tercios del número legal de regidores. (…)”.Que, en el artículo 48° de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización, dispone en el numeral 48.1 Las municipalidades de Centros Poblados se rigen por las normas que establece la Ley Orgánica de Municipalidades, para su creación, ámbito, competencias y funciones delegadas, elección de sus autoridades, y rentas para su operación y funcionamiento. Así mismo en su numeral 48.2. Las municipalidades provinciales y distritales están obligadas a entregar a las municipalidades de centros poblados de su jurisdicción, un porcentaje de sus recursos propios y/o transferidos por el Estado, para cumplir con las funciones delegadas y la prestación de los servicios municipales. La entrega o transferencia de recursos se efectuará en forma mensual, bajo responsabilidad del Alcalde y del Director Municipal correspondientes. Que, mediante Ordenanza Municipal N° 528- MPI, se aprobó la adecuación de la Municipalidad del Centro Poblado Asentamiento 7 San Camilo, distrito de Cocachacra, provincia de Islay – Arequipa a los alcances de la Ley N° 31079, que modi fi ca la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el señor PASCUAL FORA CHINO, alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado Asentamiento 7 San Camilo, del distrito de Cocachacra, provincia de Islay y departamento de Arequipa, mediante escritos de fechas 18 de diciembre y 3 de enero de 2024, viene solicitando lo siguiente: a) Delegación de facultad de otorgamiento de constancia de posesión en terrenos urbanos y de expansión urbana de su jurisdicción. b) Modi fi cación del Artículo cuarto de la Ordenanza N° 528-MPI, a fi n de que en se incluyan nueve (9) asociaciones que no se llegaron a considerar. Preguntas y comentarios: normasactualizadas@editoraperu.com.peINGRESA A NORMAS LEGALES ACTUALIZADAS https://diariooficial.elperuano.pe/normas/normasactualizadasMANTENTE INFORMADO CONLO ÚLTIMO EN NORMAS LEGALES Utilice estas normas con la certeza de que están vigentes.Normas Legales ActualizadasNLA atl satl NORMAS LEGALES ACTUALIZADAS