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12 NORMAS LEGALES Jueves 28 de marzo de 2024 El Peruano / Aprueban el Plan Estratégico Sectorial Multianual del sector ambiental 2024 – 2030 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 105-2024-MINAM Lima, 26 de marzo de 2024VISTOS; el Memorando N° 00252-2024-MINAM/ SG/OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00059-2024-MINAM/SG/OGPP/OPM, de la O fi cina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 00155-2024-MINAM/SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como función de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles del gobierno; Que, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y, asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM, se aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, que representan decisiones de política para resolver un determinado problema público de alcance nacional y sectorial o multisectorial en un periodo de tiempo, y de fi nen los objetivos prioritarios, lineamientos, así como los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas; Que, los numerales 11.1 y 11.2 del artículo 11 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales establecen que las Políticas Nacionales desarrollan sus objetivos a través de metas, indicadores y responsables en los respectivos Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM, Plan Estratégico Institucional - PEI y Plan Operativo Institucional - POI de los ministerios y sus organismos públicos, según corresponda, en el marco del SINAPLAN, y que las políticas nacionales no requieren la elaboración de planes de implementación o ejecución distintos a los establecidos en el SINAPLAN; Que, el numeral 25.2 del artículo 25 de la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD, “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico”, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00021-2024/CEPLAN/PCD, establece, entre otras disposiciones, que las políticas de Estado en consonancia con la visión compartida y concertada de futuro, se concretan en los objetivos establecidos en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN; los objetivos prioritarios de las políticas nacionales sectoriales y multisectoriales, se articulan a nivel de los objetivos especí fi cos del PEDN en los que el sector o sectores tienen competencia; los objetivos estratégicos sectoriales de los PESEM se articulan a nivel de los objetivos especí fi cos del PEDN y los objetivos estratégicos institucionales de los PEI de las entidades de nivel nacional se articulan con los objetivos estratégicos sectoriales de los PESEM del sector correspondiente;Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 095-2022-PCM, que aprueba el PEDN al 2050, señala que, todas las entidades que integran el SINAPLAN articulan sus planes estratégicos a los objetivos nacionales, objetivos especí fi cos y a las acciones estratégicas previstas en el PEDN al 2050; así como, establece un plazo no mayor de trescientos treinta (330) días calendario para que los sectores formulen y aprueben su PESEM articulado al PEDN al 2050; Que, mediante Decreto Supremo N° 103-2023-PCM se aprueba la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) al 2050, aprobado por el Decreto Supremo N° 095-2022-PCM; Que, mediante la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 112-2023/CEPLAN/PCD, publicada el 31 de diciembre de 2023, se dispone la ampliación excepcional de plazo para la formulación y aprobación del PESEM articulados al PEDN al 2050, aprobado mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00037-2023/CEPLAN/PCD, hasta el 31 de marzo de 2024, plazo que será aplicable a todos los sectores del Poder Ejecutivo del Gobierno Nacional; Que el proyecto del Plan Estratégico Sectorial Multianual del sector ambiental 2024 – 2030 y el Informe del Grupo de Trabajo Sectorial de Planeamiento Estratégico Multianual del Sector Ambiental sobre el proceso de formulación del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Ambiental, dispone de la validación del Grupo de Trabajo Sectorial y de la conformidad de la Comisión Sectorial, mediante Acta N° 001-2024-MINAM/GTSPEM y Acta N° 001-2024-MINAM/CSPEM, respectivamente; Que, mediante el O fi cio N° 00151-2024-MINAM/SG, la Secretaría General del Ministerio del Ambiente, solicita al CEPLAN emitir opinión sobre el proyecto del Plan Estratégico Sectorial Multianual del sector ambiental 2024 - 2030; Que, mediante el O fi cio Nº 000172-2024-CEPLAN- PCD, la Presidencia del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico remite al Ministerio del Ambiente, el Informe Técnico N° 004-2024-CEPLAN-DNCPPESEM, a través del cual concluye que el proyecto del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) Sector Ambiental 2024 – 2030, cumple con lo dispuesto en la Guía Metodológica para el Planeamiento Estratégico Sectorial, y emite opinión técnica favorable, recomendando que el sector ambiental continúe con los trámites correspondientes para la aprobación del proyecto de PESEM mediante acto resolutivo; Que, en ese sentido, mediante el Memorando N° 00252-2024-MINAM/SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00059-2024-MINAM/SG/OGPP/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, remite la propuesta del PESEM del Sector Ambiental 2024-2030, el cual, presenta la propuesta de la estrategia del Sector para el logro de los objetivos nacionales que se han priorizado en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) al 2050 y en las políticas nacionales de las que participa en su implementación; así mismo, se precisa que el proyecto del PESEM se desarrolló con un enfoque prospectivo y es resultado de un proceso participativo con expertos ambientales, con funcionarios del sector ambiental y de los gobiernos regionales desde los cuales se lograron conocer las aspiraciones a nivel territorial; Que, con Informe N° 00155-2024-MINAM/SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión en el sentido que corresponde aprobar la propuesta del Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Ambiental 2024-2030; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del