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3 NORMAS LEGALES Domingo 31 de marzo de 2024 El Peruano / el O fi cio N° 00807-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00426-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 1018-2019 DE/MGP, se autorizó el viaje al exterior, en misión de estudios, al entonces Cadete de Primer Año Julio Roberto CANAZA FAJARDO, para que participe en el Curso de Formación de Cadetes, a impartirse en la Academia Naval de Livorno, en la ciudad de Livorno, República Italiana, del 23 de setiembre de 2019 al 30 de marzo de 2024, debiendo presentarse en la referida Academia Naval el 2 de setiembre de 2019, así como autorizar su salida del país el 31 de agosto de 2019; Que, con Resolución de la Comandancia General de la Marina Nº 0731-22, se expidió el despacho en el grado militar de Alférez de Fragata de la Marina de Guerra del Perú, con fecha 1 de enero de 2023, al Cadete Naval de Cuarto Año Julio Roberto CANAZA FAJARDO; Que, con O fi cio Nº 042/52, el Agregado Naval a la Embajada del Perú en la República Italiana hace de conocimiento al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú que, a través del correo electrónico del Jefe de la O fi cina de Cursos de la Academia Naval de Livorno, se ha remitido el certi fi cado de servicio del Alférez de Fragata Julio Roberto CANAZA FAJARDO, indicando que el citado O fi cial, alumno de la Academia Naval de Livorno y matriculado en la Universidad de Pisa en el Curso de Grado en Ciencias Marítimas y Navales, tiene como fecha de sustentación de tesis el día 9 de abril de 2024; debiendo retornar al Perú a partir del 10 de abril de 2024; Que, a través del Informe Legal Nº 008-2024/OAL- DIREDUMAR, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata Julio Roberto CANAZA FAJARDO, quien se encuentra participando en el Curso de Formación de Cadetes en la Academia Naval de Livorno, y actualmente matriculado en la Universidad de Pisa, a fi n de sustentar su tesis, en la República Italiana, autorizando su retorno al país el 10 de abril de 2024; Que, con O fi cio Nº 336/52, la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú remite a la Comandancia General de la citada Institución Armada, la documentación pertinente para la tramitación de la presente ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios; Que, la Exposición de Motivos anexada al O fi cio Nº 336/52, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata Julio Roberto CANAZA FAJARDO, por cuanto, le permitirá culminar satisfactoriamente su formación naval, aplicando posteriormente los conocimientos adquiridos en bene fi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 037- 2024, suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y el Director General de Educación de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasaje terrestre, pasaje aéreo (retorno) y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, en misión de estudios, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 064-2024, la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución de la presente ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios; asimismo, con las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000101 y Nº 0000000156, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el fi nanciamiento de la presente ampliación de permanencia en el exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar el término de la misión de estudios en la fecha programada, es necesario prever su retorno al país un (1) día después del término de la misma, sin que este día adicional genere gasto alguno al Tesoro Público; Que, con O fi cio Nº 2116/52, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata Julio Roberto CANAZA FAJARDO, del 31 de marzo al 9 de abril de 2024, quien se encuentra participando en el Curso de Formación de Cadetes en la Academia Naval de Livorno, y actualmente matriculado en la Universidad de Pisa, a fi n de sustentar su tesis, en la República Italiana; autorizando su retorno al país el 10 de abril de 2024; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, conforme al artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio N° 00807-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 212-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente ampliación de permanencia en el exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00426-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del Alférez de Fragata Julio Roberto CANAZA FAJARDO, quien se encuentra participando en el Curso de Formación de Cadetes en la Academia Naval de Livorno, y actualmente matriculado en la Universidad de Pisa, a fi n de sustentar su tesis, en la República Italiana, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo