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20 NORMAS LEGALES Domingo 31 de marzo de 2024 El Peruano / por la responsabilidad administrativa disciplinaria del investigado, proponiendo se le imponga la medida disciplinaria de destitución, propuesta acogida por la Jefatura de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura mediante Resolución del 21 de enero de 2022 6; elevándola a la Jefatura Suprema de la O fi cina de Control de la Magistratura, la misma que se avocó al conocimiento de la presente causa mediante Resolución Nº 09 del 30 de enero de 20237. Asimismo, mediante Resolución Nº 10 del 4 de mayo de 20238, la Jefatura Suprema de la O fi cina de Control de la Magistratura resolvió lo siguiente: i) Propuso al Consejo Ejecutivo se imponga la medida disciplinaria de destitución al señor Valerio Escobar Hirpahuanca, en su actuación como juez de paz del distrito de Cusipata, provincia de Quispicanchis, Corte Superior de Justicia de Cusco, por el cargo atribuido en su contra, ii) Impuso al investigado la medida cautelar de suspensión preventiva hasta que se resuelva en de fi nitiva su situación jurídica ante la instancia correspondiente, y iii) Puso en conocimiento dicha resolución a la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, la O fi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y Justicia Indígena; y la Gerencia de Personal y Escalafón de la Gerencia General del Poder Judicial. Aunado a lo expuesto, se tiene que con Resolución Nº 12 del 2 de junio de 2023 9, la Jefatura Suprema de la Ofi cina de Control de la Magistratura declaró consentida la Resolución Nº 10 del 4 de mayo de 2023, en el extremo que impuso medida cautelar al investigado y, dispuso se eleve la propuesta de destitución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, lo cual se materializó por O fi cio Expediente Nº 1715-2021-J-OCMA/PJ del 2 de junio de 2023 10. Por otro lado, se tiene que mediante decreto del 7 de junio de 202311, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otros, dispuso se remita la propuesta al jefe de la Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y Justicia Indígena para que emita el informe técnico respectivo en el marco de sus funciones. Siendo así, con O fi cio Nº 000606-ONAJUP-CE-PJ del 1 de setiembre de 2023 12, el jefe de la O fi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz y Justicia Indígena remitió al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, el Informe Nº 000063-2023-ONAJUP-CE-PJ del 31 de agosto de 2023 13, relacionado con la propuesta de destitución, concluyendo que el investigado efectivamente ha incurrido en la falta atribuida. Por ende, le corresponde la sanción de destitución; pero, se advierte que en el inicio del procedimiento administrativo disciplinario presuntamente se habría vulnerado el debido procedimiento porque lo inició autoridad no competente. Cuarto. Que, los fundamentos de la propuesta de destitución de la Jefatura Suprema de la O fi cina de Control de la Magistratura son los expuestos en la Resolución Nº 10 del 4 de mayo de 2023; y en relación a los medios probatorios analizados por la referida Jefatura para determinar la responsabilidad disciplinaria del investigado, se tienen los siguientes: a) La Resolución Administrativa Nº 485-2019-P-CSJCU- PJ del 27 de junio de 2019 14; por la cual la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco nombró como juez del distrito de Cusipata, provincia de Quispicanchi - Cusco, al señor Valerio Escobar Hirpahuanca, por el periodo de cuatro años. b) La constancia de juramentación al cargo de juez de paz del investigado del 26 de agosto de 2019 15. c) El O fi cio Nº 403-2021-ODAJUP-CSJCU-PJ del 26 de noviembre de 202116, emitido por la Coordinadora de la O fi cina Desconcentrada de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de Cusco, informando sobre el nombramiento, grado de instrucción (secundaria completa), y fecha de juramentación del investigado, 26 de agosto de 2019. d) Resolución Administrativa Nº 017-2015-P-CED- CSJCU-PJ del 13 de noviembre de 2015 17, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de Cusco, resolvió ejecutar el acuerdo de sesión ordinaria del Consejo Ejecutivo Distrital de esa fecha, por el cual se aprobó el informe fi nal de la “Comisión de Determinación de Competencias Materiales de Juzgados de Paz”, de los Juzgados de Paz con competencia completa (Anexo Nº 01), y Juzgados de Paz con competencia restringida en materia notarial (Anexo Nº 02), adjuntándose a la citada resolución administrativa los anexos correspondientes, en los que se veri fi ca que el Juzgado de Paz del Distrito de Cusipata, Provincia de Quispicanchis, a cargo del investigado, cuenta con competencia notarial. e) Copias de los actuados del Expediente Judicial Nº 00168-2020-10-1007-JR-PE-01-cuaderno de prisión preventiva, en el cual el 9 de marzo de 2020 la Fiscal de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Canchis, Segundo Despacho, presentó el requerimiento de prisión preventiva 18, entre otros, contra los señores Jaime Callo Espinoza, Julio Macario Condori Maza y Valentín Condori Gonzalo, por la presunta comisión del delito de Homicidio Cali fi cado en grado de tentativa. f) En el trámite del cuaderno de prisión preventiva, la defensa de los investigados presentó el 17 de setiembre de 2020 un escrito 19, anexando tres documentos denominados “Constatación domiciliaria”, expedidos todos el 29 de agosto de 2020 por el investigado. A saber: f.1. Constatación domiciliaria del señor Julio Macario Condori Maza 20, cuyo tenor es el siguiente: “Juzgado de Paz de Cusipata Quispicanchi Constatación domiciliaria Valerio Escobar Hirpahuanca Juez de Paz del distrito de Cusipata, provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco con Resolución Administrativa Nº 485-2019. Hace constar: Que el ciudadano Julio Macario Condori Maza, mayor de edad identi fi cado con DNI Nº 48353630, natural del predio “KKAYRAHUIRI ALTO”, del distrito de Pitumarca, provincia de Canchis, departamento del Cusco, tiene su domicilio real y habitual en el predio Kkayrahiri Alto, del distrito de Pitumarca, provincia de Canchis, Cusco, habiendo una habitación grande de un solo nivel con tres divisiones, pared de ladrillo con cemento techo de calamina, una habitación de pared de adobe techo de calamina como cocina, una habitación de pared de piedra con techo de paja más una habitación hacia adelante con pared de adobe y techo de calamina un invernadero con techo inconcluso, un canchón de alpacas con cerco de piedras también se alpacas en regular cantidad en donde viven con su conviviente hijos y su abuelita de 90 años de edad, según constatado por mi autoridad judicial del distrito de Cusipata. A continuación, cuatro líneas ilegibles. Cusipata, 29 de agosto del 2020 Firma y Sello de Valerio Escobar Hirpahuanca Juez de Paz de Cusipata Resolución Administrativa Nº 485-2019”. f.2. Constatación domiciliaria del señor Valentín Condori Gonzalo 21, cuyo tenor es el siguiente: “Juzgado de Paz de Cusipata Quispicanchi Constatación domiciliaria Valerio Escobar Hirpahuanca Juez de Paz del distrito de Cusipata, provincia de Quispicanchi, departamento del Cusco, con Resolución Administrativa Nº 485-2019. Hace constar: Que el ciudadano Valentín Condori Gonzalo, mayor de edad identi fi cado con DNI Nº 41858682, natural del