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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2024 (01/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de mayo de 2024 El Peruano / a título gratuito que se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la referida Ley, en virtud al Estado de Emergencia declarado mediante el presente decreto supremo, son: Servicios de catering, servicios médicos, servicios de transporte, servicios logísticos de despacho, traslado y almacenaje, servicios de operadores y cualquier otro servicio que sea necesario para atender los requerimientos de la población afectada. Artículo 4.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5.- RefrendoEl presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, el Ministro de Educación, el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego, la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa, el Ministro de Energía y Minas, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de abril del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ Ministro de Defensa ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación ROMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas WALTER ORTIZ ACOSTA Ministro del Interior ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2284815-1 Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 002-2024-OEDI-JEF Lima, 30 de abril de 2024CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión; Que, según lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Organismos Públicos son entidades desconcentradas del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, con competencias de alcance nacional y están adscritos a un Ministerio; asimismo, señala que los Reglamentos de Organización y Funciones se aprueban por decreto supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros. Que, mediante el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1615, Decreto Legislativo que crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (OEDI), se crea dicha entidad como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado de brindar asistencia técnica en la elaboración de estudios de preinversión y expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales y locales, incluyendo su elaboración, previo convenio de delegación; así como, la asistencia técnica durante la ejecución física del proyecto de inversión, respecto del expediente técnico elaborado por el OEDI; Que, el artículo 43 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, señala que el Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, el Anexo 1 “Glosario de Términos” de los Lineamientos de Organización del Estado, define al Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones como el documento que consolida las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de un Ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo, a fin de integrar el articulado de los órganos con el de sus respectivas unidades de organización. Para tal efecto, precisa, que se sigue una nueva secuencia de articulado debiendo cada artículo del Texto Integrado hacer referencia al artículo correspondiente de la Sección Primera o Segunda del Reglamento de Organización y Funciones aprobadas por decreto supremo y resolución del titular, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo N° 035-2024- PCM y la Resolución Jefatural N° 001-2024-OEDI-JEF, se aprueban las Secciones Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 035-2024-PCM, establece que el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión, en un plazo no mayor a cinco (05) días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones, mediante Resolución del Titular, consolida el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, que contiene las Secciones Primera y Segunda de dicho documento de gestión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Legislativo N° 1615, Decreto Legislativo que crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (OEDI); los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM; y, el Decreto Supremo N° 035-2024-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión;