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11 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de mayo de 2024 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión Aprobar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión, que consta de dos (02) títulos, treinta y un (31) artículos y un (01) Anexo, que contiene el Organigrama del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial Jefatural y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión se publican en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www. gob.pe), en la sede digital del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión (www.gob.pe/oedi) y en el Portal de Transparencia del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE FERNÁNDEZ PANIAGUA Jefe(e) del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión 2284789-1 Aprueban los Objetivos y Lineamientos del Programa Niñas Digitales Perú RESOLUCIÓN DE SECRETARíA DE GOBIERNO y TRANSFORMACIÓN DIGITAL N° 003-2024-PCM/SGTD SE APRUEBA LOS OBJETIVOS y LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA NIÑAS DIGITALES PERÚ Lima, 24 de abril de 2024 VISTOS:El Memorando N° 100-2024-PCM-SGTD-SSPRD de la Subsecretaría de Políticas y Regulación Digital, el Informe N° D0000010-2024-PCM-SGTD-EVZ, y el Informe Nº D000005-2024-PCM-SGTD-SVV de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, establece que la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital es el ente rector en materia de gobierno digital que comprende tecnologías digitales, identidad digital, interoperabilidad, servicio digital, datos, seguridad digital y arquitectura digital. Dicta las normas y establece los procedimientos en materia de gobierno digital y es responsable de su operación y correcto funcionamiento; Que, en el numeral 5.1 del artículo 5 del Reglamento del Decreto de Urgencia N° 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, aprobado por Decreto Supremo N° 157-2021-PCM (en adelante el Reglamento); establece que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, es el ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital, dicta las normas, lineamientos, principios, técnicas, instrumentos y establece los procedimientos en materia de transformación digital mediante el cual se organizan y promueven las actividades de los miembros del Sistema; Que, según el numeral 27.1 del artículo 27 del Reglamento, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, coordina con los actores nacionales e internacionales la identificación de las actuales y futuras competencias digitales necesarias para el adecuado desarrollo de la ciudadanía en el entorno digital. Asimismo, coordina la realización de iniciativas para fomentar el desarrollo de las competencias digitales y alfabetización digital de la ciudadanía, así como la formación de talento digital en el marco de la Estrategia Nacional de Talento Digital que, incluye promover el aprendizaje de materias y tópicos vinculados de manera no limitativa con la innovación digital, ciencia de datos, interoperabilidad, seguridad digital y transformación digital para la mejora de la empleabilidad y competitividad en el país, el entrenamiento a la ciudadanía para el uso y aprovechamiento de las tecnologías digitales, así como el fomento del desarrollo de la competencia digital docente, además del personal de las instituciones educativas en la apropiación de tecnologías digitales para el potenciamiento de las prácticas educativas; Que, mediante Decreto Supremo N° 085-2023- PCM, se aprueba la Política Nacional de Transformación Digital, la misma que se pone en el centro a las personas, identificando carencias, necesidades y oportunidades de fortalecimiento y mejoras, para ir instaurando una sociedad digital, en la que la interacción de sus actores, generen valor social y económico que impulsen la productividad y competitividad del país, reduzca la pobreza y la desigualdad, y que favorezca el bienestar de la ciudadanía; Que, en la citada Política Nacional de Transformación Digital, se plantea el Objetivo Prioritario 4: Fortalecer el talento digital de todas las personas donde se establece el Servicio S4.1.2 Programa Niñas Digitales Perú, buscando fortalecer competencias digitales en beneficio de las niñas, para instruirlas, en lenguajes de programación por bloques divertido y lúdico, el cual permite crear aplicaciones de manera exitosa, con lo que las niñas pueden perfeccionar sus habilidades de pensamiento lógico, comprensión y creatividad, tan necesarias en el mundo laboral que es cada vez más digital, entre otros; Que, la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, con un enfoque de priorización en las niñas y adolescentes, ha elaborado los Objetivos y Lineamientos del Programa Niñas Digitales Perú en coordinación con el Ministerio de Educación y el Ministerio de Mujer y Poblaciones Vulnerables, en el ámbito de sus competencias; Que, el documento tiene como objetivo general fortalecer el talento digital en niñas y adolescentes a través del desarrollo de competencias que les permitan comprender, analizar y crear en entornos digitales seguros para contribuir con su desarrollo en actividades vinculadas a carreras de ciencia, tecnología, ingeniería, artes y matemáticas (por sus siglas en inglés STEAM), con énfasis en las tecnologías digitales y los datos, promoviendo igualdad de oportunidades y prácticas sociales inclusivas, en coordinación con las entidades públicas competentes; Que, en concordancia con el artículo 79 y el literal c) del artículo 80 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Resolución Ministerial N° 224- 2023-PCM, la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital es el órgano de línea con autoridad técnica normativa a nivel nacional en materia de gobierno digital, confianza digital y transformación digital, y tiene entre sus funciones, aprobar y supervisar el cumplimiento de normas técnicas, directivas, lineamientos, modelos, metodologías, procedimientos, protocolos, instrumentos, técnicas, estándares y demás disposiciones, en materia de su competencia; Que, en este sentido resulta necesario contar con los Objetivos y Lineamientos del Programa Niñas Digitales Perú, como un hito necesario que contribuye al cumplimiento de la Política Nacional de Transformación Digital aprobado por Decreto Supremo N° 085-2023-PCM; así como que sirva de directriz para articular esfuerzos entre los distintos actores públicos o privados, cuando corresponda; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto