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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2024 (01/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de mayo de 2024 El Peruano / Que, a través del Oficio N° 01092-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 293-2024-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00580-2024-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, del Oficial de Mar 1° Mae. Erick Jansen VÁSQUEZ POMA, para que participe en el curso Técnico en Mantenimiento de Estructuras de Aeronaves, a realizarse en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), ciudad de San Antonio, Estado de Texas, Estados Unidos de América, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Oficial de Mar 1° Mae. Erick Jansen VÁSQUEZ POMA, identificado con CIP N° 01146282 y DNI N° 46629356, para que participe en el curso Técnico en Mantenimiento de Estructuras de Aeronaves, a realizarse en la Academia Interamericana de las Fuerzas Aéreas (IAAFA), ciudad de San Antonio, Estado de Texas, Estados Unidos de América, del 15 de mayo al 8 de agosto de 2024, así como autorizar su salida del país el 14 de mayo y su retorno el 9 de agosto de 2024. Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 5,091.13 / 31 x 17 días (may.) x 1 persona x 20% US$ 558.38 US$ 5,091.13 x 2 meses (jun.-jul.) x 1 persona x 20% US$ 2,036.45 US$ 5,091.13 / 31 x 8 días (ago.) x 1 persona x 20% US$ 262.77 Total a pagar: US$ 2,857.60 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 5.- El personal subalterno designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6.- El mencionado personal subalterno revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 7.- El personal subalterno designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2284102-1 Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00398-2024-DE Lima, 29 de abril del 2024 VISTOS:El Oficio N° 00966-2024-MINDEF/VPD del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; el Oficio N° 01646-2024-MINDEF/VRD-DGRRHH de la Dirección General de Recursos Humanos; el Informe N° 00178-2024-MINDEF/VRD-DGRRHH-DIPEC de la Dirección de Personal Civil; y, el Informe Legal N° 00618-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación en cargos de confianza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 de la citada norma, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, de conformidad con lo previsto en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP del Ministerio de Defensa, aprobado por Resolución Ministerial N° 0374-2021-DE; y, actualizado con Resoluciones Directorales N° 00027-2022-MINDEF/VRD-DGRRHH, y N° 00053-2023-MINDEF/VRD-DGRRHH, el cargo de Asesor/a II del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, se encuentra considerado como cargo de confianza; Que, encontrándose vacante el referido cargo, resulta necesario designar al profesional que desempeñará el mismo; Con el visado de la Secretaría General, de la Dirección General de Recursos Humanos, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, aprobado con Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; así como en la Directiva General N° 011-2019-MINDEF/VRD/ DGRRHH “Directiva General que regula la designación