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15 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de mayo de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor (a) de Recursos Naturales del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, siendo necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; Con el visado de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a partir del 1 de mayo de 2024, a la señora Jessica Violeta Oblitas Méndez, en el puesto de Asesora de Recursos Naturales del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CASTRO VARGAS Ministro del Ambiente 2284309-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Designan Asesor I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 117-2024-MINCETUR Lima, 29 de abril de 2024 VISTO, el Informe N° 0284-2024-MINCETUR/SG/ OGA/OP/SDP, de la Subdirección de Personal de la Oficina de Personal; el Memorándum N° 936-2024-MINCETUR/SG/OGA/OP de la Oficina de Personal; el Memorándum N° 357-2024-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, resulta necesario designar al profesional que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora EVELYN RUTH GRADOS LEGUIA, en el cargo de Asesor I del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH GALDO MARÍN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2284004-1 Autorizan transferencia financiera a favor de Unidad Ejecutora 002-1698: Contraloría General - Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades del Pliego 019: Contraloría General con cargo a recursos de la Unidad Ejecutora Nº 004- 1201: MINCETUR - Plan COPESCO Nacional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 118-2024-MINCETUR Lima, 29 de abril de 2024 VISTOS, el Memorándum N° 340-2024-MINCETUR/ DM/COPESCO-DE de la Dirección Ejecutiva del Plan COPESCO Nacional; el Informe Nº 0042-2024-MINCETUR/SG/OGA/OAF/SDC de la Sub Dirección de Contabilidad de la Oficina de Administración Financiera; el Memorándum Nº 310-2024-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 0113-2024-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Memorándum N° 367-2024-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Oficio Nº 001221-2023-CG/GRECE de la Contraloría General de la República; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, esta Entidad es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, que forma parte del Poder Ejecutivo y constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a ley; Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las sociedades de auditoría son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, y son designadas, previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados; Que, asimismo el citado dispositivo señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de dicha entidad, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; las citadas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, debiendo ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano”; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba