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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE MAYO DEL AÑO 2024 (11/05/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Sábado 11 de mayo de 2024 El Peruano / INTERIOR Designan Director de la Oficina de Estudios de la Oficina General de Infraestructura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0613-2024-IN Lima, 10 de mayo de 2024 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la O fi cina de Estudios de la O fi cina General de Infraestructura del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Con el visado de la Secretaría General, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor ABEL RAMOS CUYA en el cargo de Director de la O fi cina de Estudios de la O fi cina General de Infraestructura del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ORTIZ ACOSTA Ministro del Interior 2287546-1 Autorizan viaje de personal policial a la República Popular China, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0614-2024-IN Lima, 10 de mayo de 2024VISTOS, el O fi cio Nº 759-2024-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 000862-2024-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:Que, a través del O fi cio Nº WGC 18-2024 de fecha 25 de marzo de 2024, el O fi cio Nº WGC 20-2024 de fecha 11 de abril de 2024 y el O fi cio Nº WGC 23-2024 de fecha 28 de abril de 2024 dirigidas a la Dirección de Asuntos Internacionales de la PNP, el Agregado de Defensa de la República Popular China en la República del Perú, cursa invitación para la participación de 20 de agentes policiales de la Dirección de Seguridad del Estado de la PNP en el Curso de Protección de Dignatarios a realizarse en el Instituto de Comando de la Policía Armada de China del 19 de mayo al 7 de junio de 2024 en la ciudad de Tianjin de la República Popular China; señalándose a través de los referidos documentos que, la parte china se encargará de los pasajes internacionales ida y vuelta, así como el alojamiento y alimentación durante la estadía en China; Que, de acuerdo al Informe Nº 18-2024-DIRNOS- DIRSEEST PNP/SECOFIREHUM.AD1, de la Dirección de Seguridad del Estado de la PNP se sustenta la importancia y viabilidad de la participación del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, en el Curso de Protección de Dignatarios en el Instituto de Comando de la Policía Armada de China a desarrollarse del 19 de mayo al 7 de junio de 2024; por lo que sustenta se autorice el viaje al exterior; Que, en atención a los documentos presentados, en particular, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 118-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, remitida a través del O fi cio Nº 759-2024-COMOPPOL/DIRASINT- DIVABI la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la PNP estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 17 de mayo al 8 de junio de 2024 para participar en el Curso de Protección de Dignatarios en el Instituto de Comando de la Policía Armada de China a desarrollarse del 19 de mayo al 7 de junio de 2024 en la ciudad de Tianjin de la República Popular China; Que, respecto a la información del personal policial en mención, de conformidad con la citada Hoja de Estudio y Opinión, esta indica que, de acuerdo a los Reportes de Información Personal, se determina que cumplen con los requisitos contemplados en el artículo 34 º del Decreto Legislativo Nº 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP; Que, la participación del mencionado personal policial en la curso antes indicado, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que, de acuerdo a los o fi cios emitidos por el Agregado de Defensa de la República Popular China en la República del Perú, la parte china se encargará de los pasajes internacionales ida y vuelta, así como el alojamiento y alimentación durante la estadía en China; siendo que, el 10% por concepto de viáticos, son asumidos por la División de Economía de la PNP, conforme se precisa en la Hoja de Estudio y Opinión Nº 118-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI; Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (...)’’ ; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que: “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (...)” ; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)” ; Que, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)” ; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes