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6 NORMAS LEGALES Jueves 16 de mayo de 2024 El Peruano / Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 061-2023-SENAMHI/PREJ, de fecha 10 de mayo de 2023, se designó a la Abogada PATRICIA LACEY MORALES FRANCO, para ocupar el puesto de Asesora de Alta Dirección para la Gerencia General del SENAMHI; Que, mediante Carta S/N de fecha 08 de mayo de 2024, la Abogada PATRICIA LACEY MORALES FRANCO, Asesora de Alta Dirección para la Gerencia General del SENAMHI, presenta su renuncia a dicho puesto, la misma que es aceptada por la Presidencia Ejecutiva con Proveído N° D001163-2024-SENAMHI-PREJ, y se hará efectiva a partir del 16 de mayo de 2024; Que, asimismo, con Informe N° D000020-2024- SENAMHI-ORH-RVR, recomienda formalizar la aceptación de renuncia de la Abogada PATRICIA LACEY MORALES FRANCO al puesto de Asesora de Alta Dirección para la Gerencia General del SENAMHI, a partir del 16 de mayo de 2024, mediante el acto resolutivo correspondiente; Que, mediante Memorando N° D000058-2024- SENAMHI-PREJ, la Presidencia Ejecutiva solicita evaluar el per fi l de la Abogada MARIA ISABEL CHUMBILE GALVAN, con la fi nalidad de veri fi car si cumple con los requisitos exigidos para ocupar el puesto de Asesora de Alta Dirección para la Gerencia General del SENAMHI, en base a las normativas vigentes; Que, a través del Informe N° D000021-2024- SENAMHI-ORH-RVR, la O fi cina de Recursos Humanos señala que, de la evaluación integral efectuada al per fi l de la profesional propuesta por la Gerencia General, se ha verifi cado que cumple con los requisitos mínimos exigidos para asumir el puesto de Asesora de Alta Dirección para la Gerencia General del SENAMHI, por lo que la designación propuesta, es viable; Que, mediante el Informe N° 100-2024-SENAMHI- OAJ del 15 de mayo de 2024, la O fi cina de Asesoría Jurídica brinda opinión favorable respecto a la emisión del presente acto; Que, el literal f) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM, establece que la Presidencia Ejecutiva puede expedir Resoluciones Presidenciales Ejecutivas en el ámbito de su competencia; Que, con el visado del Gerente General, de la Directora (e) de la O fi cina de Recursos Humanos, y del Director de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 24031, Ley del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI, y su modi fi catoria Ley N° 27188; y el Reglamento de Organización y Funciones del SENAMHI, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 003-2016-MINAM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar, a partir del 16 de mayo de 2024, la renuncia de la Abogada PATRICIA LACEY MORALES FRANCO en el puesto de Asesora de Alta Dirección para la Gerencia General del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 16 de mayo de 2024, a la Abogada MARIA ISABEL CHUMBILE GALVAN, para ocupar el puesto de Asesora de Alta Dirección para la Gerencia General del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a las profesionales mencionadas en los Artículos 1° y 2° de la presente resolución y a la O fi cina de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional del SENAMHI (www.senamhi.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.GABRIELA TEÓFILA ROSAS BENANCIO Presidenta EjecutivaServicio Nacional de Meteorología e Hidrologíadel Perú – SENAMHI 2289120-1COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual 2025 – 2027 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 150-2024-MINCETUR Lima, 14 de mayo de 2024 VISTOS, el Informe Nº 0155-2024-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; el Memorándum N° 449-2024-MINCETUR/SG/OGPPD de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo se establece que, corresponde a los Ministros de Estado, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (en adelante, SINAPLAN) como conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales cuya fi nalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país; así como, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (en adelante, CEPLAN), como organismo de derecho público, cuya fi nalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del SINAPLAN; asimismo, el numeral 3.1 del artículo 3 del citado Decreto Legislativo, establece que el SINAPLAN está integrado, entre otros, por los órganos del gobierno nacional; Que, el inciso 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional, y sujetándose a la normatividad vigente; Que, conforme al numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, indica, entre otros, que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia de la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN; Que, con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, se aprueba la Guía para el Planeamiento Institucional, aplicable para las entidades que integran el SINAPLAN en los tres niveles de gobierno, cuyo objetivo es establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y del Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, la sección 4.1 del acápite 4 de la Guía para el Planeamiento Institucional, señala que el POI es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de