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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (04/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Lunes 4 de noviembre de 2024 El Peruano / DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDO DEL 5 AL 8 DE NOVIEMBRE DE 2024 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0739-2024-MTC/12.07 Y Nº 0473-2024-MTC/12 Y EL MEMORANDO Nº 1113-2024-MTC/12 ÓRDENES DE INSPECCIÓN NºsINICIO FINVIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTORES CIUDAD PAÍS DETALLERECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 113-2024- MTC/12.075-Nov 8-NovUS$ 1,110.00LATAM AIRLINES PERU S.A.CARLOS ALBERTO ANDRÉS LARREA CASTELLANORosario República ArgentinaInspección técnica por certificación de estación de operaciones (línea internacional) para su aprobación.0012958 y 0012959 114-2024- MTC/12.075-Nov 8-NovUS$ 1,110.00LATAM AIRLINES PERU S.A.WALTER CORTÉZ ULLOARosario República ArgentinaInspección técnica por certificación de estación de operaciones (línea internacional) para su aprobación.0012958 y 0012959 2340352-1 Disponen la publicación del Proyecto de Resolución Directoral que aprueba la “Guía Técnica para la elaboración de Modelos de Transporte” y su Anexo RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 029-2024-MTC/18 Lima, 22 de octubre de 2024VISTOS: El Informe N° 0080-2024-MTC/18.01, elaborado por la Dirección de Fortalecimiento y Plani fi cación de la Movilidad del Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible, y el Informe N°1068- 2024-MTC/18.01, elaborado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que el Ministerio es competente de manera exclusiva en materia de servicios de transporte de alcance nacional e internacional; y, de manera compartida con los gobiernos regionales y locales, en servicios de transporte de alcance regional y local, circulación y tránsito terrestre; Que, el literal a) del artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, y modi fi catorias, dispone que el Ministerio de Transporte y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, siendo competente para dictar los Reglamentos Nacionales establecidos en la Ley, así como aquellos que sean necesarios para el desarrollo del transporte y el ordenamiento del tránsito; Que, asimismo, el artículo 3 de la citada Ley, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2019-MTC, se aprueba la Política Nacional de Transporte Urbano, la cual tiene como objetivo general el dotar a las ciudades de sistemas de transporte seguros, con fi ables, con altos estándares de calidad, institucionalmente coordinados, fi nanciera, económica y ambientalmente sostenibles; para lo cual establece entre sus objetivos priorizados, contar con sistemas de transporte urbano público e fi caces para el desplazamiento de las personas, mejorar la gobernanza del transporte urbano de personas, garantizar servicios de transporte urbano con adecuada infraestructura para los usuarios, entre otros; Que, en línea con la Política Nacional de Transporte Urbano, mediante Decreto Supremo N° 012-2019-MTC, se crea el Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible – PROMOVILIDAD, con el objetivo de promover Sistemas Integrados de Transporte en las ciudades de su ámbito de intervención, con un enfoque de movilidad urbana sostenible y de género, bajo estándares de calidad, efi ciencia, con fi abilidad, accesibilidad, sostenibilidad fi nanciera, equidad vertical y horizontal, promoción del uso de energías limpias incluyendo las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático y trato prioritario a las personas en situación de vulnerabilidad y de grupos de especial protección; Que, por su parte, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, de acuerdo con lo establecido en el literal a) y b) del artículo 97 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, tiene entre sus funciones conducir, monitorear, diseñar y formular la política nacional y planes en materia de infraestructura y servicios de transportes de alcance multimodal y demás materias de su competencia, en coordinación con los órganos y entidades del sector transportes y en el marco de la normatividad vigente; así como aprobar lineamientos, directivas, manuales y demás normas de carácter técnico, en las materias de su competencia; Que, en atención a los objetivos de su creación, el Programa Nacional de Transporte Urbano Sostenible – PROMOVILIDAD mediante Memorándum N° 0615- 2024-MTC/30 remite el Informe N° 0080-2024-MTC/30.01 de su Dirección de Fortalecimiento y Plani fi cación de la Movilidad, donde sustenta y propone la publicación del proyecto de Resolución Directoral que aprueba la “Guía Técnica para la elaboración de Modelos de Transporte”, la cual según indica ha sido elaborada con asistencia técnica de la Sociedad Alemana de Cooperación Internacional (GIZ); Que, la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial (DPNTRA), mediante Informe N° 1068- 2024-MTC/18.01, sustenta la publicación del proyecto de Resolución Directoral que aprueba la “Guía Técnica para la elaboración de Modelos de Transporte”, toda vez que dicho proyecto permitirá dotar a las autoridades