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22 NORMAS LEGALES Lunes 4 de noviembre de 2024 El Peruano / de Santiago de Surco aprueba la Ordenanza que fi ja los montos por Derecho del Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Impuesto Predial 2024 y su distribución a domicilio; Que mediante Informe N° 573-2024-SGRCT- GAT-MSS de fecha 22.10.2024, la Subgerencia de Registro y Control Tributario, propone la Ordenanza que prórroga para el 2025, la vigencia de los montos por derecho del servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio, aprobado para el ejercicio 2024, para lo cual adjunta: el Informe Técnico de sustento, la Exposición de Motivos correspondiente, así como los Memorándums N° 5727-2024-GAF- MSS y N° 5706-2024-GAF-MSS de la Gerencia de Administración y Finanzas, que remite el Informe Técnico con la Estructura de Costos y la explicación de los componentes, del costo, respecto del Servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial 2025 y su distribución a domicilio; Que, mediante el Memorándum Nº 631-2024-GAT- MSS de fecha 22.10.2024, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que la propuesta normativa, viabiliza el cumplimiento de la Ordenanza N° 690-MSS rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo N° 555, siendo el monto anual a aplicar, es de S/. 2.80 (Dos soles y 80/100 soles) que deberá abonar los contribuyentes por concepto del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial 2025 y su distribución a domicilio; correspondiendo S/. 0.80 (ochenta céntimos de sol), por cada predio adicional. El proyecto normativo, tiene como objetivo adaptar las normativas fi scales a las condiciones económicas actuales, garantizando así una recaudación equitativa y sostenible; Que, asimismo, la Gerencia de Administración Tributaria, señala que la propuesta normativa esta exceptuada de la prepublicación de los Proyectos Normativos, entre otras casos, cuando es innecesaria, como ocurre en el presente caso, toda vez que se trata de un servicio a favor del administrado, consistente en brindarle el servicio de actualización del valor de su predios, determinar el Impuesto Predial que le corresponde y remitirle esta Actualización Mecanizada a su domicilio para poder cumplir con su obligación tributaria por S/. 2.80; de lo contrario si el vecino no estuviera de acuerdo con pagar este monto entonces debería recabar los formularios, llenar los datos y valores actualizados y determinar el Impuesto a pagar, debiendo presentar su declaración en las ventanillas de la Municipalidad, mientras que con esta ordenanza se le brinda al servicio aprovechando el bajo costo debido a la cantidad de cuponeras que se procesan mecanizadamente; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, con el Memorándum N° 4828-2024-GPP-MSS de fecha 23.10.2024, conforme el numeral 4 del apartado IX denominado “Tramite” de la Directiva Nº 007-2016-MSS, denominada “ Directiva para la elaboración y tramitación de proyectos de ordenanzas municipales” señalamos que la Ordenanza submateria, se encuentra alineado a la misión y visión del Distrito y de los planes municipales (Plan de Desarrollo Local Concertado, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional), como se detalla a continuación: - El Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) 2017-2025 (horizonte ampliado) del Distrito de Santiago de Surco aprobado con Ordenanza N°663-MSS, la citada Ordenanza se enmarca en el conjunto de acciones para la obtención de los recursos dirigidos a sostener las acciones estratégicas diseñadas para el logro de los objetivos estratégicos de la municipalidad. - El Plan Estratégico Institucional (PEI) de la Municipalidad de Santiago de Surco para el periodo 2019-2027 (horizonte ampliado) aprobado con Resolución de Alcaldía N°047-2024-RASS, contiene el Objetivo Estratégico Institucional (OEI): fortalecer la Gestión Institucional con la siguiente Actividad Estratégica (AEI): Recaudación e fi caz del impuesto predial y arbitrios. - El Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2024-2026 de la Municipalidad de Santiago de Surco aprobado con Resolución de Alcaldía N°120-2023-RASS y el Plan Operativo Institucional (POI) 2024 aprobado con Resolución Gerencial Nª1001-2023-GM-MSS,, el proyecto de Ordenanza. Que, mediante el Informe Nº 798-2024-GAJ-MSS de fecha 23.10.2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta la documentación presentada, así como la normativa vigente sobre la materia, opina favorablemente respecto a la aprobación de la Ordenanza que prórroga para el 2025, la vigencia de los montos por Derecho del Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio, aprobados para el 2024, la cual entrará en vigencia a partir del 01.01.2025, para lo cual, deberán elevarse los actuados al Concejo Municipal, para su aprobación; Que, mediante el Memorándum 1740-2024-GM-MSS de fecha 24.10.2024, la Gerencia Municipal manifestó su conformidad con e la Propuesta de Ordenanza propuesto, solicitando que los actuados se eleven a consideración del Concejo Municipal; Estando al Dictamen N° 37-2024-CGM-CAJ-MSS Dictamen Conjunto de las Comisiones de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, y demás actuados, de conformidad con el numeral 8 del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL 2025, LA VIGENCIA DE LOS MONTOS POR DERECHO DEL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y SU DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO, APROBADA PARA EL 2024 Artículo Primero .- PRORROGAR para el 2025, la vigencia de los montos por Derecho del Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Impuesto Predial y su distribución a domicilio, establecidos para el 2024 mediante Ordenanza N° 690-MSS, rati fi cada por el Acuerdo de Concejo N° 555- MML, manteniendo en S/. 2.80 (dos y 80/100 soles), el monto anual que deberán abonar los contribuyentes por concepto del derecho por servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del Impuesto Predial 2025, incluida su distribución a domicilio; correspondiendo S/. 0.80 (ochenta céntimos de sol), por cada predio adicional. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 01.01.2025, siempre que se haya cumplido con su correspondiente publicación, conforme al marco legal vigente. Segunda.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información y a la Subgerencia de Registro y Control Tributario el cumplimiento de la presente Ordenanza; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión oportuna de sus alcances. Tercera.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, en el portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco (www.munisurco.gob.pe), y en el Portal de Transparencia Estándar (www.transparencia.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2340138-1