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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (09/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Sábado 9 de noviembre de 2024 El Peruano / de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de dicho documento de gestión, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la Directiva; Que, en adición a ello, con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000018-2024-SERVIR-PRE, se formaliza la aprobación de la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño de per fi les de puestos y elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos, cuyo objetivo es establecer los criterios técnicos y procedimientos necesarios para el diseño, validación y aprobación de per fi les de puestos y/o cargos, entre otros, en las entidades públicas; Que, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 197-2022-MINEDU, modi fi cada con la Resolución de Secretaría General Nº 216-2023-MINEDU, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Educación; Que, con el Informe Nº 01135-2024-MINEDU/SG- OGRH-OGEPER, la O fi cina de Gestión de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, sustenta y propone la modi fi cación del MCC del Ministerio de Educación, modi fi cando el cargo estructural de “Coordinador de Equipo ”, clasi fi cado como Empleado de Con fi anza (EC) solicitado por la Secretaría General por necesidad de carácter institucional, en función a los criterios de pertinencia, consistencia y coherencia, de fi nidos en el artículo 8 de la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH; Que, mediante el Informe Nº 00244-2024-MINEDU/ SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable sobre la propuesta de modi fi cación del MCC del Ministerio de Educación, en tanto se encuentra alineado a la estructura orgánica establecida en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; Que, mediante el Informe Nº 01517-2024-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, considera legalmente viable tramitar el proyecto de Resolución de Secretaría General que aprueba la modi fi cación del MCC del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, que formaliza la aprobación de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000018-2024-SERVIR-PRE, que formaliza la aprobación de la Directiva Nº 003-2024-SERVIR-GDSRH, Diseño de per fi les de puestos y elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Manual de Perfi les de Puestos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Educación, aprobado mediante la Resolución de Secretaría General Nº 197-2022-MINEDU, modi fi cado con la Resolución de Secretaría General Nº 216-2023-MINEDU, conforme al detalle que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Educación inicie los trámites para compendiar y formalizar anualmente las modi fi caciones realizadas al Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Educación, conforme a las disposiciones establecidas en el numeral 6.1.11 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “ Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ”, formalizada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE) y en el Portal de Transparencia estándar de la entidad, ubicados en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. DORIS LORENA GAVILANO IGLESIAS Secretaria General 2342678-1 ENERGÍA Y MINAS Conforman Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, el cual tiene por objeto elaborar Hoja de Ruta que incluirá conclusiones y recomendaciones respecto a la conveniencia de incorporar la tecnología nuclear como parte de las opciones energéticas de largo plazo en el Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 419-2024- MINEM/DM Lima, 7 de noviembre de 2024VISTOS: El Informe Nº 0378-2024-MINEM/DGE de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 323-2024-MINEM-OGPP-ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 1071-2024-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en su artículo 4, que el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la citada Ley establece que son funciones generales de los Ministerios: formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, establece como competencia exclusiva del Ministerio de Energía y Minas, el diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía y de minería asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, de acuerdo con el numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley antes mencionada, corresponde al Ministerio de Energía y Minas, entre otros, promover la inversión sostenible y las actividades del sector; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 064-2010- EM se aprobó la Política Energética Nacional del Perú 2010-2040, la cual establece lineamientos que permiten