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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (09/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Sábado 9 de noviembre de 2024 El Peruano / aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del 10 al 14 de noviembre de 2024, a la ciudad de Madrid del Reino de España, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, del siguiente personal policial: - Mayor PNP SARITA ELIZABETH BRAVO SOLSOL - Subo fi cial de Primera PNP MANUEL ANTONIO LOPEZ RAMIREZ Artículo 2. Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas Total Viáticos efectivos policialesUS$ 540,00 5 2 US$ 5 400,00 Artículo 3. Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ Ministro del Interior 2342640-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a efectuar el pago de la cuota internacional no contemplada en el Anexo B: Cuotas Internacionales para el Año Fiscal 2024 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 DECRETO SUPREMO Nº 048-2024-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se aprueba el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2024, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2024; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.4 del artículo 1 de la Ley Nº 31953, las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B: Cuotas Internaciones - Año Fiscal 2024, se aprueban de acuerdo a la formalidad prevista en el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del pliego respectivo, sin demandar recursos adicionales al tesoro público; Que, en atención a la formalidad establecida en el numeral 69.2 del artículo 69 del referido Decreto Legislativo, el pago de las cuotas internacionales no contempladas en el Anexo B, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, mediante O fi cio Nº 3607-2024-JUS/SG, del 20 de setiembre de 2024, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores la autorización para efectuar el pago de la cuota internacional a favor del Foro de Autoridades de Privacidad Asia Pací fi co – Foro APPA, no contemplada en el Anexo B de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; Que, en el presupuesto del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se han previsto los recursos para el pago de la cuota internacional a favor del Foro de Autoridades de Privacidad Asia Pací fi co – Foro APPA, por lo que corresponde emitir el Decreto Supremo que apruebe dicho pago; Que, en virtud del numeral 1 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, el presente Decreto Supremo se considera excluido del alcance del AIR Ex Ante; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; y el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación Se aprueba la cuota internacional a favor del Foro de Autoridades de Privacidad Asia Pací fi co – Foro APPA. Artículo 2.- Autorización Se autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a efectuar el pago de la cuota internacional no contemplada en el Anexo B de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, de acuerdo al siguiente detalle: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONEDA MONTO PERSONA JURÍDICA 006: Ministerio de Justicia y Derechos HumanosDólares Canadienses2,000.00 Foro de Autoridades de Privacidad Asia Pacífico – Foro APPA Artículo 3.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto Supremo se ejecuten con cargo al presupuesto institucional del Pliego 006: Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 4.- Equivalencia en moneda nacional y extranjera Disponer que la equivalencia en moneda nacional y extranjera, sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Artículo 5.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos.