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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (09/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Sábado 9 de noviembre de 2024 El Peruano / Nº CUODESUBPARTIDA ARANCELARIADESCRIPCIÓN DE SUBPARTIDA ARANCELARIA 5 810 8471 41 00 00 MAQUINAS AUTOMATICAS PARA TRATAMIENTO O PROCESAMIENTO DE DATOS, QUE INCLUYAN EN LA MISMA ENVOLTURA, AL MENOS, UNA UNIDAD CENTRAL DE PROCESO, Y AUNQUE ESTEN, COMBINADAS, UNA UNIDAD DE ENTRADA Y UNA DE SALIDA 6 810 8471 50 00 00 UNIDADES DE PROCESO DIGITALES, EXCEPTO DE LAS SUBPARTIDAS 847141 Y 847149, AUNQUE INCLUYAN EN LA MISMA ENVOLTURA UNO O DOS DE LOS TIPOS SIGUIENTES DE UNIDADES: UNIDAD DE MEMORIA, UNIDAD DE ENTRADA Y UNIDAD DE SALIDA 7 810 8471 70 00 00 UNIDADES DE MEMORIA8 810 8528 52 00 00 MONITORES QUE NO INCORPOREN APARATO RECEPTOR DE TELEVISIÓN, EXCEPTO CON TUBO DE RAYOS CATÓDICOS, APTOS PARA SER CONECTADOS DIRECTAMENTE Y DISEÑADOS PARA SER UTILIZADOS CON UNA MÁQUINA AUTOMÁTICA PARA TRATAMIENTO O PROCESAMIENTO DE DATOS DE LA PARTIDA 8471 840 MAQUINARIA INDUSTRIAL 9 840 8425 31 90 00 TORNOS Y CABRESTANTES CON MOTOR ELECTRICO, EXCEPTO TORNOS CON MOTOR ELECTRICO PARA EL ASCENSO Y DESCENSO DE JAULAS O MONTACARGAS EN POZOS DE MINAS, Y TORNOS CON MOTOR ESPECIALMENTE CONCEBIDOS PARA EL INTERIOR DE MINAS 10 840 8427 10 00 00 CARRETILLAS APILADORAS, DE MANIPULACION CON DISPOSITIVO DE ELEVACIÓN INCORPORADO, AUTOPROPULSADAS CON MOTOR ELECTRICO 11 840 8709 19 00 00 CARRETILLAS AUTOMÓVIL SIN DISPOSITIVO DE ELEVACIÓN DE LOS TIPOS UTILIZADOS EN FÁBRICAS, ALMACENES, PUERTO O AEROPUERTOS, PARA TRANSPORTE DE MERCANCÍAS A CORTA DISTANCIA Y CARRETILLAS TRACTOR DE LOS TIPOS UTILIZADOS EN ESTACIONES FERROVIARIAS, EXCEPTO ELECTRICAS 850 OTRO EQUIPO FIJO 12 850 8517 62 90 00 APARATOS PARA LA RECEPCIÓN, CONVERSIÓN, EMISIÓN Y TRANSMISIÓN O REGENERACIÓN DE VOZ, IMAGEN U OTROS DATOS, INCLUIDOS LOS DE CONMUTACIÓN Y ENCAMINAMIENTO («SWITCHING AND ROUTING APPARATUS»), EXCEPTO LOS DE CONMUTACIÓN PARA TELEFONÍA O TELEGRAFÍA, AUTOMÁTICOS Y LOS APARATOS DE TELECOMUNICACIÓN POR CORRIENTE PORTADORA O TELECOMUNICACIÓN DIGITAL ANEXO II I. Servicios 1 Servicio de diseño del Complejo Residencial 2 Servicio de montaje y puesta en funcionamiento de grúas 3 Servicio de monitoreo oceanográfico 4 Servicio de análisis de amarre dinámico 2342389-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Subdirector I de la Subdirección de Medicina Tradicional, Interculturalidad e Investigación Social en Salud RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 228-2024-PE/INS Lima, 6 de noviembre de 2024 VISTO: El Expediente con Registro N° 26993-2024, que contiene el Memorando N° 281-2024-PE/INS de la Presidencia Ejecutiva con la propuesta de designación en el cargo de con fi anza de Subdirector I de la Subdirección de Medicina Tradicional, Interculturalidad e Investigación Social en Salud; el Memorando N° 1730-2024-ORRHH/INS y el Informe N° 116-2024-RAR-ORRHH/INS, emitidos por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos; la Nota Informativa N° 289-2024-OAJ/INS de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el artículo 7 de la citada Ley precisa que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de con fi anza no contemplados en el artículo 1 de dicha norma; Que, mediante Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, se indican los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1137-2023/ MINSA, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 18 de diciembre de 2023 y Resoluciones de O fi cina de Gestión de Recursos Humanos N° 032, N° 214 y N° 344-2024-ORRHH/INS, se aprueba y actualiza el Cuadro