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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (13/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de noviembre de 2024 El Peruano / Para el inicio del trámite, la documentación técnica, tales como Plano de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano de Trazado y Lotización y Memoria Descriptiva serán aceptable el ingreso de un (01) juego; luego, de darse la conformidad de favorable para emisión procedente a la solicitud, se deberá ingresar otros dos (02) juegos de cada tipo de documento técnico. Artículo 6°.- COMISIÓN TÉCNICA Para efectos del cumplimiento de la propuesta de ordenanza municipal que establece disposiciones excepcionales para la visación de planos de trazado y lotización, orientadas a la obtención de servicios básicos por las organizaciones sociales y vecinales que se encuentren incluidas en proyectos y/o programas de factibilidad de servicios básicos aprobados por el estado y/o empresas prestadoras de servicios públicos en el distrito de Villa María del Triunfo, se propone la conformación de una Comisión Técnica, la cual puede estar integrada de la siguiente manera: a) Arquitecto(a) o Ingeniero Civil o Técnico Administrativo, adscrito a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas. b) Ingeniero o Técnico Administrativo, adscrito al Área de Gestión de Riesgo de Desastres. c) Especialista de la Sub Gerencia de Participación Vecinal. Artículo 7°.- PROCEDIMIENTO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE ESTABLECE DISPOSICIONES EXCEPCIONALES PARA LA VISACIÓN DE PLANOS DE TRAZADO Y LOTIZACIÓN, ORIENTADAS A LA OBTENCIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS POR LAS ORGANIZACIONES SOCIALES Y VECINALES QUE SE ENCUENTREN INCLUIDAS EN PROYECTOS Y/O PROGRAMAS DE FACTIBILIDAD DE SERVICIOS BÁSICOS APROBADOS POR EL ESTADO Y/O EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PÚBLICOS EN EL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Para la presentación de los expedientes para la expedición de visación de planos de trazado y de lotización para la obtención de los servicios básicos para las organizaciones sociales que formen parte de programa(s) y/o proyecto(s) de factibilidad de servicios aprobados por empresas prestadoras públicas y/o privadas en el distrito de Villa María del Triunfo; al amparo de la presente Ordenanza, los administrados presentaran los expedientes hasta la vigencia de la disposición normativa, siendo recepcionados por la Unidad de Trámite de Documentario y Archivo. FASE I: La presente estará a cargo del personal Técnico de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, con un plazo de veinticinco (25) días hábiles; en esta fase, se dará evaluación de lo siguiente: a) Revisión de la documentación ingresada en la solicitud, veri fi cando se cumpla con los requisitos y condicionales establecidos en la normativa. b) De encontrarse observaciones en la presente fase, y de ser subsanables, se informará al solicitante por escrito otorgándole un plazo de quince (15) días hábiles para la subsanación de los mismos. Dicho plazo podrá ser prorrogable por única vez y por el mismo periodo a solicitud de parte, siempre que se solicite esta extensión dentro del plazo de quince (15) días hábiles iniciales otorgados para la subsanación. De no haber sido subsanadas la totalidad de las observaciones dentro del plazo otorgado, se declarará la improcedencia de la solicitud, con lo que el proceso continuará en la fase III con la emisión del acto resolutivo correspondiente; por lo contrario, de encontrarse completa y conforme la documentación o haberse subsanado en su totalidad las observaciones, el área técnica de la Sub Gerencia remitirá el expediente y actuados a la Comisión Técnica, para que dé continuidad con el proceso con la Fase II. FASE II: La presente estará a cargo de la Comisión Técnica, con un plazo de veinte (20) días hábiles; en esta fase, se dará evaluación de lo siguiente: c) Veri fi cación por parte del integrante de la Comisión Técnica adscrito a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, inspeccionando en campo la conformidad de lo existente en el terreno materia del proceso, con la información ingresada en los documentos técnicos como planos, memoria descriptiva e Informe de Georreferenciación, de tal manera que se encuentre concordancia y compatibilidad aceptable. d) Veri fi cación por parte del integrante de la Comisión Técnica adscrito a la Sub Gerencia de Participación Vecinal, de encontrase con inscripción vigente para la Junta Directiva de la Organización Social que corresponde al terreno materia de Visación. e) Veri fi cación por parte del integrante de la Comisión Técnica adscrito al Área de Gestión de Riesgo de Desastre, que el terreno se encuentre comprendido en una zona de califi cación de riesgo medio o bajo, o equivalente, de tal manera que cumpla con las condiciones de seguridad de los riesgos mitigables y no mitigables, en conformidad con lo indicado en el Informe de Análisis de Riesgo para Visación de Planos. NOTA: En la presente fase, se propone contar con el acta de seguimiento (ver Anexo 3), en donde los integrantes de la comisión técnica deberán completar la información referente al proceso en cuestión, siendo la materia de evaluación el cumplimiento de los ítems verifi cables c), d) y e) indicados en la fase II, con la posibilidad de consignar comentarios a manera de observaciones, si es que las hubiera. De ello, luego de concluir con la opinión técnica, pudiendo ser favorable o no favorable, indicado en el acta de seguimiento, este se derivará con todos los actuados para la continuación del proceso con la fase III. FASE III:La presente estará a cargo de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, con un plazo de cinco (05) días hábiles; en esta fase, se dará la emisión del acto resolutivo fi nal, siendo esta procedente en el caso de haber sido conforme en las Fases I y II; o, por lo contrario, será improcedente, de no haber cumplido con lo establecido en la presente normativa. Artículo 8°.- DE LAS FUNCIONES DE LA COMISIÓN TÉCNICA 1. El ingeniero o técnico administrativo de la Subgerencia de Planeamiento Urbano, Catastro, Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas revisará la documentación adjunta al expediente, veri fi cará en la base de datos catastrales las coordenadas UTM indicadas en los planos presentados por los administrados y si se cumple con las condiciones físicas a través de la inspección ocular para la expedición de visación de planos de trazado y de lotización para la obtención de los servicios básicos para las organizaciones sociales que formen parte de programa(s) y/o proyecto(s) de factibilidad de servicios aprobados por empresas prestadoras públicas y/o privadas, en el distrito de Villa María del Triunfo, posteriormente procederá a realizar la Veri fi cación técnica, a efectos de constatar los lotes propuestos en el plano de Trazado y la Lotización. 2. El ingeniero o técnico administrativo del Área de Gestión del Riesgo y Desastre, evaluará las condiciones de seguridad de los riesgos mitigables o no mitigables que presente el área de terreno en Evaluación.