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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de noviembre de 2024 El Peruano / (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUSTAVO L. ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2345387-1 Autorizan viaje de Director de la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia del INDECOPI para participar en eventos a realizarse en la República Francesa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 309-2024-PCM Lima, 19 de noviembre de 2024 VISTO: El Ofi cio N° 000333-2024-PRE/INDECOPI de la Presidencia Ejecutiva del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; CONSIDERANDO: Que, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es una organización internacional cuyo objetivo es asistir a los gobiernos en el desarrollo de políticas destinadas a contribuir en la expansión de la economía y el empleo, así como a un aumento del nivel de vida en los países miembros, manteniendo la estabilidad fi nanciera y contribuyendo en el desarrollo de la economía mundial; Que, la OCDE desarrolla cada año el Foro Global de Competencia y las reuniones de los Grupos de Trabajo donde se discuten temas de gran trascendencia para el desarrollo nacional, relacionados con la política en materia de competencia, tales como competencia y regulación, aplicación de la normativa de competencia, cooperación internacional y competencia, recomendaciones en materia de libre competencia a los países que buscan adoptar sus prácticas y control de concentraciones y fusiones; Que, mediante comunicaciones electrónicas de fechas 30 de julio, 5 de agosto y 30 de setiembre de 2024, la División de Competencia del Comité de Competencia de la OCDE comunica al Perú, a través del INDECOPI, la realización de los siguientes eventos: i) el 23° Foro Global de Competencia de la OCDE, que se realizará los días 2 y 3 de diciembre de 2024; ii) la 78° sesión del Grupo de Trabajo N° 2 sobre Competencia y Regulación, que se desarrollará el día 4 de diciembre de 2024; iii) la 140° sesión del Grupo de Trabajo N° 3 sobre Cooperación y Aplicación de Normativa de Competencia, que se realizará el día 5 de diciembre de 2024; y, iv) la 144° reunión del Comité de Competencia de la OCDE, que se llevará a cabo el día 6 de diciembre de 2024, en la ciudad de París, República Francesa; Que, desde el año 2014 el Perú, a través del INDECOPI, es miembro del Comité de Competencia de la OCDE, el mismo que tiene como fi nalidad promover el consenso y convergencia en la adopción de mejores prácticas para la implementación de la política de competencia a nivel internacional; por lo que, su participación en los referidos eventos permitirá dar cumplimiento a los compromisos asumidos internacionalmente; Que, asimismo, el INDECOPI, a través de la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia, presentará una contribución en el Grupo de Trabajo N° 3 sobre Cooperación y Aplicación de Normativa de Competencia, respecto a las aplicaciones más comunes de presunciones estructurales, tanto para aumentos de concentración inducidos por concentraciones como indicador de probable daño a la competencia, así como para evaluar las cuotas de mercado como indicador de la presencia o ausencia de dominio o poder de mercado como indicador de la presencia o ausencia de dominio o poder de mercado; Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo N° 041-2023-PCM, se declara de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas a desarrollarse en el marco del proceso de adhesión del Perú a la OCDE, declaratoria que comprende la participación del Estado peruano en todas las actividades previstas durante la implementación de la hoja de ruta que enmarca el proceso de adhesión del Perú a la OCDE; Que, en ese sentido, la participación del INDECOPI en los referidos eventos es fundamental para asegurar el compromiso del Perú con los estándares de competencia establecidos por la OCDE, fortaleciendo así la posición del país en la región y promoviendo una representación efectiva ante los organismos multilaterales; lo que coadyuvará al objetivo de que el Perú logre adherirse a la OCDE; asimismo, permitirá compartir experiencias, recabar información y reforzar la aplicación de la normativa peruana en materia de competencia; Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional e institucional autorizar el viaje del señor JAVIER RICARDO DOCUMET PINEDO, Director de la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia del INDECOPI, para que participen en los referidos eventos; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que se deriven de la participación en los mencionados eventos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del INDECOPI, en el marco de las normas vigentes sobre la materia; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes se otorgará por resolución ministerial del respectivo sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor JAVIER RICARDO DOCUMET PINEDO, Director de la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a la ciudad de París, República Francesa, del 30 de noviembre al 07 de diciembre de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, por conceptos de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo con el siguiente detalle: