TEXTO PAGINA: 117
117 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, mediante Informe N° 089-2024-GDUR-MDC, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, hace de conocimiento sobre la propuesta en la cual opina favorable la ampliación a la vigencia de la mencionada Ordenanza. Que, mediante Informe N° 263-2024-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 497-MDC hasta el 31 de diciembre del 2024, mediante un Decreto de Alcaldía. Que, mediante Memorando N° 1711-2024-GM/ MDC, la Gerencia Municipal teniendo en cuenta el pronunciamiento de los órganos técnicos y opinión legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto legal correspondiente. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre de 2024, la vigencia de la Ordenanza Nº 497-MDC de Regularización de Licencia de Edifi cación, Conformidad de Obra y Declaratoria de Edifi cación en el Distrito de Carabayllo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, a las demás unidades orgánicas el cumplimiento del presente Decreto y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (https://web. municarabayllo.gob.pe/normas-legales). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PABLO MENDOZA CUEVA Alcalde 2342763-1 MUNICIPALIDAD DE LURÍN Ordenanza Municipal que declara de interés prioritario el fortalecimiento de la Identidad Distrital de Lurín ORDENANZA MUNICIPAL N° 511-2024/MDL Lurín, 29 de octubre de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LURÍN:VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos N° 056-2024-CAJ-REG/MDL, el Dictamen de la Comisión de Educación, Cultura, Turismo y Deporte N° 012-2024-CECTD-REG/MDL, la Carta N° 044-2024-REG/MDL emitida por el señor Teniente Alcalde Víctor Cuya Lévano, el Memorándum N° 0989-2024-OGACM/MDL emitido por la Ofi cina General de Atención al Ciudadano y Municipal, el Memorándum N° 466-2024-GDHPC/MDL de la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana, el Informe Técnico N° 015-2024-SEJD-GDHPC/MDL emitido por la Subgerencia de Educación, Juventud y Deporte, el Memorándum N° 704-2024-GDHPC/MDL emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana, el Informe Técnico N° 005-2024-STC-GDE/MDL emitido por la Subgerencia de Turismo y Cultura, el Memorándum N° 0225-2024-GDE/MDL de la Gerencia de Desarrollo Económico, el Memorándum N° 708-2024-GDHPC/MDL emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana, el Proveído N° 1644-2024-OGPP/MDL de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Técnico N° 081-2024-OPM-OGPP/MDL emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, el Memorándum N° 444-2024-OGPP/MDL emitido por Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal N° 352-2024-OGAJ/MDL emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 600-2024-GM/MDL de la Gerencia Municipal, sobre aprobación del proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE DECLARA DE INTERÉS PRIORITARIO EL FORTALECIMIENTO DE LA IDENTIDAD DISTRITAL DE LURÍN; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por el artículo único de la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, estipula que las municipalidades son gobiernos locales con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que según lo anotado por el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las autoridades políticas, administrativas y policiales, ajenas al gobierno local, tienen la obligación de reconocer y respetar la preeminencia de la autoridad municipal en los asuntos de su competencia y en todo acto o ceremonia ofi cial realizada dentro de su circunscripción; Que, los numerales 12), 16) y 20) del artículo 82° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades en materia de educación, cultura y deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específi cas compartidas con el gobierno nacional y regional las siguientes: “Promover la protección y difusión del patrimonio cultural de la nación, dentro de su jurisdicción, y la defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, colaborando con los organismos regionales y nacionales competentes para su identifi cación, registro, control, conservación y restauración”; “Impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento y limpieza y de conservación y mejora del ornato local”; “Promover la consolidación de una cultura de ciudadanía democrática y fortalecer la identidad cultural de la población campesina, nativa y afroperuana”; Que, mediante la Carta N° 044-2024-REG/MDL, de fecha 25 de junio de 2024, signado con Expediente Administrativo N° 0012870-2024, el señor Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurín, Dr. Víctor Cuya Lévano, remite el proyecto de “Ordenanza Municipal que declara de interés prioritario el fortalecimiento de la Identidad Distrital de Lurín”, precisando que el mismo, tiene como fi nalidad fortalecer la identidad distrital de la población de nuestra comunidad y al mismo tiempo apoyar el gran esfuerzo que viene realizando nuestro Alcalde en el fortalecimiento de la identifi cación con nuestro Distrito de Lurín; Que, con el Memorándum N° 0989-2024-OGACM/ MDL, de fecha 3 de julio de 2024, la Ofi cina General de Atención al Ciudadano y Municipal remite los actuados a la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana, a efectos de que sea evaluado por las áreas competentes y se prosiga con el trámite correspondiente para su deliberación y posterior aprobación por parte del Concejo Municipal; Que, por el Memorándum N° 466-2024-GDHPC/MDL, de fecha 4 de julio de 2024, la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana deriva los actuados a la Subgerencia de Educación, Juventud y Deporte, a fi n de que emita opinión técnica respecto al proyecto de “Ordenanza Municipal que declara de interés prioritario el fortalecimiento de la Identidad Distrital de Lurín”; Que, a través del Informe Técnico N° 015-2024-SEJD- GDHPC/MDL, de fecha 15 de octubre de 2024, la Subgerencia de Educación, Juventud y Deporte señala