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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (27/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 107

107 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de noviembre de 2024 El Peruano / y Control facultades de supervisión y regulación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (en adelante, COOPAC); Que, en atención a dichas facultades, esta Superintendencia emitió el Reglamento de Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales, aprobado por la Resolución SBS Nº 4977- 2018 y su modifi catoria, en el que, entre otros aspectos, se precisan el procedimiento y plazos de inscripción de las COOPAC en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público (en adelante, Registro COOPAC); Que, la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credi Chancay (en adelante, COOPAC Credi Chancay o la Cooperativa), inscrita en la Partida Registral Nº 14166120 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, solicitó su inscripción en el Registro COOPAC, la cual fue aceptada mediante el Ofi cio Nº 5190-2019- SBS del 07.02.2019, asignándosele el Registro Nº 0057-2019-REG.COOPAC-SBS. Asimismo, de acuerdo con el monto total de activos declarado por la COOPAC Credi Chancay en esa oportunidad, se le asignó el Nivel 1 del Esquema Modular y se le autorizó a realizar operaciones correspondientes al Nivel 1, conforme a lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley COOPAC, desarrollada por la Quinta Disposición Complementaria Final del Reglamento General de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado por la Resolución SBS Nº 480-2019 y sus modifi catorias; Que, el Manual de Contabilidad para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público aplicable para las COOPAC de Nivel 1, aprobado mediante Resolución SBS Nº 577-2019 y sus modifi catorias (en adelante, el Manual de Contabilidad COOPAC), cuyo cumplimiento es exigible a la COOPAC Credi Chancay, dispone que las COOPAC de Nivel 1 deben presentar sus estados fi nancieros con periodicidad trimestral; Que, con fecha 10.04.2024, la COOPAC Credi Chancay presentó, mediante el Sistema de Envío de Información (SEI) del Portal COOPAC de esta Superintendencia, sus Estados Financieros al 31.03.2024, los que mostraban en la cuenta contable 1101 - Caja un saldo total de S/ 4 451 745.91; así como un patrimonio contable ascendente a S/ 1 045 086.41; Que, en el marco de las acciones de supervisión realizadas por este Organismo de Supervisión y Control, con fecha 04.09.2024 se requirió a la COOPAC Credi Chancay la presentación de sus Estados Financieros a junio y julio de 2024 2, los que fueron alcanzados mediante Cartas S/N recibidas el 06.09.20243 y 10.09.2024. En los estados fi nancieros presentados con esta última comunicación, la Cooperativa reportó, a junio de 2024, un saldo en Caja de S/ 444.80, un saldo en Otras Cuentas por Cobrar de S/ 4 543 731.29 y un patrimonio contable de S/ 907 364.12; Que, como resultado de las acciones de supervisión realizadas por esta Superintendencia sobre la base de los Estados Financieros a junio de 2024, se identifi caron defi ciencias cuya regularización requiere la ejecución de ajustes contables que afectan diversas partidas fi nancieras, con impacto negativo en las cuentas patrimoniales de la COOPAC Credi Chancay, de acuerdo con el siguiente detalle: Ajustes patrimoniales con cargo al Capital Social y a la Reserva Cooperativa ConceptoAjustes al 30.06.2024 (S/) i) Cuentas por cobrar que carecen de sustento para su reconocimiento como activo- 4 543 731.29 ii) Gastos por intereses por obligaciones con los socios no reconocidos- 154 923.40 Ajustes totales - 4 698 654.69Que, dichos ajustes fueron comunicados a la COOPAC Credi Chancay el 21.10.2024, requiriéndole presentar sus descargos y el detalle de las acciones de implementación adoptadas a la fecha, incluyendo la documentación que acreditara/sustentara su respuesta, y otorgándole un plazo de cinco (05) días útiles para tal efecto; Que, a través del Memorando Nº 010-2024-CAD- COPAC CREDI CHANCAY recibido el 25.10.2024, la COOPAC Credi Chancay remitió sus descargos; Que, el 31.10.2024 se comunicó a la COOPAC Credi Chancay que, habiendo recibido y evaluado los descargos presentados, se verifi có la falta de implementación de los ajustes determinados por este Órgano de Supervisión y Control, así como se determinó -por las razones expuestas a detalle en la misma comunicación- que tal documentación no desvirtuaba las defi ciencias identifi cadas y comunicadas por esta Superintendencia o su impacto y que, por tanto, la Cooperativa debía plasmar la totalidad de dichos ajustes -con una afectación patrimonial de - S/ 4 698 654.69- en los Estados Financieros de junio de 2024 en adelante, a fi n de que la citada información refl ejase su real situación económico- fi nanciera; Que, a la fecha, la COOPAC Credi Chancay no ha cumplido con atender lo solicitado por esta Superintendencia; en esa medida, el impacto patrimonial (- S/ 4 698 654.69) de los ajustes determinados por este Órgano de Control se mantiene, ocasionando que el patrimonio contable de la Cooperativa al 30.06.2024 4 sea negativo en - S/ 3 791 290.57; Que, en consecuencia, la Cooperativa se encuentra incursa en la causal de intervención establecida en el literal b. del subnumeral 4-B.1. del numeral 4-B. de la Vigésimo Cuarta Disposición Final y Complementaria (24a DFC) de la Ley General, por lo que -a través de la comunicación notifi cada el 07.11.2024- se le informó de dicha situación y se le requirió, bajo responsabilidad de sus órganos de dirección y gestión, remitir la documentación que acreditase la reversión de la situación de insolvencia observada, otorgándole, para tal efecto, un plazo de cinco (05) días útiles; Que, mediante Ofi cio Nº 020-2024-COOPAC- CREDICHANCAY recibido el 18.11.2024, la Cooperativa alcanzó una nueva versión de sus Estados Financieros a junio de 2024, los que muestran un patrimonio contable de S/ 24 647; sin embargo, producto del análisis de dicha información, se determinó que esta es inconsistente por lo que no permite acreditar la reversión de la situación de insolvencia observada, lo que le fue informado a detalle mediante comunicación notifi cada a la COOPAC Credi Chancay el 19.11.2024; Que, habiendo vencido el plazo máximo otorgado a la COOPAC Credi Chancay para revertir la situación de insolvencia observada, sin que la Cooperativa haya acreditado tal reversión, se tiene que el patrimonio contable ajustado de la Cooperativa asciende a - S/ 3 791 290.57 al 30.06.2024; Que, por lo expuesto, la COOPAC Credi Chancay ha incurrido en la causal específi ca de sometimiento a régimen de intervención, prevista en el literal b. del subnumeral 4-B.1. del numeral 4-B. de la 24a DFC de la Ley General y en el numeral 2 del artículo 2 del Reglamento de Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público, aprobado con Resolución SBS Nº 5076-2018 y su modifi catoria (en adelante, el Reglamento de Regímenes Especiales), al haberse determinado, sobre la base de la información fi nanciera reportada por la Cooperativa y la acción de supervisión antes señalada, al 30.06.2024, un patrimonio negativo ascendente a - S/ 3 791 290.57; mostrando, de tal forma, la pérdida total del capital social y de la reserva cooperativa; Que, ante esta situación, corresponde a esta Superintendencia disponer la intervención de la COOPAC Credi Chancay y adoptar las acciones necesarias, conforme al marco legal y regulatorio vigente, a fi n de, entre otros, proteger los intereses de los socios de la Cooperativa; Que, de acuerdo con el artículo 3 del Reglamento de Regímenes Especiales, la intervención dispuesta tendrá una duración máxima de cuarenta y cinco (45) días